Acuerdo Junta de Gobierno Local de 25 de febrero de 2026 que aprueba la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de acciones en materia de servicios sociales, salud y fomento de la inserción socio laboral año 2026 (salud)
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES23 - LA RIOJA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
Inicio de solicitudes
18/03/2026
Fin de solicitudes
08/04/2026
Registro en BDNS
11/03/2026
Publicación en diario oficial
17/03/2026
Texto oficial de apertura: Día hábil siguiente a la publicación de convocatoria en Diario Oficial
Texto oficial de cierre: 15 días hábiles a contar desde el siguiente día a la publicación de esta convocatoria
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero.- Beneficiarios.Podrán acogerse a esta convocatoria todas aquellas asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que tengan entre sus fines estatutarios expresamente reconocidos la realización de acciones en materia de Salud, y que estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Logroño, con dos años de antelación como mínimo, a la presentación de la solicitud de estas ayudas. Segundo.- Objeto. Es objeto de la presente Convocatoria la Concesión de Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, con el objeto de apoyar actuaciones en materia de Salud, dirigidas a colectivos, que se desarrollen en Logroño durante el año 2026, que lleven a cabo entidades sin ánimo de lucro de nuestra ciudad y que sean complementarias de los programas y proyectos municipales. Esta potencialidad se fundamenta en el entroncamiento de estas instituciones dentro de la sociedad. Tercero.- Bases Reguladoras. Estas Bases reguladoras, aprobadas en Acuerdo de Pleno de fecha 6 de febrero de 2025, tienen por objeto apoyar económicamente actuaciones en materia de salud que cumplan con el objeto de atención social a personas desfavorecidas; familia; definido en el punto g) del artículo 1 del capítulo I de la aprobación definitiva de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Logroño. Cuarto.- Cuantía año 2026:-Cuantía total para Protección y Promoción de la Salud: 50.000,00 €. -La cuantía individual de la subvención se concederá en función de la puntuación otorgada a cada solicitud, de mayor a menor. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.De conformidad con el artículo 20.8 de la Ley General de Subvenciones, el plazo para la presentación de las solicitudes es de 15 días hábiles a contar desde el siguiente día a la publicación de esta convocatoria por la Base de Datos Nacional de Subvenciones en el Boletín Oficial de La Rioja. Sexto.- Otros datos de interés.-Convocatoria: el texto íntegro de la Convocatoria estará disponible en la página web del Ayuntamiento de Logroño, en el siguiente www.logro-o.org/serviciossociales. -Solicitudes: Las Entidades solicitantes estarán obligadas a relacionarse con el Ayuntamiento de Logroño a través de medios electrónicos según establece el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Las solicitudes, junto con el resto de la documentación, se presentarán en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Logroño o bien en cualquiera de los registros autorizados por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La Sede Electrónica de presentación del Ayuntamiento de Logroño se encuentra en la web www.logroño.es., Igualmente quedará habilitada la presentación electrónica a través del Registro Electrónico del Punto de Acceso General del Estado en https://administracion.gob.es.-Documentación. La prevista en el artículo 5 de la Convocatoria.-Criterios de valoración: Los previstos en el artículo 7 de la Convocatoria.-Forma de pago: El pago de la subvención se efectuará de la siguiente forma: el 80% del importe concedido para el año 2025 a partir de la fecha de adopción del acuerdo de concesión, el 20% restante, tras la justificación de la misma. -Forma de justificación: De acuerdo con lo previsto en el artículo 11 de la Convocatoria.-Plazo máximo de justificación: De acuerdo con lo previsto en el artículo 11 de la Convocatoria.