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Plazo no verificadoBDNS 892523

Acuerdo Junta de Gobierno Local de 25 de febrero de 2026 que aprueba la convocatoria de subvenciones a asociaciones de consumidores de la ciudad año 2026

LOCAL · LOGROÑO · AYUNTAMIENTO DE LOGROÑO

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 07:51 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES23 - LA RIOJA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.

Inicio de solicitudes
18/03/2026
Fin de solicitudes
01/04/2026
Registro en BDNS
11/03/2026
Publicación en diario oficial
17/03/2026

Texto oficial de apertura: Día hábil siguiente a la publicación de convocatoria en Diario Oficial

Texto oficial de cierre: 10 días hábiles a contar desde el siguiente día a la publicación de esta convocatoria

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero- Beneficiarios.   Las asociaciones de consumidores, sin animo de lucro, con implantación local y ámbito actuación en Logroño. debiendo estar inscritas en el registro municipal de entidades ciudadanas.Segundo- Objeto.   Regular concesión de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Logroño a asociaciones de consumidores con actividades en ámbito actuación y en beneficie de los vecinos de la ciudad de Logroño.Tercero- Normativa Reguladora.   Ordenanza de las bases reguladores generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Logroño por acuerdo pleno de fecha 6 de febrero de 2025 (BOR nº 26 de fecha 7 de febrero de 2025) Plan Estratégico de subvenciones (2024-2026) linea actuación 8 L8.3Cuarto- Cuantía.     Importe total de 6.500 euros.     Se establece una subvención por asociación con un importe máximo de 5000 € y un importe mínimo de 500 € .Quinto- Plazo presentación de solicitudes     Diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto en el BOR.     Se iniciará a las 9:00hs del primer día  hábil , finalizando a las 24:00 horas del último día del plazo.Sexto- Otros datos de interés.            Convocatoria: El texto integro de la convocatoria estará disponible en la pagina web del Ayuntamiento de Logroño en el siguiente enlace: Subvención Asociaciones de Consumidores de Logroño año 2026 Ayuntamiento de LogroñoSolicitudes:   Se presentaran en impreso formalizado “solicitud de subvención AYT.DO.20/1”  En los términos de lo dispuesto por el art. 14.2 y 16.4 de la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las asociaciones de consumidores quedarán obligadas a presentar la correspondiente solicitud y documentos acompañantes por medios electrónicos.   Si alguna de las entidades lo hiciera presencialmente se le advertirá que la Ley prevé que se les requiera para que subsanen a través de su presentación electrónica, en los términos de lo dispuesto por el art. 68.5 de la citada Ley 39/2015 y se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en que haya sido realizada la subsanación, de modo que la solicitud presencial producirá efectos desde la subsanación.   Cuando, a pesar de lo expuesto en el párrafo anterior, sea necesario acompañar documentación física en papel, anexa a la presentación temática, deberá obrar en una carpeta o encuadernación con un índice de su contenido, indicando que se dirija a la unidad de Participación Ciudadana.  La sede electrónica de presentación del Ayuntamiento de Logroño se encuentra en la web municipal (www.logrono.es) e igualmente quedará habilitada la presentación electrónica a través del registro electrónico del punto de acceso general del estado en https://administracion.gob.es.Documentación: La prevista en el artículo 7 de la convocatoria.Criterios de valoración: Los previstos en el artículo 8 de la convocatoria.Órgano gestor de la subvención: Oficina Municipal de Consumo.Forma de pago:  El 80 %, a partir de la adopción del acuerdo de adjudicación definitiva.  El 20 % restante, a partir del momento se justifique el gasto.Forma de justificación: De acuerdo con lo previsto en el articulo 10 de las bases reguladoras.Plazo máximo de justificación: Antes del 31 de enero de 2027.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 11/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSSubvención asociaciones consumidores 2026