Acuerdo Junta de Gobierno Local de 25 de febrero de 2026 que aprueba la convocatoria de subvenciones a asociaciones de consumidores de la ciudad año 2026
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES23 - LA RIOJA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
Inicio de solicitudes
18/03/2026
Fin de solicitudes
01/04/2026
Registro en BDNS
11/03/2026
Publicación en diario oficial
17/03/2026
Texto oficial de apertura: Día hábil siguiente a la publicación de convocatoria en Diario Oficial
Texto oficial de cierre: 10 días hábiles a contar desde el siguiente día a la publicación de esta convocatoria
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero- Beneficiarios. Las asociaciones de consumidores, sin animo de lucro, con implantación local y ámbito actuación en Logroño. debiendo estar inscritas en el registro municipal de entidades ciudadanas.Segundo- Objeto. Regular concesión de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Logroño a asociaciones de consumidores con actividades en ámbito actuación y en beneficie de los vecinos de la ciudad de Logroño.Tercero- Normativa Reguladora. Ordenanza de las bases reguladores generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Logroño por acuerdo pleno de fecha 6 de febrero de 2025 (BOR nº 26 de fecha 7 de febrero de 2025) Plan Estratégico de subvenciones (2024-2026) linea actuación 8 L8.3Cuarto- Cuantía. Importe total de 6.500 euros. Se establece una subvención por asociación con un importe máximo de 5000 € y un importe mínimo de 500 € .Quinto- Plazo presentación de solicitudes Diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto en el BOR. Se iniciará a las 9:00hs del primer día hábil , finalizando a las 24:00 horas del último día del plazo.Sexto- Otros datos de interés. Convocatoria: El texto integro de la convocatoria estará disponible en la pagina web del Ayuntamiento de Logroño en el siguiente enlace: Subvención Asociaciones de Consumidores de Logroño año 2026 Ayuntamiento de LogroñoSolicitudes: Se presentaran en impreso formalizado “solicitud de subvención AYT.DO.20/1” En los términos de lo dispuesto por el art. 14.2 y 16.4 de la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las asociaciones de consumidores quedarán obligadas a presentar la correspondiente solicitud y documentos acompañantes por medios electrónicos. Si alguna de las entidades lo hiciera presencialmente se le advertirá que la Ley prevé que se les requiera para que subsanen a través de su presentación electrónica, en los términos de lo dispuesto por el art. 68.5 de la citada Ley 39/2015 y se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en que haya sido realizada la subsanación, de modo que la solicitud presencial producirá efectos desde la subsanación. Cuando, a pesar de lo expuesto en el párrafo anterior, sea necesario acompañar documentación física en papel, anexa a la presentación temática, deberá obrar en una carpeta o encuadernación con un índice de su contenido, indicando que se dirija a la unidad de Participación Ciudadana. La sede electrónica de presentación del Ayuntamiento de Logroño se encuentra en la web municipal (www.logrono.es) e igualmente quedará habilitada la presentación electrónica a través del registro electrónico del punto de acceso general del estado en https://administracion.gob.es.Documentación: La prevista en el artículo 7 de la convocatoria.Criterios de valoración: Los previstos en el artículo 8 de la convocatoria.Órgano gestor de la subvención: Oficina Municipal de Consumo.Forma de pago: El 80 %, a partir de la adopción del acuerdo de adjudicación definitiva. El 20 % restante, a partir del momento se justifique el gasto.Forma de justificación: De acuerdo con lo previsto en el articulo 10 de las bases reguladoras.Plazo máximo de justificación: Antes del 31 de enero de 2027.