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Plazo no verificadoBDNS 892533

Acuerdo Junta de Gobierno Local de 25 de febrero de 2026 que aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de acciones en materia de infancia y juventud año 2026

LOCAL · LOGROÑO · AYUNTAMIENTO DE LOGROÑO

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 07:51 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES23 - LA RIOJA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.

Inicio de solicitudes
18/03/2026
Fin de solicitudes
08/04/2026
Registro en BDNS
11/03/2026
Publicación en diario oficial
17/03/2026

Texto oficial de apertura: Día hábil siguiente a la publicación de convocatoria en Diario Oficial

Texto oficial de cierre: 15 días hábiles a contar desde el siguiente día a la publicación de esta convocatoria

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero.- Beneficiarios.Asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro cuyo objeto social vaya dirigido a la infancia y/o la juventud, que estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Logroño, a la presentación de la solicitud de estas ayudas. Segundo.- Objeto.Es objeto de la presente convocatoria, la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro al objeto de apoyar actuaciones en materia de infancia y juventud que sean complementarias de los programas y proyectos municipales para el año 2026. Tercero.- Bases Reguladoras.La Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Logroño, aprobadas por acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 6 de febrero de 2025 (BOR nº26 de fecha 7 de febrero de 2025). Cuarto.- Cuantía.Cuantía total: 30.000 € Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.15 días hábiles a contar desde el siguiente día a la publicación de esta convocatoria por la Base de Datos Nacional de Subvenciones en el Boletín Oficial de La Rioja. Sexto.- Otros datos de interés.-Convocatoria: el texto íntegro de la Convocatoria estará disponible en la página web del Ayuntamiento de Logroño, en el siguiente enlace: https://logrono.es/becas-y-subvenciones-Solicitudes: Las entidades solicitantes estarán obligadas a relacionarse con el Ayuntamiento de Logroño a través de medios electrónicos según establece el artículo 14.2 de la Ley 39/2017 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Las solicitudes, junto con el resto de documentación, se presentarán en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Logroño o bien en cualquiera de los registros autorizados por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La Sede Electrónica de presentación del Ayuntamiento de Logroño se encuentra en la web www.logroño.es. Igualmente quedará habilitada la presentación electrónica a través del Registro Electrónico del Punto de Acceso General del Estado en https://administracion.gob.es-Documentación. La prevista en el artículo 5 de la convocatoria-Criterios de valoración: Los previstos en el artículo 7 de la convocatoria-Forma de pago: El pago de la subvención se efectuará de la siguiente forma: el 80% a partir de la fecha de adopción del acuerdo de concesión; el 20% restante, cuando las entidades beneficiarias justifiquen haber realizado un gasto igual o superior a la subvención concedida y se adopte el acuerdo en el que se preste conformidad a la justificación presentada.-Forma de justificación: De acuerdo con lo previsto en el artículo 11 de la convocatoria-Plazo máximo de justificación: De acuerdo con lo previsto en el artículo 11 de la convocatoria

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 11/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSSubvenciones juventud 2026