Plazo no verificadoBDNS 892536
Resolución 10.03.2026 del director general de Labora-Serv Valenciano de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria del programa mixto de empleo formación Talleres de Empleo, con cargo al ejercicio presupuestario 2026, en aplicación de la O
AUTONOMICA · COMUNITAT VALENCIANA · DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 07:51 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 16/03/2026
- Fin de solicitudes
- 31/03/2026
- Registro en BDNS
- 11/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 13/03/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Como consecuencia de la Resolución de 10 de julio de 2026, de la vicepresidenta primera y consellera de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad, publicada en el DOGV número 10410 de 22 de julio, mediante la que se autoriza una generación de crédito por mayores ingresos del SEPE, con cargo a la línea genérica de subvención S0283 del capítulo IV del subprograma 322.C02, del presupuesto de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación para el ejercicio 2026, se incrementa en 13.875.800,00 euros la dotación asignada en el resuelvo segundo de la Resolución de 10 marzo de 2026 de la Dirección General de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación, tras dicho incremento la dotación máxima para el ejercicio 2026 alcanza un importe global máximo de 43.825.800,00 euros con el desglose que figura en la resolución
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la resolución cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
En el desarrollo de los programas por la que se aprueban las resoluciones de convocatoria de subvenciones que desarrollan los programas mixtos de empleo-formación «Escuelas Taller» y «Talleres de Empleo» con cargo al ejercicio presupuestario 2026, en el resuelvo décimo cuarto se establece un plazo de inicio de las acciones formativas.
A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de dicho plazo, se resuelve declarar inhábil el mes de agosto de 2026 a efectos exclusivamente del cómputo de plazo para iniciar las acciones formativas.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/845437):
Primero. Aprobación de la convocatoria e indicación de las bases reguladoras de las subvenciones
Se convocan para el ejercicio 2026 subvenciones para la realización del programa Talleres de Empleo, regulado en la Orden 23/2024, de 3 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de los programas Escuelas Taller, Talleres de Empleo y otros programas públicos mixtos de empleo-formación, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de 9 de septiembre de 2024.
Segundo. Objeto
El objeto de la presente resolución es aprobar la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, del programa de Talleres de Empleo para el ejercicio 2026.
El programa de Talleres de Empleo se configura como un programa experiencial de empleo y formación que tiene por objeto la inserción laboral y la mejora de la cualificación de las personas participantes en los términos recogidos en el art. 29.2 del Real Decreto 818/2021 de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.
Tercero. Entidades beneficiarias
Podrán promover los proyectos de formación en alternancia con el empleo y ser entes promotores beneficiarios, las entidades públicas y privadas que se señalan, en el artículo 2 de la Orden de bases, 23/2024 de 3 de septiembre, en las condiciones y con los requisitos que se establecen en dicho artículo, que por su finalidad o competencia puedan llevar a cabo la ejecución de las correspondientes obras o servicios objeto de la actuación, dispongan de capacidad técnica y de gestión suficientes.
Cuarto. Personas destinatarias
Las personas destinatarias de este programa deberán cumplir los siguientes requisitos mínimos: Cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato de formación en alternancia, ser desempleadas según la definición contenida en el art. 4.1.a de la orden de bases y cumplir los requisitos establecidos para el acceso a las acciones formativas establecidos en la normativa reguladora de los certificados profesionales, grado C.
Quinto. Cuantía
Se destina para atender las subvenciones para la realización de talleres de empleo un importe global máximo de 29.950.000,00 euros con cargo a la línea presupuestaria S0283 del capítulo IV del subprograma 322C02, del presupuesto prorrogado de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación para el ejercicio 2026, que se distribuirá provincialmente en función del paro registrado con el desglose que se establece en la convocatoria, con carácter estimativo.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria.
Como consecuencia de la Resolución de 10 de julio de 2026, de la vicepresidenta primera y consellera de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad, publicada en el DOGV número 10410 de 22 de julio, mediante la que se autoriza una generación de crédito por mayores ingresos del SEPE, con cargo a la línea genérica de subvención S0283 del capítulo IV del subprograma 322.C02, del presupuesto de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación para el ejercicio 2026, se incrementa en 13.875.800,00 euros la dotación asignada en el resuelvo segundo de la Resolución de 10 marzo de 2026 de la Dirección General de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación, tras dicho incremento la dotación máxima para el ejercicio 2026 alcanza un importe global máximo de 43.825.800,00 euros con el desglose que figura en la resolución
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la resolución cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
En el desarrollo de los programas por la que se aprueban las resoluciones de convocatoria de subvenciones que desarrollan los programas mixtos de empleo-formación «Escuelas Taller» y «Talleres de Empleo» con cargo al ejercicio presupuestario 2026, en el resuelvo décimo cuarto se establece un plazo de inicio de las acciones formativas.
A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de dicho plazo, se resuelve declarar inhábil el mes de agosto de 2026 a efectos exclusivamente del cómputo de plazo para iniciar las acciones formativas.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/845437):
Primero. Aprobación de la convocatoria e indicación de las bases reguladoras de las subvenciones
Se convocan para el ejercicio 2026 subvenciones para la realización del programa Talleres de Empleo, regulado en la Orden 23/2024, de 3 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de los programas Escuelas Taller, Talleres de Empleo y otros programas públicos mixtos de empleo-formación, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de 9 de septiembre de 2024.
Segundo. Objeto
El objeto de la presente resolución es aprobar la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, del programa de Talleres de Empleo para el ejercicio 2026.
El programa de Talleres de Empleo se configura como un programa experiencial de empleo y formación que tiene por objeto la inserción laboral y la mejora de la cualificación de las personas participantes en los términos recogidos en el art. 29.2 del Real Decreto 818/2021 de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.
Tercero. Entidades beneficiarias
Podrán promover los proyectos de formación en alternancia con el empleo y ser entes promotores beneficiarios, las entidades públicas y privadas que se señalan, en el artículo 2 de la Orden de bases, 23/2024 de 3 de septiembre, en las condiciones y con los requisitos que se establecen en dicho artículo, que por su finalidad o competencia puedan llevar a cabo la ejecución de las correspondientes obras o servicios objeto de la actuación, dispongan de capacidad técnica y de gestión suficientes.
Cuarto. Personas destinatarias
Las personas destinatarias de este programa deberán cumplir los siguientes requisitos mínimos: Cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato de formación en alternancia, ser desempleadas según la definición contenida en el art. 4.1.a de la orden de bases y cumplir los requisitos establecidos para el acceso a las acciones formativas establecidos en la normativa reguladora de los certificados profesionales, grado C.
Quinto. Cuantía
Se destina para atender las subvenciones para la realización de talleres de empleo un importe global máximo de 29.950.000,00 euros con cargo a la línea presupuestaria S0283 del capítulo IV del subprograma 322C02, del presupuesto prorrogado de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación para el ejercicio 2026, que se distribuirá provincialmente en función del paro registrado con el desglose que se establece en la convocatoria, con carácter estimativo.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria.
Bases y documentación
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