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Plazo no verificadoBDNS 892559

Convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a actuaciones relacionadas con la prevención de incendios forestales, la gestión del bosque y el desarrollo rural agrario para el año 2026.

LOCAL · SABADELL · AJUNTAMENT DE SABADELL

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 07:51 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAGRAN EMPRESA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES511 - Barcelona

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras Prestaciones económicas

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
11/03/2026
Publicación en diario oficial
16/03/2026

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatòria en el BOPB.

Texto oficial de cierre: 15 días naturales a contar des del dia siguiente a la publicación de la convocatòria en el BOPB.

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

OBJETO Y ACTIVIDAD SUVENCIONABLEEs objeto de esta convocatoria la concesión de ayudas en régimen de concurrencia, a las persones físicas o jurídicas, destinados a actuaciones relacionadas con la prevención de incendios forestales, la gestión del bosque y el desarrollo rural agrario para el año 2026.De acuerdo con las bases específicas reguladoras pueden ser objeto de ayudas las siguientes actuaciones:Gastos encaminados a subsanar daños causados por fenómenos naturales.La realización de trabajos silvícolas que tengan por objeto la prevención de incendios forestales y que estén contemplados en un instrumento de planeamiento.Los trabajos silvícolas de tratamiento de plagas y mejora forestal.Los trabajos de reforestación incluidos en los planes de gestión, que tengan como finalidad la protección o mejora de la masa forestal.Desbroce de valles, márgenes, cañizos o cañaverales.La mejora de las explotaciones agrarias, incluida la construcción o mejora de instalaciones y edificios directamente vinculados y destinados a la explotación.Actuaciones recogidas en el Plan Director del Parque Agrario de Sabadell.Cada beneficiario sólo podrá obtener subvención para un programa o actividad.BENEFICIARIOSEl Ayuntamiento de Sabadell otorgará ayudas a aquellas personas físicas o jurídicas que dispongan de escritura pública o documento de transmisión de la finca forestal y agraria en Sabadell que reúnen los siguientes requisitos:Haber sido sujeto pasivo del Impuesto de terrenos de naturaleza rústica en el año vigente y IBI de la vivienda relacionado con la actividad agraria o forestal.Haber llevado a cabo alguna de las actuaciones silvícolas de mejora y generación de ciclos ecosistémicos descritas en el objeto de subvención.Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con respecto a la Seguridad Social y no incurrir en ninguna de las circunstancias que imposibilitan obtener la condición de beneficiario de subvenciones, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38 / 2003, de subvenciones.Son obligaciones del beneficiario: Desarrollar efectivamente la actividad subvencionable, acreditar ante el Ayuntamiento que se ha realizado la actividad objeto de la subvención, que se han cumplido los requisitos fijados en las presentes bases y que el importe de la subvención se ha invertido en la actividad que es objeto. El Ayuntamiento podrá pedir todos los documentos necesarios para comprobar la aplicación de la subvención.BASES REGULADORASLa convocatoria se regirá por sus bases específicas aprobadas por el Pleno municipal según acuerdo de 26 de abril de 2018 (BOP de Barcelona CVE 2018021926, de 5 de junio de 2018).4. CRITERIOS DE VALORACIÓNPara la valoración de las solicitudes cada uno de los conceptos por los que se solicita subvención se puntuará según la lista que se presenta:1. Actuación realizada para subsanar daños causados por fenómenos naturales (viento, lluvia, sequía y nieve): 100 puntos por hectárea2. Trabajos silvícolas que tengan por objeto la prevención de incendios forestales y que estén contemplados en un instrumento de planeamiento: 80 puntos por hectárea3. Trabajos silvícolas de tratamiento de plagas y mejora forestal: 70 puntos por hectárea4. Trabajos de reforestación y apoyo de riego incluidos en los planes de gestión, que tengan como finalidad la protección o mejora de la masa forestal: 60 puntos por hectárea5. Desbrozadas de valles, márgenes, cañaverales o carrizales: 50 puntos por hectárea6. Mejora de las explotaciones agrarias, incluida la construcción o mejora de instalaciones y edificios directamente vinculados y destinados a la explotación: 50 puntos.No se subvencionará la explotación forestal basada en criterios económicos.CRÉDITOS PRESUPUESTARIOSExiste consignación presupuestaria para hacer frente en esta convocatoria de ayudas, con una dotación máxima de 10.000,00 euros, con carácter plurianual, con número de relación contable Q/2026/817 i Q/2026/818, según el siguiente:Núm. operación Fase Fecha Referencia Aplicación presupuestaria Importe Texto libre920260001978 A 02/02/2026 22026005926 2026 502 1723 48900 5.000,00 € TNE/2026/7 Convocatòria Subvenció per la prevenció d'incendis forestals, gestió del bosc i desenvolupament rural agrari 2026920269000115 A 02/02/2026 2027 2026 502 1723 48900 5.000,00 € TNE/2026/7 Convocatòria Subvenció per la prevenció d'incendis forestals, gestió del bosc i desenvolupament rural agrari 2026PLAZOSEl plazo de presentación de las solicitudes es de 15 días naturales a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) previa comunicación al mismo por parte de la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) del extracto de la presente convocatoria.El plazo de ejecución para los proyectos será de 12 meses es decir, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.Los beneficiarios deberán aceptar formalmente la ayuda concedida en el plazo y 15 días hábiles a contar desde la notificación de la resolución, conforme al Anexo 4 de estas bases. La falta de formalización de la aceptación facultará al Ayuntamiento para otorgar un nuevo plazo o considerar que el beneficiario ha renunciado a la ayuda.El pago de la subvención se hará efectivo en dos pagos:Un primer pago, correspondiente al 50% del importe total concedido, una vez se haya formalizado la aceptación de la subvención.El pago del 50% restante una vez se haya justificado de forma correcta el importe subvencionado.La justificación de la subvención se llevará a cabo dentro del primer trimestre del año siguiente del período de ejecución de la actividad.TRAMITACIÓNPara la tramitación de las solicitudes será preceptivo aportar la documentación que se detalla en el artículo 7 de las bases reguladoras y que se presente en cualquier registro del Ayuntamiento de Sabadell.Las personas físicas pueden escoger en todo momento si se comunican con la administración para ejercer sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos, con lo cual pueden presentar la documentación en cualquier de los registro municipales de Sabadell o a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sabadell.Las personas jurídicas están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas, con lo cual tienen que presentar cualquier documentación a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sabadell. La tramitación de los expedientes y su resolución se efectúa según se dispone en las bases reguladoras específicas.RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓNLa concesión o denegación de las subvenciones corresponderá al órgano competente que tenga atribuida esta función de acuerdo con la estructura municipal ejecutiva. La resolución de concesión o denegación se notificará mediante exposición pública en el tablón de edictos de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Sabadell, en un plazo máximo de tres meses a contar desde el fin del plazo de presentación de solicitudes de este procedimiento y se podrá consultar a través de la pág. web del Ayuntamiento, así como también se remitirá a la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) para su publicación, según lo establecido en el artículo 20 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, de 17 de diciembre .La resolución de esta convocatoria agota la vía administrativa, y los interesados pueden Interponer recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de la provincia de Barcelona en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación. También pueden interponer con carácter potestativo recurso de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado este acto, como previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación. Sin embargo pueden interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

Bases y documentación

Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 11/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 11/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de los acuerdos de la concejala de Transición Ecológica, decreto 2956/2026, de fecha 26 de febrero de 2026 por los que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones destinadas a actuaciones relacionadas con la prevención de incendios forestales, la gestión del bosque y el desarrollo rural agrario para el año 2026. Publicado 16/03/2026Bases específicas reguladoras del otorgamiento de ayudas destinadas a actuaciones relacionadas con la prevención de incendios forestales, la gestión del bosque y el desarrollo rural agrario.