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Plazo no verificadoBDNS 892592

AYUDAS A ASOCIACIONES EN MATERIA TURÍSTICA

AUTONOMICA · LA RIOJA · CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, DEPORTE Y JUVENTUD

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 07:51 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES230 - La Rioja

Finalidad

Comercio, Turismo y Pymes

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
01/04/2026
Fin de solicitudes
30/04/2026
Registro en BDNS
11/03/2026
Publicación en diario oficial
31/03/2026

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOR

Texto oficial de cierre: Un mes contado a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOR

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Beneficiarios.Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los indicados en el artículo 2 de la Orden que deberán cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 3 de la misma. Segundo. Objeto.Las subvenciones serán objeto de tramitación en régimen de concurrencia según lo establecido en el artículo 4 de la Orden. Tercero. Criterios.Las actuaciones subvencionables, porcentajes, cuantías y criterios de valoración, se establecen en el artículo 5 de la Orden. Cuarto. Cuantía.Los límites globales y cómputo de los porcentajes se establecen en el artículo 6 de la Orden, sin que el importe máximo de subvención que pueda obtener cada beneficiario por el conjunto de las ayudas solicitadas en esta Orden sea de 25.000 euros. Quinto. Solicitudes.Conforme a lo establecido en los artículos 7 y 8 de la Orden, la solicitud acompañada de la documentación correspondiente, deberá presentarse en el impreso normalizado, en el Registro electrónico, a través de la sede electrónica de la Administración de La Rioja www.larioja.org, dentro del apartado Oficina Electrónica, Área Temática Turismo, según lo establecido en la Ley 5/2014, de administración y simplificación administrativa y en el Decreto 29/2013, de 20 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos , en lo relativo al registro electrónico.Para la presentación electrónica, si el interesado no dispone de dirección electrónica habilitada (DEH) en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, debe tramitar el alta en la dirección Web (www.larioja.org/notificaciones), o bien solicitar al órgano gestor que tramite dicha alta precisando la dirección de correo electrónico que se asociará a  la DEH.Si el interesado presenta la solicitud de manera presencial se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.Sexto. Plazo.El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes contado a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. Séptimo. Concesión.El procedimiento de concesión se tramitará conforme lo establecido en los artículos 9, 10 y 11 de la Orden. Octavo. Justificación.Establecer como fecha límite de justificación del gasto el 30 de octubre de 2026 que deberá realizarse según lo establecido para la justificación del mismo en el artículo 12 de la Orden. Noveno. Publicidad.La publicidad de las ayudas se ajustará al artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Décimo. Compatibilidad.La compatibilidad de las subvenciones con otras que se pudieran percibir se establece en el artículo 17 de la Orden. Décimo primero. Otros datos de interésConvocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=24494

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 27/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSResolución 514/2026, de 23 de marzo, del Consejero de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se convocan para el año 2026 las subvenciones reguladas en la Orden DEA/41/2021 de 8 de julio (Boletín Oficial de La Rioja número 136, de 13 de julio de 2021), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro en materia de turismo (Extracto)Publicado 31/03/2026Orden DEA/41/2021, de 8 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro en materia de turismo