Plazo no verificadoBDNS 892738
Convocatoria de subvenciones de la Concejalía de Juventud año 2026.
LOCAL · ALZIRA · AYUNTAMIENTO DE ALZIRA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 07:54 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Finalidad
Otras Prestaciones económicas
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 25/03/2026
- Fin de solicitudes
- 23/04/2026
- Registro en BDNS
- 12/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 24/03/2026
Texto oficial de cierre: 30 días naturales desde el día siguiente de la publicación extracto BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Objeto:El objeto de esta convocatoria es definir el conjunto de condiciones y el procedimiento a seguir para la solicitud, obtención, justificación y cobro de las subvenciones que otorga el Ayuntamiento de Alzira, en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, en materia de juventud dentro de los límites del presupuesto municipal con cargo a la aplicación Subvenciones de Juventud.Las actividades subvencionables se realizarán dentro del año 2026.Segundo. Beneficiarios:Podrán acogerse a esta convocatoria y ser beneficiarias de las subvenciones contempladas en esta, las asociaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud inscritas en el Censo de Asociaciones Juveniles de la Generalitat Valenciana y en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Alzira.Las asociaciones deberán reunir los siguientes requisitos:- Tener como socios y destinatarios del proyecto subvencionado a jóvenes de Alzira.- Solo se podrá presentar una única solicitud por CIF de entidad o asociación.- Solo se podrá presentar una única solicitud por entidad o asociación inscrita en el registro de asociaciones del Ayuntamiento de Alzira.- Será indispensable, para optar a la subvención, haber justificado dentro de plazo la subvención concedida el año anterior, en su caso.- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en el momento de la concesión y del pago.- No podrán ser beneficiarias de estas subvenciones aquellas entidades que se encuentren en cualquiera de las situaciones de prohibición de ostentar tal condición establecida en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.- En el supuesto de haber recibido con anterioridad subvenciones de la Concejalía de Juventud, haber cumplido con las obligaciones derivadas de su concesión.- En caso de formar parte de una federación, ser miembro de pleno derecho.Tercero. Bases reguladoras:El Pleno del Ayuntamiento de Alzira, en la sesión celebrada el día 29 de enero de 2020, ha aprobado definitivamente la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alzira, que contiene las bases reguladoras del procedimiento para la concesión de subvenciones por este Ayuntamiento, y el texto íntegro de la misma ha sido publicado en elBoletín Oficial de la provincia de Valencia nº 29, de fecha 12 de febrero de 2020.Cuarto. Pazo de presentación de solicitudes:El plazo de presentación será de 30 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.Las solicitudes deberán presentarse por Registro Electrónico del Ayuntamiento de Alzira o por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.Quinto.- Cuantía total máxima de las subvenciones convocadas:La cuantía máxima total de las subvenciones convocadas en 2026, será de 4.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 330 - 48610 “Subvención juventud” del presupuesto del Ayuntamiento de Alzira para el año 2026.Sexto.- Documentación:Las solicitudes de subvención contendrán la siguiente documentación:1. Solicitud subscrita por el/la presidente/presidenta de la asociación juvenil o entidad prestadora de servicios a la juventud, según el modelo oficial de subvenciones de la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Alzira. ANEXO I.2. Acreditación de la representación legal que posea la persona firmante de la solicitud, acompañada de su DNI.3. Copia de la tarjeta de la identificación fiscal de la asociación.4. Proyecto de actividades y presupuesto del ejercicio correspondiente (este año, 2026), que incluirá necesariamente los siguientes apartados: finalidad, objetivos, actividades y calendario de las mismas, jóvenes a quienes se dirigen las actividades, presupuesto de gastos por conceptos, así como de los ingresos, con mención de las diversas fuentes de financiación complementaria a la subvención (aportaciones de la asociación y otras ayudas solicitadas).5. Memoria de las actividades realizadas durante el año 2025. Este requisito no será necesario en el caso de asociaciones de nueva creación que no hayan realizado ninguna actividad en el año 2025 o aquellas que solicitaron subvención para el año 2025 y la adjuntaron para su justificación.6. En caso de solicitar ayuda para equipamiento se fundamentará su necesidad.7. Resolución de inscripción en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Valenciana o en el Registro Nacional de Asociaciones.8. Resolución de inscripción en el Censo de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de la Comunidad Valenciana.9. Datos generales de la entidad (nombre, domicilio social, teléfono, correo electrónico, número de identificación fiscal, número en el registro de asociaciones, número en el censo de asociaciones, número en el registro municipal de asociaciones, número de socios/as residentes en Alzira, miembros de la junta directiva). ANEXO II.10. Certificado de pertenencia a federación de ámbito superior al local, en su caso, y resolución de inscripción en el censo de asociaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud de la Comunidad Valenciana de la mencionada federación.Séptimo. Resolución:El órgano competente para la resolución será la Junta de Gobierno Local. El plazo máximo para resolver será de seis meses desde la publicación de la convocatoria.Octavo. Justificación y pago:Para el cobro de las subvenciones reguladas por estas normas se requiere la presentación de la cuenta justificativa, según modelo del Anexo III de esta convocatoria, que deberá presentarse, en todo caso, antes del 31 de octubre del año en curso.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 12/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ajuntament d’Alzira de 4 de marzo de 2026, por el que se convocan las subvenciones de la Concejalía de Juventud año 2026.Publicado 24/03/2026Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alzira.Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.