PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES243 - Zaragoza
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
12/03/2026
Publicación en diario oficial
24/03/2026
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente al de la publicación en el BOPZ
Texto oficial de cierre: Quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOPZ
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. -Beneficiarios. –Las subvenciones se concederán prioritariamente a Organizaciones No Gubernamentales que realicen programas y/o actividades en el municipio de Ejea de los Caballeros, en el periodo comprendido desde el 29 de septiembre de 2025 al 30 de septiembre de 2026, subvencionables según las presentes bases:a) Estar legalmente constituidas e inscritas formalmente.b) Disponer de sede o delegación permanente la Comunidad Autónoma de Aragón.c) Tener como una de sus finalidades la realización de actividades y proyectos orientados a la cooperación, solidaridad y desarrollo de los países empobrecidos.d) No perseguir fines lucrativos, ni depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas.e) Acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulten necesarias para el logro de los objetivos propuestos en el proyecto.f) Las entidades solicitantes responderán ante el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros de la veracidad de los datos aportados en la solicitud y en la documentación que le acompaña.e) Las entidades beneficiarias aplicarán las subvenciones para el fin concreto para las que hayan sido concedidas.f) Las entidades subvencionadas informarán de las subvenciones que pudieran obtener de otros organismos públicos/privados para el mismo fin.g) Si los proyectos para los que se solicita la subvención tienen participación con menores de edad, deberá presentarse una declaración responsable de que todo el personal (incluido elvoluntario) encargado de realizar tales actividades, que impliquen contacto habitual con menores, cumple con el requisito previsto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, en especial: el apartado ocho de la Ley 26/2015, de 28 de julio y el artículo 8 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de voluntariado.La declaración responsable requerida para la justificación de la subvención estará incluida entre los anexos adjuntos a la presente convocatoria y deberá estar firmada por el representante legal de la entidad.h) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y no tener deudas pendientes de pago con el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros.Segundo. - Objeto y finalidad. - Es objeto de estas bases regular la convocatoria de subvenciones en materia de Cooperación al Desarrollo destinadas a subvencionar proyectos o programas de solidaridad, cooperación al desarrollo y emergencia en los países del denominado tercer mundo. Proyectos dirigidos a promocionar el desarrollo humano local en los campos de la educación, la formación, la salud, la vivienda, la defensa de los derechos humanos, el desarrollo económico o de infraestructuras que beneficien a comunidades rurales o urbanas y que impliquen la participación activa de dichas comunidades y de sus instancias representativas en su proposición, gestión y ejecución.Esta cooperación integral establece cambios en la cooperación al desarrollo, a fin de orientarla hacia un desarrollo económico y social duradero en los países en vías de desarrollo, una cooperación aldesarrollo duradera en el tiempo, coherente con las demandas de Naciones Unidas y más participativa y directa con la sociedad civil.Así, en el ámbito de la cooperación descentralizada, el papel de las entidades civiles se considera indispensable en una decidida apuesta por el tejido social y empresarial de las sociedades, paraoptimizar los limitados recursos disponibles.Tercero. - Bases reguladoras. - Criterios Reguladores. – Por Decreto de alcaldía de fecha 10 de marzo de 2026 aprobó los Criterios Reguladores para la concesión de subvenciones en materia deCooperación al Desarrollo. Año 2026. Cuarto. - Importe. - El crédito presupuestario destinado a la presente convocatoria son 44.902,00 € euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 23101-48005 y con número de retención12026000003496 del presupuesto municipal para el ejercicio de 2026.Quinto. - Plazo de presentación de solicitudes. - El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles y se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación de un extracto de estas normas en el BOPZ.La convocatoria íntegra será publicada en la Web del Ayuntamiento de Ejea (www.ejea.es).El impreso de solicitud, así como el resto de modelos normalizados a cumplimentar por el solicitante, se pondrán a disposición de los interesados en la página Web del Ayuntamiento de Ejea de losCaballeros https://www.ejea.es/cooperacion-desarrollo-2026/