Resolución de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la creación literaria, correspondientes al año 2026
ESTADO · MINISTERIO DE CULTURA · DIRECCIÓN GENERAL DEL LIBRO, DEL CÓMIC Y DE LA LECTURA
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES - ESPAÑA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 13/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 17/03/2026
Texto oficial de apertura: Día siguiente a la publicación del extracto en el B.O.E
Texto oficial de cierre: 15 días hábiles
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. BeneficiariosPersonas físicas, mayores de edad, de nacionalidad española o con residencia en España. Cada participante solo podrá concurrir con un proyecto.Segundo. ObjetoProyecto de creación literaria de obras originales, para apoyar la vocación artística de todos los ciudadanos y el desarrollo pleno de sus capacidades, obras que habrán de estar escritas en cualquiera de las lenguas oficiales de España, así como aquellas con reconocimiento jurídico en los estatutos de autonomía, en las modalidades de narrativa (novela, novela corta y relato), poesía, literatura infantil, literartura juvenil, ensayo, teatro, traducción e ilustración.Tercero. Bases reguladorasOrden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva.Cuarto. Plazo de presentación. Formalización de la solicitudCuarto 1. El plazo de formalización de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.Cuarto 2. Las solicitudes deberán dirigirse a la persona titular de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura.Quinto. ImporteEl importe de las subvenciones convocadas será, como máximo, de 500.000 euros.
Bases y documentación
Resolución cuantía adicionalPublicado 25/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 13/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de 20 de marzo de 2026 de la Secretaría de Estado de Cultura por la que se aprueba una cuantía adicional para las subvenciones para la creación literaria (convocatoria 2026)Publicado 27/03/2026Extracto de la Resolución de 9 de marzo de 2026 de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la creación literaria , correspondientes al año 2026.Publicado 17/03/2026Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicosInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.