encuentraayudas
Plazo no verificadoBDNS 893068

Convocatoria para la concesión de subvenciones, por concurrencia competitiva, para la promoción de las Fiestas de Barrio anualidad 2026

LOCAL · PALAFRUGELL · AYUNTAMIENTO DE PALAFRUGELL

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 08:01 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES512 - Girona

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
01/01/2026
Fin de solicitudes
31/12/2026
Registro en BDNS
13/03/2026
Publicación en diario oficial
19/03/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

1. Objeto y finalidadEstas bases tienen por finalidad estructurar y fijar los criterios y el procedimiento para la concesión de subvenciones para financiar la promoción de las fiestas de los barrios de Palafrugell con los objetivos de fomentar y promocionar las fiestas populares de los barrios de Palafrugell para favorecer la cohesión social.2. Procedimiento de concesiónEl procedimiento de concesión de estas subvenciones es el de concurrencia competitiva y convocatoria pública. Las solicitudes que se presenten en el periodo fijado en la convocatoria, aprobada por la Junta de Gobierno, establecerá un orden de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en estas bases.Las subvenciones que se otorguen tienen carácter finalista, no generan ningún derecho a la obtención de otras subvenciones en años posteriores y no se pueden alegar como precedente.3. BeneficiariosPodrán ser beneficiarios de esta línea de subvenciones las asociaciones vecinales de Calella de Palafrugell, Llafranc, Tamariu, Llofriu, La Punxa, Pi Verd, Camp d’en Prats, Vilaseca-Bruguerol, Mas Mascort y calle Ample, siempre y cuando no estén afectadas por ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (LGS).En todo caso, los requisitos a cumplir por los beneficiarios son los siguientes:Estar inscritos en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento.Estar al corriente de las obligaciones fiscales con Hacienda, la Seguridad Social y el Ayuntamiento.4. Cuantía de las subvencionesLas subvenciones se otorgan en régimen de concurrencia competitiva. Por lo tanto, el importe máximo de la subvención que puede otorgarse a cada solicitante vendrá determinado por:a) La concesión en euros de la puntuación obtenida de acuerdo con los criterios de valoración del punto 6. Esta conversión se realizará tomando como base el número total de puntos obtenidos por las solicitudes admitidas dividida por el importe total de la convocatoria, descontando la suma de las partes fijas.b) En todo caso, no podrá superar el importe derivado del coste total de la actividad o actividades a subvencionar. El porcentaje máximo de financiación del conjunto de actividades es del 90%. Es compatible con otras subvenciones, siempre y cuando los ingresos finalistas no superen el coste de la actuación.c) En caso de que, aplicando los anteriores criterios, alguna de las peticiones obtuviera una subvención superior al límite del 90% del coste de la actividad, se reducirá su subvención hasta dicho límite del 90%. Con el sobrante, correspondiente al importe reducido, se procederá a repartirlo de nuevo entre el resto de peticiones de manera proporcional a la puntuación obtenida, sin tener en cuenta la puntuación de la subvención que ya haya alcanzado el importe límite.El presupuesto de la actividad o actividades presentado por cada solicitante, o sus modificaciones posteriores, servirán de referencia para la determinación final del importe de la subvención, calculado como porcentaje del coste final de la actividad. Así, el eventual exceso de financiación pública se calculará tomando como referencia la proporción que debe alcanzar dicha aportación respecto del coste total.5. Dotación económica y aplicación presupuestariaEl importe total máximo de la dotación económica destinado a esta convocatoria es de 40.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 31.9240.48900 Subvenciones Asociaciones de Vecinos.8. Plazo de presentaciónEl plazo para presentar las solicitudes es desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona y hasta el 15 de mayo de 2026.  

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 13/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 13/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSConvocatoria para la concesión de subvenciones, por concurrencia competitiva, para la promoción de las Fiestas de Barrio anualidad 2026Publicado 19/03/2026Bases generales reguladoras de la concesión y justificación de subvenciones municipales 2026