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Plazo no verificadoBDNS 893077

SUBVENCIÓN PARA LA REVITALIZACIÓN CULTURAL DE TOLOSA.

LOCAL · TOLOSA · AYUNTAMIENTO DE TOLOSA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 08:01 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES212 - Gipuzkoa

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
13/03/2026
Publicación en diario oficial
10/04/2026

Texto oficial de apertura: Sera de 20 días a partir del día siguiente de la publicación en el boletín de Gipuzkoa

Texto oficial de cierre: Sera de 20 días a partir del día siguiente de la publicación en el boletín de Gipuzkoa

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Extracto publicado

ANEXO I: ConvocatoriaObjetoEl objeto de la presente convocatoria es dar a conocer las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones culturales, personas y asociaciones sociales sin ánimo de lucro, para la realización de programas y actividades culturales que se ajustarán a los objetivos del Subárea de Cultura y Fiestas del Ayuntamiento de Tolosa.Crédito y partida presupuestaria a los que se imputa la subvenciónLa cuantía total de las subvenciones a conceder en esta convocatoria será de diecisiete mil euros (17.000,00 €), con cargo a la siguiente partida de los Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Tolosa:  0800.481.01.334.10 (2026).Requisitos que deben reunir las personas/entidades beneficiarias y forma de acreditarlosSerá lo dispuesto en el artículo 4 de las bases generales que se publican junto con esta convocatoria.        4.   Plazo de presentaciónEl plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.Documentación que acompañar a la solicitudSerá lo dispuesto en el artículo 9 de las bases generales que se publican junto con esta convocatoria.Criterios de valoraciónSerá lo dispuesto en el artículo 12 de las bases generales que se publican junto con esta convocatoria.Plazo de ejecución de los proyectosLas actuaciones objeto de subvención se realizarán entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimientoLa instrucción del procedimiento será promovida por el Área Cultura, Fiestas y Juventud.Corresponde a dicha área la valoración de las solicitudes mediante la emisión del correspondiente informe técnicoLa propuesta de la concesión se elevará a la Comisión de Valoración para emitir su correspondiente informe.Dicha Comisión de Valoración estará compuesta por los/las siguientes integrantes, garantizándose una presencia equilibrada de mujeres y hombres en su composición, salvo justificación en contrario:El/La interventor/a o el/a técnico/a.El/La técnico/a del área.El/La concejal/a del área.Un/a TAG del Área de Secretaría.El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que deberá notificarse a los interesados en la forma que establezca la convocatoria, y se concederá un plazo de 10 días para presentar alegaciones, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación.Posteriormente se remitirá a la Alcaldía para que ésta, o persona en quien delegue, dicte la resolución definitiva.Plazo de notificación y resoluciónEl plazo máximo para resolver y notificar la resolución definitiva es de seis meses, a contar desde la finalización del plazo para presentar las solicitudes.La resolución definitiva será notificada a las personas interesadas.Notificación de la resoluciónLa resolución, tanto provisional como definitiva, será objeto de publicación en la página web municipal y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, a los efectos de notificación.Modificación de la subvenciónDe conformidad con lo establecido en el artículo 18 de las bases generales que se publican en esta convocatoria.Régimen de recursosLa presente resolución es firme y pone fin a la vía administrativa. Contra la misma podrán interponerse los siguientes recursos:Con anterioridad al inicio de la vía judicial, la persona interesada podrá interponer recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. Todo ello, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.No obstante, en lugar del recurso de reposición, o en el caso de interponerse contra la resolución del recurso, podrá presentar directamente recurso contencioso-administrativo en un plazo de dos meses desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. El recurso se presentará ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de San Sebastián.Asimismo, si no hubiera resolución expresa, tanto para poner fin al procedimiento como para dar respuesta al recurso de reposición, el/la interesado/a podrá interponer en cualquier momento recurso contencioso-administrativo. Dicho recurso deberá interponerse ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 13/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 13/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSSUBVENCIONES PARA LA REVITALIZACIÓN CULTURAL DE TOLOSA.Publicado 10/04/2026Ordenanza general de 2024 de subvenciones del Ayuntamiento de Tolosa.