Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 16/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 18/03/2026
Texto oficial de apertura: 20 días después de su publicación en el BOP
Texto oficial de cierre: Transcurridos los 20 días de su publicación en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
ANUNCIODe conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http:/www.pap.minhap.gob.es/bndnstrans/index) Primero. BeneficiariosLa Diputación de Zamora procede a la convocatoria en régimen de concurrencia pública de subvenciones entre las Entidades Locales de la provincia de Zamora, con población inferior a 20.000 habitantes.Segundo. Objeto1.-La Diputación de Zamora procede a la convocatoria en régimen de concurrencia pública de subvenciones entre las Entidades Locales de la provincia de Zamora, con población inferior a 20.000 habitantes, para la ejecución de aquellas obras con destino a infraestructuras deportivas y culturales y parques infantiles y biosaludables de los Ayuntamientos de la provincia de Zamora. Será objeto de financiación una única actuación y en concreto se financiarán las siguientes líneas:LINEA 1.- Instalaciones deportivas de titularidad municipal: nuevas instalaciones deportivas, recuperación y mejora de instalaciones existentes, obras de accesibilidad y eficiencia energética de las mismas (iluminación y climatización).LINEA 2.- Instalaciones culturales de titularidad municipal: obra de nueva construcción, mejora y equipamientos de bibliotecas, salas de lectura, museos, centros de interpretaciones, salones culturales, teatros y otro tipo de instalaciones de uso exclusivamente cultural.LINEA 3.- Parques infantiles y parques biosaludables de titularidad municipal: obra de nueva construcción, mejora, cerramiento de los mismos o sustitución de solados para adaptarlo a la normativa y adquisición de elementos para parques infantiles y parques biosaludables. 2.-Sólo podrá presentarse una única solicitud de entre las tres líneas propuestas. 3.- A efectos de valoración de los criterios establecidos en la base décima de esta convocatoria:-En el caso de que la actuación solicitada incluya instalaciones de nueva creación y renovación de instalaciones existentes, el criterio de valoración a tener en cuenta será el de nueva creación (1 punto).-Para la obtención de los puntos correspondientes a renovación de instalaciones existentes, será necesario que el uso de la instalación existente y el que se dará con la renovación sea el mismo.4.-La subvención para la adquisición de elementos mobiliarios y equipamientos en estas tres líneas de actuación no podrá superar en ningún caso el 40% de la inversión total.Tercero. Bases reguladorasMediante Decreto número 2026-1303 de fecha 10 de marzo de 2026 se aprueban las bases reguladoras cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el tablón de anuncios de la Diputación Provincial de Zamora.Cuarto.- Cuantía.1. Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 32. 171.0 762.00 del presupuesto vigente, por un importe total máximo de UN MILLON OCHOCIENTOS VEINTE MIL EUROS (1.820.000,00 €).2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 58.2 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, el importe total máximo de la convocatoria podrá ampliarse hasta un máximo de DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL EUROS (2.366.000,00€), sin necesidad de una nueva convocatoria.3.La ampliación del crédito quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente, y deberá acordarse con anterioridad a la resolución de concesión, publicándose en los mismos medios que la convocatoria, sin que dicha ampliación implique la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes ni afecte a los criterios de valoración establecidos.La Diputación Provincial de Zamora, financiará hasta un máximo de las siguientes cantidades según la línea de actuación:OBRAS FINANCIACIÓN DIPUTACIÓNInstalaciones deportivas 840.000,00€Instalaciones culturales 540.000,00€Parques infantiles y biosaludables 440.000,00€TOTAL 1.820.000,00€La Diputación de Zamora financiará como máximo el 90% de aquellas obras que sean seleccionadas hasta agotar el total de la cantidad habilitada para tal fin, y los Ayuntamientos deberán comprometerse a realizar como mínimo una aportación del 10% en el caso de que resulten beneficiarios de la subvención.Los Ayuntamientos beneficiarios que resulten de aplicar los criterios de selección y valoración establecidos en la base décima, obtendrán como máximo la siguiente subvención: *LINEA 1 INSTALACIONES DEPORTIVAS, el importe máximo subvencionado por la Diputación para cada beneficiario será de 25.000,00€.*LINEA 2 INSTALACIONES CULTURALES, el importe máximo subvencionado por la Diputación para cada beneficiario será de 20.000,00€.*LINEA 3 PARQUES INFANTILES Y PARQUES BIOSALUDABLES, el importe máximo subvencionado por la Diputación para cada beneficiario será de 10.000,00€.Quinto.- Plazo de Presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a partir del siguiente al de publicación de su extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora.La solicitud y demás documentos correspondientes a la presente convocatoria estarán a disposición de los interesados en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Zamora, a través del trámite electrónico correspondiente (http://diputaciondezamora.sedelectronica.es). DOCUMENTO FIRMADO ELECTRONICAMENTE