Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento y desarrollo de estudios de música y danza del Ayuntamiento de l'Eliana ejercicio 2026.
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
16/03/2026
Publicación en diario oficial
26/03/2026
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP
Texto oficial de cierre: 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
CONTENIDO DE LA CONVOCATORIADETALLEObjeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención.Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a sufragar gastos de matrícula (hasta 300 €) o mensualidades hasta 100 €/mes de estudios reglados de música y danza del curso 2025/2026, para menores y jóvenes empadronados en L’Eliana.Personas solicitantes o beneficiariasPersonas menores de 25 años, empadronadas en el municipio con una antigüedad mínima de 4 meses, matriculadas en enseñanzas regladas de música o danza en conservatorios o centros autorizados, que cumplan los requisitos económicos y legales establecidos en la convocatoria.Régimen de la concesión de la presente subvención.Régimen de concurrencia competitiva.Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos.Los requisitos se recogen en la Base tercera de la convocatoria. Deberán acreditarse mediante la presentación de la solicitud (Anexo I), libro de familia, certificado del centro acreditativo de matrícula y calificaciones del curso 2025/2026, facturas y justificantes de pago, así como la documentación relativa a renta familiar y, en su caso, certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en los términos previstos en la Base cuarta.Criterios de valoraciónAplicación de los porcentajes de ayuda (100%, 75%, 50%, 25% o 0%) en función de la renta familiar 2024, conforme a la Base 6.2. En caso de insuficiencia de crédito, prioridad a menor renta per cápita.Bases reguladorasOrdenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de l’Eliana así como las bases reguladoras de subvenciones del Ayuntamiento de l’Eliana (BOP de Valencia n.º 29 de 9/2/2024)Crédito Presupuestario.5.500,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 7014.3260.48413 del presupuesto municipal vigente.Órgano Instructor.Área gestora de la subvención que corresponde a los Servicios Administrativos del Departamento de EducaciónÓrgano colegiado de valoración de las solicitudes.Comisión de valoración prevista en la base 6.1 de la convocatoria.Órgano que ostenta la atribución para el otorgamiento de la presente subvención.La Alcaldía-Presidencia. El Concejal Delegado de Cultura Festiva, según Resolución de Alcaldía nº 9/2024 de 9 de enero de 2024.Plazo de presentación de solicitudes20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.Plazo de resoluciónSeis mesesMedios de notificación o publicaciónLa resolución del presente procedimiento de concurrencia competitiva, será motivada y se notificará a las personas interesadas mediante la publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en la página web municipal https://www.leliana.es./es/page/subvencionesCarácter de la resolución de la concesión o denegación de la concesión de subvención.Firme en vía administrativa.Forma de justificación de la subvención concedida.Están recogidos en la base octava de la convocatoria.RecursosContra la resolución por la que se conceda las presentes ayudas, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el acto, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación de conformidad con lo que prevén los artículos 10.1.a) y 46.1) de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio que se utilice cualquier otro que se considere oportuno.