Plazo no verificadoBDNS 893401
Convocatoria para la concesión de ayudas a la consolidación de las sociedades cooperativas y las sociedades laborales
AUTONOMICA · PRINCIPADO DE ASTURIAS · CONSEJERÍA DE CIENCIA, EMPRESAS, FORMACIÓN Y EMPLEO
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 08:07 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 07/08/2026
- Registro en BDNS
- 16/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 24/03/2026
Texto oficial de apertura: Desde dia siguiente publicacion extracto en BOPA
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Extracto publicado
Primero.- Beneficiarios.Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las sociedades cooperativas y sociedades laborales que estando legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Sociedades Cooperativas del Principado de Asturias o en el Registro de Sociedades Laborales del Principado de Asturias, según proceda con, al menos dos años de anterioridad a la presentación de la solicitud hayan realizado alguna de las actuaciones previstas en su plan de consolidación que tenga la consideración de subvencionable de acuerdo con la Base Tercera, en el período comprendido entre el 1 de agosto de 2025 y el 31 de julio de 2026 y cumplan los demás requisitos establecidos en las bases reguladoras de estas subvenciones.Segundo.- Objeto.Estas ayudas tienen por objeto contribuir, mediante el apoyo a la contratación laboral de personal gerente y de servicios de asistencia técnica, a la consolidación de las sociedades cooperativas y las sociedades laborales del Principado de Asturias.Tercero. -Bases reguladoras.Bases reguladores aprobadas por Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (BOPA de 22/05/2023) por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la consolidación de las sociedades cooperativas y las sociedades laborales.Cuarto.- CuantíaLa cuantía total máxima autorizada será de 100.000€ (CIEN MIL EUROS), que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 14.04.322L.771000 (PEP 2022/000004 Ayudas a la Consolidación empresas de Economía Social) de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2026.Asimismo, y a los efectos previstos en el artículo 58.2.a) del Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se fijará una cuantía adicional de 50.000,00 €, cuya aplicación a la concesión de estas subvenciones no requerirá nueva convocatoria, sirviendo la que ahora se dicte a todos los efectos.Las ayudas recogidas en la presente convocatoria se concederán en régimen de concurrencia competitiva, siendo la cuantía máxima de la ayuda:a) En el caso de solicitar la subvención para la consolidación mediante la contratación de personal gerente, la cuantía será el 75 por ciento de los costes laborales de la persona contratada, hasta un máximo de 10.000 euros.b) En el caso de solicitar la subvención para la consolidación mediante la realización de alguna de las actuaciones contenidas en la línea de contratación de servicios de asistencia técnica, la cuantía será del 50 por ciento de los costes de las mismas, hasta un máximo de 10.000 euros.Si el crédito disponible no permitiera la concesión de subvenciones por el importe máximo previsto, el órgano competente procederá al prorrateo entre las solicitantes que cumplan los requisitos exigidos, en proporción a la cuantía correspondiente a cada beneficiario.Quinto.- Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias del presente extracto y finalizará el 7 de agosto de 2026.Sexto.- Otros datosLas solicitudes de subvención se ajustarán al modelo disponible en la sede electrónica https://sede.asturias.es (introduciendo el código AYUD0477T01 en el buscador de la cabecera, situado en la parte superior derecha).Las solicitudes se dirigirán al Servicio de Emprendedores y Economía Social, código de identificación DIR A03028882.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 16/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de 13 de marzo de 2026, de la Consejeria de Ciencia, Industria y Empleo por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas a la consolidación de las sociedades cooperativas y las sociedades laborales.Publicado 24/03/2026Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la consolidación de las sociedades cooperativas y las sociedades laborales.Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.