PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
16/03/2026
Publicación en diario oficial
24/03/2026
Texto oficial de apertura: Desde dia siguiente publicacion extracto en BOPA
Texto oficial de cierre: un mes
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero.- Beneficiarios.Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las sociedades cooperativas y sociedades laborales que habiendo realizado alguna de las actuaciones previstas en su plan de empresa que tengan la consideración de subvencionable de acuerdo con la Base Tercera, en el período comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025 y cumplan los demás requisitos establecidos en las bases reguladoras de estas subvenciones.Segundo.- Objeto.Estas ayudas tienen por objeto contribuir, mediante el apoyo a la realización de inversiones, a la puesta en marcha, modernización y mejora de la competitividad de las sociedades cooperativas y sociedades laborales del Principado de Asturias.Tercero. -Bases reguladoras.Bases reguladores aprobadas por Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (BOPA de 22/05/2023) por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la inversión de las sociedades cooperativas y las sociedades laborales.Cuarto.- CuantíaLa cuantía total máxima autorizada será de 275.000€ (DOS CIENTOS SETENTA Y CINCO MIL EUROS), que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 14.04.322L.771000 (PEP 2022/000005 Ayudas a la inversión empresas de Economía Social) de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2026.Asimismo, y a los efectos previstos en el artículo 58.2.a) del Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se fijará una cuantía adicional de 100.000,00 €, cuya aplicación a la concesión de estas subvenciones no requerirá nueva convocatoria, sirviendo la que ahora se dicte a todos los efectos.Las ayudas recogidas en la presente convocatoria se concederán en régimen de concurrencia competitiva, siendo subvencionable el 50% del total de la inversión justificada.La cuantía máxima de la subvención para cada empresa solicitante en el conjunto de las actuaciones relacionadas en la base reguladora tercera será de 18.000 euros.Si el crédito disponible no permitiera la concesión de subvenciones, a todos los solicitantes que reúnan los requisitos exigidos, por la cuantía prevista, el órgano competente procederá al prorrateo del importe global máximo destinado a las subvenciones entre los beneficiarios, en proporción a la cuantía correspondiente a cada beneficiario.Quinto.- Plazo de presentación de solicitudesEl plazo será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.Sexto.- Otros datosLas solicitudes de subvención se ajustarán al modelo disponible en la sede electrónica https://sede.asturias.es (introduciendo el código AYUD0486T01 en el buscador de la cabecera, situado en la parte superior derecha).Las solicitudes se dirigirán al Servicio de Emprendedores y Economía Social, código de identificación DIR A03028882.