Plazo no verificadoBDNS 893453
Extracto del Decreto de 12 de marzo de 2026, modificado por el Decreto de 7 de mayo de 2026, del Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvencio
LOCAL · MADRID · ÁREA DE GOBIERNO DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIA E IGUALDAD
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 08:09 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES300 - Madrid
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 17/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 25/03/2026
Texto oficial de apertura: DIA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACION DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOCM
Texto oficial de cierre: CINCO DÍAS HÁBILES CONTADOS DESDE EL SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE HABILITACIÓN DEL NUE
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Extracto publicado
Extracto del Decreto de 12 de marzo de 2026, modificado por el Decreto de 7 de mayo de 2026, del Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2026 a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de fomento de la vida independiente y la autonomía de las personas con discapacidad y sus cuidadores que complementen las actuaciones de la Dirección General de Servicios Sociales y Atención a la Discapacidad.Primero. Beneficiarios.Entidades e Instituciones de carácter social sin ánimo de lucro.Segundo. Objeto.Desarrollo de proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Servicios Sociales y Atención a la Discapacidad en materia de discapacidad. En la presente convocatoria los proyectos se encuadran en dos ámbitos materiales: 1. “Fomento de la autonomía de las personas con discapacidad” y 2. “Promoción de la participación social de las personas con discapacidad”.Tercero. Bases reguladoras.Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 30 de octubre de 2013, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 278, de 22 de noviembre de 2013.Cuarto. Cuantía.El importe total destinado a esta convocatoria es 300.000 € y se distribuirá en los siguientes términos:a) Fomento de la autonomía de las personas con discapacidad mediante actividades de carácter terapéutico, psicosocial o psicoeducativo; formativo; o de adquisición de habilidades para el desenvolvimiento en el entorno: 150.000 €.b) Promoción de la participación social de las personas con discapacidad a través de la formación, la cultura, el deporte y el tiempo libre: 150.000 €.Los tramos de puntuación e importe correspondiente de subvención de esta convocatoria son los siguientes:Primer tramo: mayor de 90 hasta 100 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 20.000 €.Segundo tramo: mayor de 80 hasta 90 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 10.000 €.Tercer tramo: de 70 a 80 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 5.000 €.En cualquier caso, la cuantía de la subvención no podrá exceder del 80% del coste total del proyecto presentado.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo inicial de presentación de solicitudes fue de quince días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, finalizando dicho plazo el 17 de abril de 2026.El nuevo plazo de presentación de solicitudes será de cinco días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto de habilitación del nuevo plazo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. También se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la página web del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es y su sede electrónica https://sede.madrid.es.Sexto. Órganos competentes.Los órganos competentes para la instrucción y la resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán ¿n¿n Generalla Dirección General de Servicios Sociales y Atención a la Discapacidad y el Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad.Séptimo. Publicación.La resolución definitiva se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Además, se podrá consultar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es) y en la página web (www.madrid.es).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio.Primero. Beneficiarios.Entidades e Instituciones de carácter social sin ánimo de lucro.Segundo. Objeto.Desarrollo de proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Servicios Sociales y Atención a la Discapacidad en materia de discapacidad. En la presente convocatoria los proyectos se encuadran en dos ámbitos materiales: 1. “Fomento de la autonomía de las personas con discapacidad” y 2. “Promoción de la participación social de las personas con discapacidad”.Tercero. Bases reguladoras.Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 30 de octubre de 2013, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 278, de 22 de noviembre de 2013.Cuarto. Cuantía.El importe total destinado a esta convocatoria es 300.000 € y se distribuirá en los siguientes términos:a) Fomento de la autonomía de las personas con discapacidad mediante actividades de carácter terapéutico, psicosocial o psicoeducativo; formativo; o de adquisición de habilidades para el desenvolvimiento en el entorno: 150.000 €.b) Promoción de la participación social de las personas con discapacidad a través de la formación, la cultura, el deporte y el tiempo libre: 150.000 €.Los tramos de puntuación e importe correspondiente de subvención de esta convocatoria son los siguientes:Primer tramo: mayor de 90 hasta 100 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 20.000 €.Segundo tramo: mayor de 80 hasta 90 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 10.000 €.Tercer tramo: de 70 a 80 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 5.000 €.En cualquier caso, la cuantía de la subvención no podrá exceder del 80% del coste total del proyecto presentado.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.Sexto. Órganos competentes.Los órganos competentes para la instrucción y la resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán la Dirección General de Servicios Sociales y Atención a la Discapacidad y el Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad.Séptimo. Publicación.La resolución definitiva se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Además, se podrá consultar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es) y en la página web (www.madrid.es).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio.Primero. Beneficiarios.Entidades e Instituciones de carácter social sin ánimo de lucro.Segundo. Objeto.Desarrollo de proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Servicios Sociales y Atención a la Discapacidad en materia de discapacidad. En la presente convocatoria los proyectos se encuadran en dos ámbitos materiales: 1. “Fomento de la autonomía de las personas con discapacidad” y 2. “Promoción de la participación social de las personas con discapacidad”.Tercero. Bases reguladoras.Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 30 de octubre de 2013, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 278, de 22 de noviembre de 2013.Cuarto. Cuantía.El importe total destinado a esta convocatoria es 300.000 € y se distribuirá en los siguientes términos:a) Fomento de la autonomía de las personas con discapacidad mediante actividades de carácter terapéutico, psicosocial o psicoeducativo; formativo; o de adquisición de habilidades para el desenvolvimiento en el entorno: 150.000 €.b) Promoción de la participación social de las personas con discapacidad a través de la formación, la cultura, el deporte y el tiempo libre: 150.000 €.Los tramos de puntuación e importe correspondiente de subvención de esta convocatoria son los siguientes:Primer tramo: mayor de 90 hasta 100 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 20.000 €.Segundo tramo: mayor de 80 hasta 90 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 10.000 €.Tercer tramo: de 70 a 80 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 5.000 €.En cualquier caso, la cuantía de la subvención no podrá exceder del 80% del coste total del proyecto presentado.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.Sexto. Órganos competentes.Los órganos competentes para la instrucción y la resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán la Dirección General de Servicios Sociales y Atención a la Discapacidad y el Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad.Séptimo. Publicación.La resolución definitiva se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Además, se podrá consultar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es) y en la página web (www.madrid.es).
Bases y documentación
Modificación de la convocatoriaPublicado 12/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSModificación de la convocatoriaPublicado 12/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 12/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexoPublicado 12/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Extracto del Decreto de 12 de marzo de 2026, modificado por el Decreto de 7 de mayo de 2026, del Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvencioPublicado 20/05/2026Extracto de la CONV. SUBV. 2026 PROY. FOMENTO INDEP. Y AUT. PERS. CON DISCAP. Y CUIDADORESPublicado 25/03/2026ORDENANZA BBRR GENERALES PARA CONCESIÓN SUBVENCIONES POR AYTO MADRID Y OPInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.