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Plazo no verificadoBDNS 893507

Resolución Alcaldía Convocatoria para la concesión de Becas formativas para jóvenes estudiantes mediante la realización de prácticas formativas en el Ayuntamiento de la Pobla de Farnals en 2026, mediante régimen de concurrencia competitiva

LOCAL · POBLA DE FARNALS, LA · AYUNTAMIENTO DE POBLA DE FARNALS, LA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 08:10 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES523 - Valencia / València

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Educación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
17/03/2026
Publicación en diario oficial
27/03/2026

Texto oficial de apertura: Día siguiente al día de publicación de la convocatoria en el BOP

Texto oficial de cierre: 15 días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS FORMATIVAS PARA JÓVENES ESTUDIANTES MEDIANTE LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS FORMATIVAS EN EL AYUNTAMIENTO DE LA POBLA DE FARNALS EN 2026 Datos identificativos (Campos exigidos por la BDNS): Código: 747/2026Referencia externa: Servicios Complementarios de Educación.Descripción: Resolución Alcaldía Convocatoria para la concesión de Becas formativas para jóvenes estudiantes mediante la realización de prácticas formativas en el Ayuntamiento de la Pobla de Farnals en 2025, en régimen de concurrencia competitiva.Órgano Gestor: L01461995 Ayuntamiento de La Pobla de Farnals.Nomenclatura: Sin nomenclaturaDiario Oficial: Boletín Oficial de la Provincia.Descripción: Becas formativas para jóvenes estudiantes mediante la realización de prácticas formativas en el Ayuntamiento de la Pobla de Farnals en 2026.URL: https://lapobladefarnals.sedelectronica.es/transparency/25325cc3-d632-49be-9fd7-380fec63e4e9/Inicio solicitud: 15 días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el BOP.Sede electrónica: Web Ayuntamiento de La Pobla de Farnals.Justificación: Justificación Previa.Fuentes de financiación: Presupuestos Generales de las Entidades Locales.Importe: 12.000 eurosSectores económicos afectados: EducaciónRegión: ES523 - ValenciaInstrumento de ayuda: Subvención y entrega dineraria sin contraprestación.Tipo de Beneficiario: Personas físicas que no desarrollan la actividad económica.Impacto de Género: NuloFinalidad: Educación PRIMERO. OBJETO, CONDICIONES Y FINALIDADEl objeto es la convocatoria de 14 becas para la realización de prácticas formativas para personas jóvenes estudiantes en el Ayuntamiento de La Pobla de Farnals, cuyas Bases reguladoras fueron publicadas en el BOP n.º 71 de 12 de abril de 2022 y posterior modificación en el BOP n.º 68 de 6 de abril de 2023, y en el Portal de transparencia de la Sede Electrónica Municipal (https://lapobladefarnals.sedelectronica.es/transparency/25325cc3-d632-49be-9fd7-380fec63e4e9/).Las condiciones se regirán por el cumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases.La finalidad de esta convocatoria es facilitar a las personas participantes un primer contacto con el mundo laboral, fomentando el acercamiento del estudiantado al entorno de la administración local durante el período estival.SEGUNDO. NÚMERO DE BECAS Y PERFILES SOLICITADOS PARA 2026Departamento: TAULA DIRECTAN.º Becas: 1Titulación:- Ciclos Formativos de Administración (Gestión Administrativa, Administración y Finanzas, Asistencia a la Dirección).- Grados universitarios de la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas.- Máster relacionado. Departamento: TURISMON.º Becas: 2Titulación:- Ciclos formativos de Turismo (Agencias de viaje y gestión de eventos; Guía, Información y asistencias turísticas; Gestión de alojamientos turísticos).- Grados universitarios relacionados con Turismo, Idiomas, Comunicación, Periodismo, Relaciones Públicas, Marketing y Publicidad.- Máster relacionado.Preferiblemente con conocimientos de algún idioma. Departamento: ESCUELA DE VERANON.º Becas: 4Titulación:- Ciclos Formativos: Animación Sociocultural y turística, Educación Infantil o Integración Social.- Grados universitarios: Maestro Educación Infantil o Educación Primaria, Pedagogía, Educación Social, Trabajo Social, Psicología.- Máster relacionado.Departamento: CAMPUS MULTIDEPORTIVON.º Becas: 6Titulación:- Ciclos Formativos: Acondicionamiento físico, Enseñanza y animación sociodeportiva, Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre, Animación Sociocultural y turística, Educación Infantil, Integración Social.- Grados universitarios: Ciencias de la Actividad Física y el Deporte preferentemente y, adicionalmente, Magisterio o similares relacionadas con la Infancia y/o Juventud.- Máster relacionado. Departamento: JUVENTUD (JULIOL JOVE)N.º Becas: 1Titulación:- Ciclos Formativos: Enseñanza y animación sociodeportiva, Animación Sociocultural y turística, Educación Infantil o Integración Social.- Grados universitarios: Educación Social, Trabajo Social, Magisterio o Ciencias de la Actividad Física y el Deporte. En caso de vacantes, titulaciones relacionadas con la Infancia y/o Juventud.- Máster relacionado. Las personas interesadas en solicitar una de estas becas deberán estar cursando prioritariamente alguno de los estudios indicados, en función del programa formativo seleccionado.Podrán solicitarse varias becas, debiendo indicar en ese caso el orden de prioridad en la solicitud presentada. Las becas se asignarán por el orden de prioridad indicada en la solicitud, teniendo siempre en cuenta la puntuación obtenida en la baremación de lo méritos aportados.Únicamente se valorarán las solicitudes de las personas que no tengan los estudios marcados, en el caso de quedar alguna beca vacante. En esta segunda baremación, se daría prioridad a los perfiles con la titulación más adecuada y con Formación complementaria relacionada con el objeto de la beca, a criterio de la comisión evaluadora, ordenándose por puntuación dentro de los mismos. TERCERO. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓNOrdinario en régimen de concurrencia competitiva.CUARTO. DURACIÓN, DOTACIÓN ECONÓMICA Y PRESUPUESTOEl período de duración, horario de dedicación y cuantía de la beca será el establecido, en función de la categoría correspondiente: Departamento: TAULA DIRECTADuración: Julio y agosto 2026Horario: 20h./semana, de 10 a 14h. (de lunes a viernes)Cuantía beca: 500 €/mesDepartamento: TURISMODuración: Julio y agosto 2026Horario: 20h./semana, de 10 a 14h. (de miércoles a domingo)Cuantía beca: 560 €/mes Departamento: ESCUELA DE VERANODuración: Julio 2026Horario: 28,75h./semana, de 8:15 a 14h. (de lunes a viernes)Cuantía beca: 719 €/mesDepartamento: CAMPUS MULTIDEPORTIVODuración: Julio 2026Horario: 27,5h./semana, de 8:30 a 14h. (de lunes a viernes)Cuantía beca: 688 €/mes Departamento: JUVENTUD (Juliol Jove)Duración: Julio 2026Horario: 25h./semana, de 9 a 14h. (de lunes a viernes)Cuantía beca: 625 €/mes Las tareas propias de la beca se desarrollarán bajo la supervisión de la persona tutora, quien en todo caso fijará los objetivos de la práctica formativa y la adaptación del horario, de acuerdo con el área municipal o servicio en el cual se realicen las prácticas formativas.Las personas seleccionadas se comprometen a realizar una memoria final, incluyendo las actividades desarrolladas durante el período becado, que deberán presentar por registro de entrada del ayuntamiento durante los 15 días posteriores a la finalización de su beca.A las becas se le practicarán las retenciones que correspondan en concepto del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas, y las deducciones que correspondan en concepto de Seguridad Social, a abonar en periodos vencidos, con cargo a la aplicación presupuestaria indicada y prevista en el presupuesto municipal vigente.El presupuesto de gastos de la presente convocatoria se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 3261.14300 denominada BECAS REMUNERADAS PERSONAL EN PRÁCTICAS y 3261.16001 denominada SEGURIDAD SOCIAL PERSONAL TEMP O EN PRÁCTICAS, bien en su crédito inicial o por vinculación, existiendo en el expediente una retención de crédito por importe de 12.000€. QUINTO. BENEFICIARIOS Y REQUISITOSPodrán solicitar estas becas formativas las personas estudiantes mayores de 18 años, empadronadas en el municipio de la Pobla de Farnals, que cumplan con los requisitos establecidos en el apartado 2 de las Bases reguladoras. SEXTO. CRITERIOS DE VALORACIÓNSe procederá a la baremación de las personas solicitantes de acuerdo a los siguientes méritos:4.1) Expediente Académico (Máximo: 15 puntos)A los matriculados a partir del segundo curso del Ciclo Formativo o Grado Universitario de que se trate, se valorará la Nota Media del Expediente Académico aportado del curso inmediatamente anterior al que se encuentre cursando, siempre que contemple un mínimo de 6 asignaturas o 60 créditos aprobados, hasta un máximo de 15 puntos, de la siguiente forma:Nota media: de 5,00 a 5,99.- 2 puntoNota media: de 6,00 a 6,99.- 4 puntosNota media: de 7,00 a 7,99.- 6 puntosNota media: de 8,00 a 8,99.- 10 puntosNota media: de 9,00 a 10,00.- 15 puntosEstar matriculado en el primer curso de cualquier Ciclo de Formación Profesional de grado superior o Grado universitario no obtendrá ninguna puntuación, por tratarse de un requisito para poder participar en esta convocatoria.4.2) Titulación Académica (Máximo 1 punto)Sólo se valorará en este apartado las titulaciones que no hayan servido como requisito para acceder a la beca. Para otros estudios de FP de grado medio, superior o universitarios de carácter oficial, en cualquiera de las especialidades susceptibles de ser valoradas en relación con el proyecto concreto de las prácticas formativas, 0,5 puntos por cada titulación adicional. 4.3) Conocimientos de Valenciano (Máximo 4 puntos)El conocimiento del valenciano se valorará hasta un máximo de 4 puntos, previa acreditación de estar en posesión de la certificación expedida u homologada por la Junta Qualificadora de Coneiximents en Valencià, con arreglo a la siguiente puntuación:Certificado de nivel A1: 0,5 puntos.Certificado de nivel A2: 1 puntos.Certificado de nivel B1: 1,5 puntos.Certificado de nivel B2: 2 puntos.Certificado de nivel C1: 3 puntos.Certificado de nivel C2: 4 puntos. 4.4) Formación complementaria (Máximo 7 puntos)a) Cursos de formación: Se valorarán, hasta un máximo de 3 puntos, los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos u homologados por centros u organismos oficiales de formación que tengan una duración mínima de quince horas de acuerdo con la siguiente escala:- Cursos de más de 100 horas: 3 puntos- Cursos de entre 75 y 100 horas: 2’5 puntos- Cursos de entre 50 y 74 horas: 2 puntos- Cursos de entre 25 y 49 horas: 1’5 puntos- Cursos de entre 15 y 24 horas: 1 puntoÚnicamente se valorarán los cursos de formación que estén específicamente relacionados con el objeto de la beca, cuya asistencia sea debidamente justificada por los interesados, mediante el correspondiente certificado o credencial similar de asistencia.En este apartado no se puntuarán los cursos de valenciano ni los de prevención de riesgos laborales. b) Idiomas comunitarios: Se valorará, hasta un máximo de 4 puntos, el conocimiento de idiomas comunitarios, acreditado mediante el correspondiente certificado expedido por un organismo público competente, de haber superado los correspondientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, según el siguiente baremo:- C2 o equivalente: 4 puntos- C1 o equivalente: 3 puntos- B2 o equivalente: 2 puntos- B1 o equivalente: 1 puntos- A2 o equivalente: 0.5 puntosÚnicamente se valorará el título superior. 4.5) Situación económica de la unidad familiar (Máximo 2,5 puntos):Miembros de la unidad familiar (1º grado) que convivan con la persona solicitante y quede acreditada que dicha convivencia es anterior a la publicación de la presente convocatoria y se encuentran desocupadas e inscritas en la oficina de LABORA correspondiente antes de esta fecha de manera ininterrumpida:◦ Por cada persona miembro en situación de desocupación, perceptora de prestación por desocupación o subsidio: 0,75 puntos.◦ Por cada persona miembro en situación de desocupación sin prestación o subsidio: 1,25 puntos.◦ Si es la única persona miembro de la unidad familiar, en situación de desocupación, perceptora de prestación por desocupación o subsidio: 1,25 puntos.◦ Si es la única persona miembro de la unidad familiar, en situación de desocupación sin prestación o subsidio: 2,5 puntos. 4.6) No haber sido destinatario con anterioridad en el mismo programa de becas (Puntuación: 0,5 puntos)Este criterio solo se valorará a partir de la segunda convocatoria de becas formativas. En caso de empate, se aplicarán los siguientes criterios para resolverlo:1) Tener discapacidad mínimo del 33% (el peticionario de la beca).2) Número de miembros de la unidad familiar sin ningún tipo de prestación económica.3) Nota media del expediente académico.4) No haber disfrutado de beca durante el curso anterior. SÉPTIMO. SOLICITUDES, FORMA DE PRESENTACIÓN Y DOCUMENTACIÓNLa solicitud se presentará según modelo disponible en la web municipal, preferentemente por medios electrónicos en la Sede Electrónica, a la que se puede acceder a través del portal web municipal www.lapobladefarnals.es. También se podrá presentar en el registro de entrada de este ayuntamiento, situado en la Plaza San Vicente 1, o por cualquier de los medios previstos y establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.En caso de solicitar más de una beca, se deberá marcar el orden de prioridad por departamentos. Junto con la solicitud, las personas solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:OBLIGATORIA:Copia del DNI o documentación acreditativa equivalente.Formulario de solicitud, según el modelo.Documentación acreditativa del resguardo de matrícula o certificado del centro educativo que indique que se está matriculado o cursando la titulación correspondiente.OPCIONAL (Documentación justificativa de todos los méritos que se quieran acreditar para su baremación):- Documentación acreditativa del expediente académico correspondiente al curso inmediatamente anterior al que se encuentre cursando en el momento de la solicitud.- En su caso, certificado de la condición de discapacidad expedido por el órgano competente para la valoración y reconocimiento de la Conselleria de Bienestar Social.Para la justificación de la situación socioeconómica:- Libro de familia completo.- Certificado que acredite la situación laboral de las personas de la unidad familiar que convivan con la persona solicitante y se encuentran en situación de desocupación: progenitores, cónyuge o pareja de hecho e hijos/as en edad de trabajar, en su caso, con indicación de si son perceptores o no de prestación o subsidio. Es decir, no computará la situación en desocupación de la persona solicitante, excepto en el caso de ser única componente de la unidad familiar, que tendrá que aportar su certificado de situación laboral con indicación de si es persona perceptora o no de prestación o subsidio.La documentación necesaria para acreditar la vecindad administrativa en La Pobla de Farnals, se emitirá de oficio por el departamento de estadística y padrón municipal del Ayuntamiento de La Pobla de Farnals. OCTAVO. PLAZO DE PRESENTACIÓNEl plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. NOVENO. ÓRGANO COMPETENTE PARA LA INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTOLa Agente de Desarrollo Local es instructora del expediente y responsable de la formulación de la propuesta de resolución, pudiendo realizar de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales tenga que formularse la propuesta de resolución. DÉCIMO. COMISIÓN EVALUADORA, CONCESIÓN Y SEGUIMIENTO DE LAS BECASPara el examen de las solicitudes de becas y valoración de los méritos, se constituirá una comisión evaluadora que estará integrada por los siguientes miembros:- Presidente/a: Carmen Alcibar García, Concejal de Educación.Suplente: Enric Palanca Torres, Alcalde.- Secretaria: M.ª Luz Roncero Richarte, Secretaria.Suplente: Beatriz Ruiz Santosjuanes, Técnica de RRHH.- Tres vocales:Arantxa Jordán Fuertes, Auxiliar Turismo.Suplente: Pascual Martinez Lapiedra, Coordinador Taula Directa.Maika Gil Duet, Coordinadora Área del Menor.Suplente: Manuel Segura Ruiz, Concejal de Ocupación.Silvia Nicolau Abad, Agente Desarrollo Local.Suplente: Aranzazu Alvarez Haya, Técnica de Promoción Socioeconómica Una vez realizada la evaluación de los méritos aportados por las personas aspirantes que reúnan los requisitos establecidos, la instructora formulará propuesta provisional de adjudicación de las becas, en la que se incluirá, en su caso, listado de personas no admitidas por no cumplir los requisitos previstos en esta convocatoria.Se establece un período de cinco días hábiles para que las personas interesadas puedan formular reclamaciones, revisiones y rectificación de errores.Transcurrido dicho plazo, y resueltas las reclamaciones que se hayan planteado eventualmente, la Comisión Evaluadora, en su caso, elevará a la alcaldía su propuesta de adjudicación definitiva para que ésta apruebe, en su caso, la relación definitiva de las personas beneficiarias de las becas adjudicadas.De no presentarse reclamaciones, la propuesta provisional devendrá definitiva sin necesidad de realizar una nueva sesión de la Comisión de Evaluación. ÚNDECIMO. PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓNPlazo máximo de resolución: 6 meses.Plazo máximo de notificación: 6 meses. DUODÉCIMO. MEDIO DE NOTIFICACIÓN O PUBLICACIÓNLa resolución de la Alcaldía con la adjudicación de las becas convocadas se comunicará mediante edicto publicado en el Tablón de anuncios de la Corporación municipal y en la página web municipal. DECIMOTERCERO. FIN A LA VÍA ADMINISTRATIVALa resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo interponer los recursos legales pertinentes.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 17/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnuncio del Ayuntamiento de la Pobla de Farnals sobre la convocatoria de subvenciones destinadas a la concesión de becas formativas para jóvenes estudiantes mediante la realización de prácticas formativas en el Ayuntamiento en 2026, mediante régimen de concurrencia competitiva. Identificador BDNS: 820095Publicado 27/03/2026BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE BECAS FORMATIVAS PARA JÓVENES ESTUDIANTES MEDIANTE LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS FORMATIVAS EN EL AYUNTAMIENTO DE LA POBLA DE FARNALS