Plazo no verificadoBDNS 893669
Convocatoria para el otorgamiento de las Becas AGITA a la creación y ayudas a la producción, exhibición y difusión de las artes 2026
LOCAL · FIGUERES · AYUNTAMIENTO DE FIGUERES
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 08:15 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES512 - Girona
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 01/04/2026
- Fin de solicitudes
- 15/04/2026
- Registro en BDNS
- 17/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 20/03/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. BeneficiariosLas Becas AGITA van dirigidas a artistas y creadores de los ámbitos plástico y visual, escénico, literario, audiovisual, musical y, en general, a todas aquellas personas y colectivos con un proyecto creativo, con especial interés por los que muestren vocación de profesionalización y voluntad de proyección exterior (itinerancia de exposiciones, divulgación, edición y giras de espectáculos).Son asumibles los proyectos de producción, exhibición y difusión de la creación artística; las giras de espectáculos de teatro, danza, música o circo; ediciones artísticas en cualquier formato: publicaciones, audiovisuales, multimedia, etc., así como proyectas artísticos pluridisciplinares.Se priorizarán los proyectos vinculados a los creadores emergentes. Solo se aceptará un único proyecto por participante. No podrán ser beneficiarios de esta convocatoria aquellos artistas o colectivos que hayan sido becados en las tres últimas ediciones de las Becas AGITA.. Segundo. Objeto.El objeto de esta convocatoria es el otorgamiento de ayudas a la creación y a la producción, exhibición y difusión de las artes mediante las cuales se pretende fomentar la creatividad facilitando la aparición, el desarrollo y la consolidación de proyectos artísticos contemporáneos en la ciudad de Figueres. Tercero. Bases reguladoresLa convocatoria se realiza de conformidad con las bases aprobadas por la Junta de Gobierno Local, por delegación del Pleno del Ayuntamiento de Figueres en fecha 20 de febrero de 2020 y publicadas al BOP número 47, de 06 de marzo de 2020. El procedimiento para el otorgamiento de las subvenciones es el de concurrencia competitiva. Quart. Cuantía.La dotación máxima para cada proyecto es de 10.000,00 euros, en función del interés y el presupuesto presentado. La dotación total de las Becas AGITA por esta convocatoria es de 33.000,00 euros que se financian con cargo a la aplicación presupuestaria 26.201.33400.48001 E3 BECAS CREACIÓN ARTISTICA (FA) Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo para la presentación de solicitudes es del 1 al 15 de abril de 2026, ambos incluidos. Sexto. Otros datos.A todos los efectos, el régimen jurídico del objeto de esta convocatoria será el de las becas, entendimientos como una atribución dineraria de una prestación en beneficio de los solicitantes sin contraprestación y realizada para que el beneficiario pueda desarrollar una actividad que complete y ayude a su formación y proyección artística. Solicitud y documentación que hay que presentarLos interesados tendrán que presentar la solicitud normalizada y la documentación del proyecto al registro municipal, sea presencialmente en la Oficina Municipal de Atención al Ciudadano (avda. de Salvador Dalí, 107, 17600 Figueres), o por vía telemática en el portal electrónico municipal.También se puede presentar en cualquier de los lugares que prevé el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.La presentación de la solicitud para concurrir a las becas presupone el conocimiento y la aceptación de las bases que las regulan.Para presentar solo•licitudes vía telemática hay que acceder en el portal electrónico municipal. En caso de dificultades técnicas o dudas se podrá consultar un documento de ayuda en línea que encontraréis a través de un enlace a la instancia normalizada digital.La Oficina Municipal de Atención al Ciudadano (OMAC) solo garantiza la atención a los usuarios que hayan concertado cita previa.El proyecto, en caso de presentarlo presencialmente, se tiene que presentar imprimido en formato DIN A4 y una copia en formato digital (preferiblemente en formato pdf), que incluya:• Sumario.• Descripción del proyecto, en una sola página.• Currículum de los participantes, en un máximo de tres páginas.• Proyecto, en un máximo de diez páginas:- Objetivos- Producción/realización- Documentación gráfica, sonora, audiovisual...• Presupuesto de gastos y previsión de financiación.• Calendario de ejecución, hasta un máximo de un año desde la concesión de la beca.• Otra documentación no descrita y que se considere oportuna, en un máximo de cinco páginas.En caso de presentación telemática, hay que adjuntar todos los documentos mencionados obligatoriamente en formato pdf.En caso de de proyectos colectivos, hay que indicar el nombre de una persona responsable o representante del grupo. Si el solicitante es menor de edad, hay que nombrar un tutor responsable.Si procede, el Ayuntamiento de Figueres puede pedir que se complete la documentación presentada. Composición del jurado y selección de los proyectosLa selección de los proyectos irá a cargo de un jurado que estará formado por personas independientes vinculadas a los ámbitos artísticos de la convocatoria con reconocida experiencia como responsables de equipaciones y proyectos culturales en el campo de las artes visuales, literarias, musicales, escenográficas y audiovisuales.El jurado para la presente convocatoria está integrado por:Natàlia Chocarro Bosom, asesora de arte de Presidencia de la Fundación Vila Casas, en el ámbito de las artes visualesPep Prieto Mir, periodista, escritor y crítico de cine, en el ámbito audiovisual- Elisabet Riera Millán, escritora y editora, en el ámbito literario- Jordi Cristau Garcia, productor musical, ingeniero y músico, en el ámbito musical-Margarida Troguet Taull, gestora escénica curatorial y vicepresidenta del Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes (CoNCA) , en el ámbito de las artes escénicasTambién formarán parte del jurado los responsables de las equipaciones culturales municipales que tienen que acompañar y acoger la ejecución de los proyectos seleccionados.-Eduard Bech Vila, director del Museo del Ampurdán-Aina Baig Caamaño, directora de equipaciones escénicas del Ayuntamiento de Figueres-Pere Ferrera Llorens, cabe del servicio de Cultura del Ayuntamiento de FigueresEl jurado se reserva el derecho de contar con el apoyo de asesores específicos para la valoración de los proyectos presentados. El Ayuntamiento de Figueres, a propuesta del jurado, se reserva el derecho de declarar desiertas las becas, y es competente para resolver cualquier eventualidad no regulada expresamente en estas bases. Una vez acabado el periodo de presentación de solicitudes, el jurado de las becas procederá a la selección de los proyectos ganadores a partir de los criterios básicos de valoración. Criterios de valoración de los proyectosSon criterios básicos de valoración la presentación de todos los documentos y materiales solicitados a la convocatoria:- la calidad del proyecto presentado en un 25%- la viabilidad económica, técnica y gestora de la propuesta en un 25%- la originalidad, innovación y contemporaneidad en un 25%- la relación e interés del proyecto para la ciudad de Figueres y la comarca del Alt Empordà en un 25%La selección de los proyectos a partir de los criterios de valoración mencionados es a cargo del jurado. Procedimiento de concesión de las becasEl jurado valorará, en base a los criterios de valoración, y elevará la resolución de las solicitudes a la alcaldía presidencia, o el órgano en quien haya delegado el servicio de cultura, el cual resolverá como máximo en el plazo de un mes a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. A partir de este día, y durante el periodo de dos meses, el resto de proyectos presentados en papel se podrán recoger al Servicio de Cultura del Ayuntamiento de Figueres (avda. de Salvador Dalí, 107). Si transcurrido este plazo no han sido reclamados ni retirados personalmente o mediante persona acreditada, el Servicio de Cultura destruirá los proyectos no seleccionados de acuerdo con la normativa vigente de reciclaje medioambiental y de destrucción de datos.En el otorgamiento de la beca, los proyectos seleccionados reciben el 50% del importe asignado, y el otro 50%, una vez finalizado el proyecto.El seguimiento de los proyectos seleccionados se lleva a cabo desde el servicio de Cultura del Ayuntamiento de Figueres con el asesoramiento del jurado. Es previsto establecer contactos semestrales con los responsables de los proyectos seleccionados para garantizar la continuidad de trabajo.Se fija un plazo de ejecución máximo de un año desde la concesión de la beca. En función de la programación de las equipaciones culturales municipales, la presentación de los proyectos se coordinarán dentro de los calendarios de trabajo de estas equipaciones. El incumplimiento de este plazo, así como el incumplimiento de los plazos comprometidos en el seguimiento del proyecto, implica devolver el importe avanzado y perder la asignación, siempre y cuando no esté acordado con el Servicio de Cultura del Ayuntamiento para adaptarlo a la programación y los calendarios de trabajo de las equipaciones culturales municipales. Obligaciones de los beneficiarios1.Destinar el importe de la beca a la ejecución del proyecto seleccionado. Caso que el proyecto se modifique parcialmente, hay que notificarlo al Servicio de Cultura del Ayuntamiento de Figueres.2.Mencionar que "El proyecto ha sido seleccionado por la convocatoria pertinente de las becas a la creación AGITA, de ayudas a la producción, exhibición y difusión de las artes" en todo el material de difusión, publicidad y materiales editados, en cualquier formato, relativos al proyecto becado y la inclusión de los logotipos de las becas y del Ayuntamiento de Figueres.3.Hacer la primera presentación pública del proyecto en la ciudad de Figueres, de mutuo acuerdo con el Servicio de Cultura del Ayuntamiento de Figueres.4.Facilitar el seguimiento del proyecto realizado a la persona responsable de la coordinación de las becas.5.Justificar los gastos de ejecución del proyecto mediante facturas y/u otros documentos de valor probatorio equivalente según el modelo normalizado.6.Presentar una memoria del proyecto una vez finalizado.7. El derecho a la beca puede extinguirse en los supuestos siguientes:-Modificación total del proyecto. No se admite ningún cambio de destino.-No ejecución en el plazo convenido.-Informes negativos en el seguimiento del proyecto.-Incumplimiento de cualquier de las obligaciones asumidas.En cualquier de los casos mencionados el Ayuntamiento puede decidir, con el asesoramiento del jurado, retirar la beca. Modificación del proyecto subvencionado y la prórroga del plazo de ejecución.Con posterioridad en el acuerdo de concesión y antes de la finalización del plazo de ejecución de la actividad subvencionada, se podrá modificar, de oficio o previa solicitud del beneficiario/a de la beca, la actividad, el plazo de ejecución y otras obligaciones, cuando no se perjudiquen los intereses de terceros y se produzca una alteración en las condiciones que determinaron la concesión de la subvención, que habrá que motivar en el expediente. Forma y plazo de justificaciónHabrá que librar en el Ayuntamiento la documentación justificativa de los gastos subvencionados así como la memoria detallada de la actuación o actuaciones como máximo el 1 de octubre de 2027.Habrá que presentar una cuenta justificativa de acuerdo con el modelo aprobado por el Ayuntamiento y que contendrá, como mínimo, la información siguiente:a) Memoria justificativa de las actividades realizadas en cumplimiento de la subvención concedida, firmada por el beneficiario y que tendrá que contener:- Explicación de la ejecución del proyecto, actividad y/o servicio.- Objetivos logrados.- Evaluación general.b) Relación clasificada de los gastos efectuados, con identificación del proveedor, número de documento, importe, concepto, fecha de emisión de la factura y fecha de pago.c) Facturas originales, fotocopias o documentos de valor probatorio equivaliendo que consten en la relación a la cual se hace referencia al párrafo anteriord) Detalle de la financiación final de los gastos del concepto subvencionado, con indicación de la procedencia de los ingresos y subvenciones.Se tiene que justificar el 100% del presupuesto aceptado en la resolución de concesión de las becas.Por la justificación económica por objeto de honorarios de las personas físicas que puedan ser beneficiarias, solo se aceptarán justificantes de pago de la cuota de autónomos de la Seguridad Social.Se puede solicitar una prórroga del plazo de justificación por un periodo máximo de quince días, que tendrá que presentarse formalmente antes de la finalización del plazo concedido al efecto. En la solicitud tendrán que indicar el motivo de la solicitud de prórroga y la nueva fecha de justificación que se solicita. Las peticiones de prórroga se entenderán concedidas salvo que haya una resolución exprés en sentido contrario.Siempre que se haya cumplido la finalidad de la ayuda, no comportará la reducción de la cuantía otorgada una desviación presupuestaria inferior al 5% entre el presupuesto aceptado y que sirvió de base para valorar la concesión, y el coste final justificado. A partir de este límite, se aminorará proporcionalmente la ayuda aplicando sobre la cantidad concedida el mismo porcentaje de desviación. FiscalidadLa aceptación, tácita o explícita, de estas becas, obliga en el sedes perceptores a hacer las declaraciones fiscales acordadas por la normativa aplicable y a cumplir con las correspondientes obligaciones fiscales. El rechazo de la beca otorgada tendrá que ser manifestado explícitamente por los beneficiarios, mediante escrito dirigido a esta administración local, en el plazo máximo de diez días hábiles, contados desde la notificación formal del acto administrativo que acuerda su concesión.La percepción dineraria de estas becas estará sujeto a los pagos por anticipado mediante retención en los términos detallados y acordados a la normativa fiscal que corresponda.Los beneficiarios de estas becas se declararán a la base de datos Nacional de Subvenciones (BDNS), y también estarán sujetas a la presentación de las declaraciones fiscales acordadas a la normativa fiscal vigente, mediante los modelos aprobados por los órganos correspondientes. Régimen de recursosEl acuerdo de resolución de la convocatoria pondrá fin a la vía administrativa, y se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Girona, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su notificación. Alternativamente y de forma potestativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el órgano competente para resolver, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación. Medio de notificaciónUna vez transcurrida este plazo sin que se haya adoptado la resolución, los solicitantes pueden entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo. La resolución tiene que ser notificada a cada beneficiario de manera individualizada en el plazo máximo de diez días posteriores a la fecha en que haya sido adoptada.Las notificaciones se harán por cualquier medio que permita en el Ayuntamiento tener constancia que el interesado o su representante legal ha recibido la resolución, como también de la fecha, la identidad y el contenido del acto administrativo, sin perjuicio de la obligación de publicidad de las subvenciones otorgadas, de acuerdo con el que establece la normativa general de subvenciones.Las concesiones y denegaciones así como todos los actos administrativos derivados de la tramitación administrativa relativa a las solicitudes para concurrir a esta convocatoria se notificarán electrónicamente, vía e-NOTUM, a los solicitantes que hayan manifestado su autorización a ser notificados por este medio, de forma exprés, en el impreso de solicitud. PublicidadEsta convocatoria se publicará al tablón de anuncios y en el web corporativo del Ayuntamiento de Figueres. El extracto de la misma, de acuerdo con aquello previsto en el artículo 17.3.b de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona. Aceptación de las basesEl hecho de concurrir a la convocatoria presupuesta el conocimiento y la aceptación de las bases que la regulan”partir de los criterios básicos de valoración
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 17/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 17/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la resolución de fecha 17/03/2026 por la cual se convocan las Becas AGITA a la creación y ayudas a la producción, exhibición y difusión de las artes 2026Publicado 20/03/2026bases específicasque han de regir la convocatoria para el atorgamiento de las Becas Agita a la creación y ayudas a producción,exhibición y difusión de las artesInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.