Plazo no verificadoBDNS 893773
332A LINEA "F" AYUDAS ENT. PRIV. SIN LUCRO. PROYECTOS/ACTIVIDADES DIF. 2026
AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 08:18 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES3 - COMUNIDAD DE MADRID
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 31/03/2026
- Fin de solicitudes
- 21/04/2026
- Registro en BDNS
- 18/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 30/03/2026
Texto oficial de apertura: EL DÍA DESPUÉS DE PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN BOLETÍN
Texto oficial de cierre: 14 DÍAS HÁBILES DEPUÉS DE LA FECHA DE INICIO
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Extracto publicado
BDNS (Identif.): 893773De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden cuyo textocompleto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):Primero. Objeto:La convocatoria de 2026 se destina a las líneas de actuación previstas en su dispongoprimero, entre las que se distribuye el importe total de la convocatoria y en concreto,34.000 € para los proyectos y actividades de difusión del patrimonio documental.Asimismo, el dispongo primero punto 1 de la referida convocatoria dispone que en el casode quedar remanente sobrante en alguna de las señaladas líneas de actuación, dichacantidad incrementará el importe destinado a cualquiera de las demás conforme a ladecisión adoptada por la Comisión de Evaluación, de conformidad con lo establecido en elartículo 1.4 de las bases reguladoras de estas ayudas.El orden de asignación del remanente optado por la Comisión de Evaluación es el siguiente:• Línea ADECUACIÓN con remanente.• Línea DIFUSIÓN con remanente.• Línea TRATAMIENTO ARCHIVISTICO con remanente, se propone pasarlo a la Línea deEquipamiento.• Línea RESTAURACIÓN con remanente, se propone pasarlo a la Línea de Digitalización.• Línea EQUIPAMIENTO- con incremento proveniente de la Línea de TratamientoArchivístico.• Línea DIGITALIZACIÓN- con incremento proveniente de la Línea de Restauración.La Comisión de Evaluación de estas ayudas para 2026 se reunió en fecha de 02/06/2026, paraevaluar las líneas a) b) c) d) e) y f).Así, al quedar un remanente por importe de 22.075,70 euros en la línea c, se transfirió ala línea b) de equipamiento de la convocatoria de ayudas a entidades privadas sin ánimo delucro en materia de archivos de la Comunidad de Madrid correspondiente a 2026.Y también, al quedar un remanente por importe de 19.107,52 euros en la línea d, setransfirió a la línea e) de la convocatoria de ayudas a entidades privadas sin ánimo delucro de la Comunidad de Madrid en materia de archivos correspondiente a 2026.Segundo. Cuantía:La línea f) de proyectos y actividades de difusión del patrimonio documental cuenta con uncrédito de 22.461,25 euros.Tercero. Declaración del crédito presupuestario disponible.Declarar el importe de CUARENTA Y UN MIL CIENTO OCHENTA Y TRES EUROS CON VEINTIDOSCÉNTIMOS (41.183,22 €) como crédito presupuestario disponible para atender lasobligaciones de contenido económico derivadas de la línea b) y la línea e) de laconvocatoria de ayudas para entidades privadas en materia de archivos correspondiente a2026.El gasto se contraerá con cargo a la partida 78099 del programa 332A del Presupuesto deGastos de la Comunidad de Madrid para el año 2026.Cuarto. Régimen de recursos.Esta orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recursode reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien,directamente, recurso contencioso – administrativo en el plazo de dos meses ante elTribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados desde el día siguiente a supublicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Todo ello sin perjuicio decualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.Quinto. Efectos de la orden.La presente orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BoletínOficial de la Comunidad de Madrid.
BDNS (Identif.): 893773De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):Primero. Beneficiarios:Las Entidades privadas sin ánimo de lucro que cumplan, además de los requisitos generalesexigidos en la convocatoria, los específicos de la línea de actuación correspondiente.Los requisitos deberán mantenerse hasta la fecha de la justificación de la ayuda.Segundo. ObjetoEl objeto de esta convocatoria es la realización de actuaciones en materia de archivos. Lalínea de actuación específica de este extracto es la de proyectos y actividades dedifusión del patrimonio documental custodiado en Entidades privadas sin ánimo de lucro(línea f). Podrán solicitar subvención, las Entidades privadas sin ánimo de lucro quereúnan los siguientes requisitos en relación con las distintas líneas de actuación:1º. La Entidad privada deberá tener personal técnico archivero.2º. La Entidad privada tendrá que disponer de instalaciones adecuadas para laconservación y custodia de los documentos. La determinación del cumplimiento de esterequisito deberá ser corroborado por el personal técnico de la Subdirección Generalcompetente en materia de Archivos, Gestión de Documentos y Patrimonio Documental.3º. El patrimonio documental objeto del proyecto y/o actividad de difusión deberá estarcorrectamente descrito y digitalizado.4º. La Entidad privada habrá de haber colaborado con los órganos y servicios responsablesde la Subdirección General competente en materia de Archivos, Gestión de Documentos yPatrimonio Documental en la confección del Directorio de Archivos de la Comunidad deMadrid y de la Estadística de Archivos de la Comunidad de Madrid en el último año anteriora la publicación de la Orden de convocatoria de las subvenciones en el que se hubierasolicitado dicha colaboración por parte de la Comunidad de Madrid. El certificadoacreditativo de tal circunstancia se solicitará directamente a la Dirección Generalcompetente en materia de Archivos, Gestión de Documentos y Patrimonio Documental por elórgano instructor, por lo que no será preciso que sea aportado por el solicitante.Tercero. Solicitudes y documentaciónDe conformidad con el dispongo sexto "Solicitudes y documentación" de la orden deconvocatoria, el solicitante deberá cumplir, entre otras, las siguientes obligaciones:a) Aportación de declaración responsable firmada por la persona titular de la Secretaríadel órgano de gobierno de la Entidad privada o persona habilitada para ello que acrediteque la Entidad privada no se halla incursa en alguna de las causas de prohibición paraobtener subvenciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones.b) Que la entidad solicitante está al corriente en el cumplimiento de obligacionestributarias y frente a la Seguridad Social.1º. En el caso de la Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, deconformidad con el artículo 95 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria,este consentimiento deberá ser expreso para que el Certificado pueda ser obtenido deoficio por el órgano instructor. En caso contrario, deberá ser presentado por elsolicitante.2º. En el caso de la Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, esta seobtendrá de oficio por el órgano instructor, salvo que conste en el procedimiento laoposición expresa del solicitante, en cuyo caso deberá ser presentado por esteCuarto. Bases reguladoras:Orden 179/2024, de 30 de enero, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte.Quinto. Cuantía:34.000 €La cantidad a solicitar no podrá superar 15.000 €, siendo excluidas las solicitudes que seefectúen por un importe superior.Sexto. Plazo de presentación de solicitudes:1. Catorce días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del presenteextracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. El texto íntegro de laconvocatoria se publicará en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.2. Las solicitudes se formularán en el modelo recogido en esta convocatoria ("Solicitudde ayuda a entidades privadas sin ánimo de lucro en materia de archivos"), correspondientea la línea de actuación de que se trate, que es de uso obligatorio y se encuentra adisposición de los interesados en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid (sede.comunidad.madrid).3. Las solicitudes y la documentación que proceda deberán presentarse en el RegistroElectrónico General de la Comunidad de Madrid a través del acceso habilitado para ello enel portal de internet de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid) a la SedeElectrónica de la Comunidad de Madrid (sede.comunidad.madrid).Séptimo. Relaciones entre Comunidad de Madrid e interesados:La Administración se relacionará de forma electrónica con los interesados, por lo que lasnotificaciones se realizarán a través de medios electrónicos. A tal efecto, el solicitanteestá obligado a estar dado de alta en el Sistema de Notificaciones Electrónicas de laComunidad de Madrid (NOTE), disponible en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid(sede.comunidad.madrid).Octavo. Pago y justificación:1. El pago de la ayuda se efectuará previa justificación del cumplimiento de lafinalidad para la que se concedió, de acuerdo con lo establecido en el dispongodecimotercero de la Orden de convocatoria.2. El plazo para la presentación de la documentación justificativa de la subvención y elresto de documentos referidos en el dispongo decimotercero de la Orden de convocatoriaconcluirá como máximo el 31 de octubre de 2026.
BDNS (Identif.): 893773De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):Primero. Beneficiarios:Las Entidades privadas sin ánimo de lucro que cumplan, además de los requisitos generalesexigidos en la convocatoria, los específicos de la línea de actuación correspondiente.Los requisitos deberán mantenerse hasta la fecha de la justificación de la ayuda.Segundo. ObjetoEl objeto de esta convocatoria es la realización de actuaciones en materia de archivos. Lalínea de actuación específica de este extracto es la de proyectos y actividades dedifusión del patrimonio documental custodiado en Entidades privadas sin ánimo de lucro(línea f). Podrán solicitar subvención, las Entidades privadas sin ánimo de lucro quereúnan los siguientes requisitos en relación con las distintas líneas de actuación:1º. La Entidad privada deberá tener personal técnico archivero.2º. La Entidad privada tendrá que disponer de instalaciones adecuadas para laconservación y custodia de los documentos. La determinación del cumplimiento de esterequisito deberá ser corroborado por el personal técnico de la Subdirección Generalcompetente en materia de Archivos, Gestión de Documentos y Patrimonio Documental.3º. El patrimonio documental objeto del proyecto y/o actividad de difusión deberá estarcorrectamente descrito y digitalizado.4º. La Entidad privada habrá de haber colaborado con los órganos y servicios responsablesde la Subdirección General competente en materia de Archivos, Gestión de Documentos yPatrimonio Documental en la confección del Directorio de Archivos de la Comunidad deMadrid y de la Estadística de Archivos de la Comunidad de Madrid en el último año anteriora la publicación de la Orden de convocatoria de las subvenciones en el que se hubierasolicitado dicha colaboración por parte de la Comunidad de Madrid. El certificadoacreditativo de tal circunstancia se solicitará directamente a la Dirección Generalcompetente en materia de Archivos, Gestión de Documentos y Patrimonio Documental por elórgano instructor, por lo que no será preciso que sea aportado por el solicitante.Tercero. Solicitudes y documentaciónDe conformidad con el dispongo sexto "Solicitudes y documentación" de la orden deconvocatoria, el solicitante deberá cumplir, entre otras, las siguientes obligaciones:a) Aportación de declaración responsable firmada por la persona titular de la Secretaríadel órgano de gobierno de la Entidad privada o persona habilitada para ello que acrediteque la Entidad privada no se halla incursa en alguna de las causas de prohibición paraobtener subvenciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones.b) Que la entidad solicitante está al corriente en el cumplimiento de obligacionestributarias y frente a la Seguridad Social.1º. En el caso de la Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, deconformidad con el artículo 95 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria,este consentimiento deberá ser expreso para que el Certificado pueda ser obtenido deoficio por el órgano instructor. En caso contrario, deberá ser presentado por elsolicitante.2º. En el caso de la Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, esta seobtendrá de oficio por el órgano instructor, salvo que conste en el procedimiento laoposición expresa del solicitante, en cuyo caso deberá ser presentado por esteCuarto. Bases reguladoras:Orden 179/2024, de 30 de enero, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte.Quinto. Cuantía:34.000 €La cantidad a solicitar no podrá superar 15.000 €, siendo excluidas las solicitudes que seefectúen por un importe superior.Sexto. Plazo de presentación de solicitudes:1. Catorce días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del presenteextracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. El texto íntegro de laconvocatoria se publicará en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.2. Las solicitudes se formularán en el modelo recogido en esta convocatoria ("Solicitudde ayuda a entidades privadas sin ánimo de lucro en materia de archivos"), correspondientea la línea de actuación de que se trate, que es de uso obligatorio y se encuentra adisposición de los interesados en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid (sede.comunidad.madrid).3. Las solicitudes y la documentación que proceda deberán presentarse en el RegistroElectrónico General de la Comunidad de Madrid a través del acceso habilitado para ello enel portal de internet de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid) a la SedeElectrónica de la Comunidad de Madrid (sede.comunidad.madrid).Séptimo. Relaciones entre Comunidad de Madrid e interesados:La Administración se relacionará de forma electrónica con los interesados, por lo que lasnotificaciones se realizarán a través de medios electrónicos. A tal efecto, el solicitanteestá obligado a estar dado de alta en el Sistema de Notificaciones Electrónicas de laComunidad de Madrid (NOTE), disponible en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid(sede.comunidad.madrid).Octavo. Pago y justificación:1. El pago de la ayuda se efectuará previa justificación del cumplimiento de lafinalidad para la que se concedió, de acuerdo con lo establecido en el dispongodecimotercero de la Orden de convocatoria.2. El plazo para la presentación de la documentación justificativa de la subvención y elresto de documentos referidos en el dispongo decimotercero de la Orden de convocatoriaconcluirá como máximo el 31 de octubre de 2026.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 04/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos BASES REGULADORASPublicado 04/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos CORRECCIÓN BASES REGULADORASPublicado 04/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Formulario 2680F6_26Publicado 04/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos MEMORIA JUSTIFICATIVA DE INCREMENTO LINEA FPublicado 04/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Anexo II - 2680FA2_26Publicado 04/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Anexo III - 2680FA3_26Publicado 04/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos EXTRACTO BOCMPublicado 04/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos ORDEN 1065_2026 DISPONIBILIDAD CRÉDITOS ONG ARCHIVOS 2026_anonimizadaPublicado 04/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Anexo I - 2680FA1_26Publicado 04/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden 1065/2026, de 29 de junio, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte que declara el importe del crédito presupuestario disponible para financiar las ayudas a entidades privadas de la Comunidad de Madrid en materia de archivos correspondiente a 2026.Publicado 08/07/2026Extracto de la Orden 2562/2025, de 26 de noviembre, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid en materia de archivos correspondientes al año 2026.Publicado 30/03/2026ORDEN 179/2024, DE 30 DE ENERO, DEL CONSEJERO DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS A ENTIDADES PRIVADAS SIN ÁNIMO DE LUCRO DE LA COMUNIDAD DE MADRID EN MATERIA DE ARCHIVOSInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.