Plazo no verificadoBDNS 893892
Resolución de 18 de marzo de 2026 de la D.G. de Comercio. Convocatoria 2026 de subvenciones en rég. de conc. competitiv. a Ayuntamientos y destinadas a impulsar la mejora, modernización y promoción del comercio y la artesanía en Andalucía.
AUTONOMICA · ANDALUCÍA · CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 08:21 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES61 - ANDALUCIA
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 31/03/2026
- Fin de solicitudes
- 30/04/2026
- Registro en BDNS
- 18/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 30/03/2026
Texto oficial de apertura: A partir día siguiente publicación Extracto en BOJA
Texto oficial de cierre: Un mes natural
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Extracto publicado
BDNS: XXXXXXX De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Primero. Convocatoria. Se convocan para el ejercicio 2026 las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a Ayuntamientos y destinadas a impulsar la mejora, modernización y promoción del comercio y la artesanía en Andalucía, al amparo de la Orden de 6 de agosto de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a Ayuntamientos y destinadas a impulsar la mejora, modernización y promoción del comercio y la artesanía en Andalucía y modificada por la Orden de 23 de diciembre de 2022, financiándose con los créditos asignados específicamente en el presupuesto de gastos de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, dentro del programa presupuestario 76A «Ordenación y Promoción Comercial» con cargo a las partidas presupuestarias 1400010000 G/76A/76401/00 01, proyecto de inversión 2026000028 y 1400010000 G/76A/46401/00 01 por las cuantías totales máximas para cada anualidad que se indican a continuación, en atención a los ámbitos territoriales y funcionales de competitividad previstos en el artículo 10 de las bases reguladoras. 2. La distribución del crédito entre los ámbitos funcionales y territoriales de competitividad queda del siguiente modo: a) Línea 1. Actuaciones dirigidas a promover la inversión en la mejora y modernización de infraestructuras y de la transformación digital del comercio local y de la artesanía en el municipio, con cargo a la partida presupuestaria 1400010000 G/76A/76401/00 01, proyecto de inversión 2026000028:ANUALIDAD Cuantía Máxima ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA2026 1.017.500,00 111.789,00 103.195,00 95.477,00 168.080,00 83.332,00 99.380,00 171.408,00 184.839,002027 254.371,00 27.947,00 25.798,00 23.869,00 42.019,00 20.833,00 24.845,00 42.851,00 46.209,00 1.271.871,00 139.736,00 128.993,00 119.346,00 210.099,00 104.165,00 124.225,00 214.259,00 231.048,00 b) Línea 2. Actuaciones dirigidas a promover la planificación estratégica y la dinamización y promoción del comercio minorista y de la artesanía local, con cargo a la partida presupuestaria 1400010000 G/76A/46401/00 01:ANUALIDAD Cuantía Máxima ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA2026 432.250,00 47.489,00 43.838,00 40.560,00 71.403,00 35.400,00 42.218,00 72.818,00 78.524,002027 108.059,00 11.872,00 10.959,00 10.140,00 17.850,00 8.850,00 10.554,00 18.204,00 19.630,00 540.309,00 59.361,00 54.797,00 50.700,00 89.253,00 44.250,00 52.772,00 91.022,00 98.154,00 Segundo. Beneficiarios. 1. Pueden participar en esta convocatoria los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Según lo previsto en el artículo 4.2.d) de las bases reguladoras, no podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria, aquellos Ayuntamientos que hayan resultado beneficiarios de estas subvenciones en la convocatoria del ejercicio 2025, aprobada mediante Resolución de 2 de abril de 2025, de la Dirección General de Comercio, por la que se convocan, para el ejercicio 2025, las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a Ayuntamientos y destinadas a impulsar la mejora, modernización y promoción del comercio y la artesanía en Andalucía, publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 69, de 10 de abril de 2025». Tercero. Objeto. Las subvenciones tienen por objeto impulsar la mejora, modernización y promoción del comercio y la artesanía en el ámbito de la Administración Local de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Cuarto. Bases reguladoras. La presente convocatoria se regirá por la Orden de 6 de agosto de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a Ayuntamientos y destinadas a impulsar la mejora, modernización y promoción del comercio y la artesanía en Andalucía «BOJA n.º 154 de 11 de agosto de 2021», modificada por la Orden de 23 de diciembre de 2022 publicada en el «BOJA n.º 249 de 30 de diciembre de 2022». Quinto. Cuantía. 1. A cada entidad se concederá una subvención para el desarrollo de las actuaciones solicitadas, a la que le serán de aplicación los siguientes límites: a) Se subvencionará un porcentaje máximo del 75% del coste de las actuaciones. b) La cuantía total máxima a subvencionar por entidad no excederá en ningún caso de 60.000 €. 2. El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente, o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por la entidad beneficiaria. Sexto. Plazo de presentación de las solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes será de 1 mes natural a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Séptimo. Otros datos. Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con la convocatoria.En Sevilla, a la fecha de la firma electrónicaLA CONSEJERA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMOP.D. LA DIRECTORA GENERAL DE COMERCIOOrden de 6 de agosto de 2021(BOJA núm. 154, de 11 de agosto de 2021)Fdo.: Cecilia Ortiz Carrasco
Bases y documentación
Corrección de erratas formularioPublicado 31/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 30/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de la D.G de Comercio, convocatoria 2026 de subvenciones en rég.de conc.competitiv.a Ayuntamientos y destinadas a impulsar la mejora, modernización y promoción del comercio y la artesanía en AndalucíaPublicado 30/03/2026Orden de 6 de agosto de 2021, por la que se aprueban las b.r.para la concesión de subvenciones en régimen de conc.comp. dirigidas a Ayuntamientos y destinadas a impulsar la mejora, modernización y promoción del comercio y la artesanía en Andalucía.Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.