Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 18/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 25/03/2026
Texto oficial de apertura: DIA POSTERIOR A LA PUBLICACION EN EL BOP
Texto oficial de cierre: 21 DIAS NATURALES DESDE LA PUBLICACION EN EL BOP
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Extracto publicado
EXTRACTO CONVOCATORIA SUBVENCIONESFOMENTO DE ACTIVIDADES DE SALUD 2026 Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 16 de Marzo de 2026 por la que se convocan subvenciones fomento de actividades de salud para el año 2026, por el procedimiento de concurrencia competitiva.De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans). PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIALas presentes bases tienen como objeto establecer las disposiciones generales para la concesión de subvenciones por parte de la Concejalía de Sanidad del Excmo. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, por procedimiento de concurrencia competitiva.FINALIDAD DEL CONCURSO:Se procede a la convocatoria de subvenciones del programa de ayudas destinadas al desarrollo y fomento de actividades de salud, siendo los destinatarios directos asociaciones/entidades registradas en la población de Navalmoral de la Mata, que presenten proyectos, programas, talleres, cursos, dirigidos a la población de Navalmoral de la Mata.TERCERA. CONCESIÓN.El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes/proyectos recibidos/presentados, a fin de establecer una pre-relación entre las mismas, adjudicando aquellas que hayan obtenido mayor valoración.CUARTA. DESTINATARIOS Y GASTOS SUBVENCIONABLES.Asociaciones y/o entidades que desarrollan actividades sin ánimo de lucro, tengan como finalidad el desarrollo de actividades regulares y la realización de eventos puntuales en el ámbito de la salud ; así como el desarrollo del procedimiento a seguir de conformidad con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Reglamento General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, aprobada definitivamente por acuerdo del Pleno en sesión de fecha 12 de noviembre de 2015, y publicado en el B.O.P. de Cáceres, Nº 5, de 11 de enero de 2016. Tendrá la consideración de beneficiario de subvenciones las personas físicas o jurídicas, entidades o asociaciones o colectivos que hayan de realizar el proyecto o actividad que fundamenta su otorgamiento o que se encuentren en la situación que legitima su concesión.Podrán solicitar subvenciones asociaciones y/o entidades de Navalmoral de la Mata que cumplan los siguientes requisitos:- Que se encuentren legalmente constituidas.- Que tengan su domiciliación en el municipio de Navalmoral de la Mata.- Que figuren debidamente inscritas en el Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata.QUINTA. REQUISITOS PARA SOLICITAR LA SUBVENCIÓN Y FORMA DE ACREDITARLOS Y LUGAR DE PRESENTACIÓN.Las asociaciones y/o entidades entregarán los proyectos a desarrollar (cursos, talleres, proyectos, programas, actuaciones o trabajos), mediante solicitud a rellenar según modelo oficial que figura además de rellenar la solicitud que figura como anexo I. La solicitud y los Anexos podrán descargarse en la página web del Ayuntamiento de Navalmoral (https://www.aytonavalmoral.es).A la INSTANCIA DE SOLICITUD (Anexo I) deberá acompañarse la siguiente documentación: Proyecto/actuación a desarrollar.Declaración responsable de no estar incurso en prohibición para obtener la condición de beneficiariodesubvenciónpúblicasegúnelartículo13delaLey38/2003de17denoviembre(Anexo IICertificados acreditativos de no ser deudor de la Hacienda Pública estatal, autonómica y local y de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, que podrá ser sustituido por una autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias previstas en los artículos 18 y 19 del Reglamento de la LeyGeneraldeSubvenciones,aprobadoporelRealDecreto887/2006de21dejulioatravésde certificados Declaración responsable de las subvenciones recibidas de instituciones públicas o privadas para la actividad a subvencionar (Anexo V).Fotocopia Documento Nacional de Identidad (DNI) del solicitante y, en su caso, de la representación de quien actúe en su nombre, con acreditación de la misma por cualquiera de las admitidas en derecho. La presentación de documentación podrá optarse por las siguientes vías.: A través del Registro General del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, dentro del PLAZO DE 21 DÍAS NATURALES a partir de la publicación por la Base Nacional de Datos de Subvenciones del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres. Los interesados podrán examinar el texto íntegro de estas bases en la página web de la Base de Datos de Subvenciones dependientes de la Intervención General del Estado. , a través de Sede Electrónica del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/info.0, dirigido a la Concejalía de Sanidad acompañando el trabajo/proyecto con las dos solicitudes firmadas(Anexos I y II). BASE OCTAVA. PROYECTO Y CRITERIOS DE VALORACIÓNEl proyecto que acompaña a la solicitud deberá incluir los siguientes puntos: 1. DENOMINACIÓN DELPROYECTOEspecificar el título de la actividad a desarrollar.2. JUSTIFICACIÓN/ BREVE DESCRIPCIÓN DEL PROYECTOExponer el motivo por el que se propone la actividad, y para qué.3. OBJETIVOSEnumerar el/los objetivos principales que se pretenden alcanzar.4.ÁREA O ÁREAS DE ACTUACIÓN. 5.METODOLOGÍAEscribir la manera de llevar a cabo la actividad y en qué consiste.6.TEMPORALIZACIÓN/CALENDARIODescribirá el tiempo previsto que conllevará la actividad.7. DESTINATARIOS.8. METODOLOGÍA.9. RELACIÓN DE ACTIVIDADES.10. RECURSOS NECESARIOSEnumerar los recursos necesarios para el desarrollo de la actividad (recursos materiales, infraestructuras, recursos humanos, económicos, …).11. EVALUACIÓNSerá imprescindible entregar una memoria justificativa de la actividad desarrollada, especificando aquellos datos que la Concejalía de Salud solicite.12. PRESUPUESTO DESGLOSADOCada proyecto de actividad deberá ir acompañado del presupuesto detallado de realización. Cada solicitud presentada podrá ser valorada de acuerdo con los criterios de valoración que a continuación se indican. PLAZO DE JUSTIFICACIÓN.El plazo de la justificación de la subvención no podrá exceder del 31 de enero de 2027. No obstante, el órgano concedente de la subvención podrá otorgar una ampliación del plazo establecido para la presentación de la justificación, siempre que con ello no se perjudiquen los derechos de terceros y que no podrá exceder de la mitad del plazo previsto en esta convocatoria. En ningún caso se admitirán gastos realizados en fecha diferente a la realización del proyecto o actividad subvencionada y en todo caso, dentro del margen de tiempo prudencial que exige la preparación del mismo.