Convocatoria de subvenciones acción social 2026 ((Subvenciones a favor de asociaciones para actividades juveniles, populares y de ocupación del tiempo libre)
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES243 - Zaragoza
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
20/03/2026
Publicación en diario oficial
26/03/2026
Texto oficial de apertura: Al día siguiente de publicación anuncio en BOPZ
Texto oficial de cierre: 20 días hábiles desde el día siguiente a publicación en BOPZ
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. - Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las asociaciones y entidades culturales sin ánimo de lucro constituidas legalmente y debidamente inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales que no estén incursas en causa que impida obtener la condición de beneficiario según el artículo 13, párrafo 2.º, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal, que realicen actividades o presenten programas específicos acordes con la planificación general municipal en materia de juventud, actividades populares y ocupación del tiempo libre. Segundo. - Objeto Es objeto de estas subvenciones, de acuerdo con la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Pedrola, la financiación de actividades, proyectos y programas de carácter juvenil, popular y de ocupación del tiempo libre promovida por Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales del Ayuntamiento Pedrola que se consideren acordes con la planificación general municipal en materia de juventud, actividades populares y ocupación del tiempo libre que se desarrollen en el municipio. También, aunque no se desarrollen en el municipio, los gastos de carácter cultural (entradas, guías, etc.) relacionados con viajes culturales promovidos por dichas asociaciones. Tercero. - Bases reguladoras La presente convocatoria se realiza con sujeción a lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Pedrola. Cuarto. - Crédito presupuestario El crédito presupuestario previsto para esta convocatoria asciende a la cantidad de 9.100,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria: 3370.48000: Subvenciones a familias e instituciones sin ánimo de lucro para promoción social, del Presupuesto municipal vigente. Quinto. - Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será desde la fecha de publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza. La convocatoria completa se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Tablón de Anuncios y la página web municipal. Las solicitudes de subvención y la documentación que deba acompañarlas, de conformidad con la convocatoria, deberán ser dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Pedrola, Plaza España nº 1, 50690 Pedrola. De acuerdo con lo señalado en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas deberán presentar las solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento mediante medios electrónicos a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pedrola en la dirección electrónica https://pedrola.sedelectronica.es/info.0