PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES704 - Fuerteventura
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
23/03/2026
Publicación en diario oficial
27/03/2026
Texto oficial de apertura: AL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL B.O.P.
Texto oficial de cierre: 10 DÍAS HÁBILES DESPUÉS DE SU PUBLICACIÓN
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Extracto de la Resolución del consejero del Área Insular de Aguas, Educación y Juventud, Sector Primario y Residuos, nº 1464/2026 de fecha 13 de marzo de 2026, por la que se convocan becas de formación práctica del año 2026Primero. Beneficiarios y objeto. Para ser beneficiario de las becas que se convocan por esta Resolución será preciso cumplir los requisitos básicos establecidos en los artículos 2 y 27 de las bases reguladoras, así como los requisitos específicos a que se refiere el artículo 61.Tendrán la consideración de beneficiarios de las becas a las que se refiere la presente convocatoria los estudiantes que perciban el importe de la beca.Esta convocatoria se dirige a la concesión en régimen de concurrencia competitiva de becas de formación práctica correspondientes al curso académico 2024/2025, para estudiantes residentes en la isla de Fuerteventura que realicen de los siguientes estudios y que se encuentren en la fase final de los mismos:? Estudios presenciales, semipresenciales y a distancia adaptados al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de grado.? Estudios de formación profesional en centros educativos de Fuerteventura y aquellos que deban realizarse fuera de la isla por no formar parte de la oferta educativa oficial de la isla o no haber obtenido plaza.Segundo. Bases reguladoras.Bases Reguladoras de becas y ayudas al estudio del Cabildo Insular de Fuerteventura, aprobadas por el Pleno del Cabildo Insular en sesión ordinaria celebrada el 26 de abril de 2024, publicadas en el BOP de Las Palmas nº 82 de fecha 5 de julio de 2024.Asimismo, se encuentran publicadas en la página web de la corporación (www.cabildofuer.es).Tercero. Crédito Presupuestario.El crédito presupuestario con el que atenderá la convocatoria está condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión, con una cuantía total máxima de 250.000,00 euros distribuida con carácter estimativa con cargo a la aplicación presupuestaria 40240.3260U.4810326 del vigente Presupuesto General del Cabildo de Fuerteventura.Cuarto. Cuantía de las becas.La cuantía de la beca, de la que habrá que detraer los importes correspondientes a la satisfacción del IRPF y las cuotas que correspondan al sistema de la Seguridad Social, será de: ? Estudiantes de grado universitario: 2.092,50 euros. ? Estudiantes de ciclos formativos: 1.360,13 euros.Del total de becas que se concedan en función del crédito total final disponible, el 50% lo serán para estudiantes universitarios y el 50% para estudiantes de formación profesional.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes deberán presentarse únicamente a través de la plataforma web de solicitud y seguimiento de las becas prácticas: https://becaspracticas.cabildofuer.es En cualquier caso, para el registro de la solicitud se precisa la firma electrónica de la solicitud mediante certificado o DNI electrónico.El plazo de presentación de solicitudes será de DIEZ DÍAS HÁBILES, a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.La documentación para presentar en cada caso será indicada durante el proceso de solicitud en la misma página web. Las personas solicitantes podrán autorizar de manera expresa al Cabildo de Fuerteventura a consultar aquella información que obre en poder de otras administraciones públicas, según lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Sexto. Procedimiento de concesión.Concurrencia competitiva.Séptimo. Otros datos.El seguimiento de esta convocatoria se podrá realizar a través de la página web del Cabildo Insular de Fuerteventura (www.cabildofuer.es), en la plataforma https://becaspracticas.cabildofuer.es y en los tablones de anuncios electrónicos de la Corporación.Para cualquier información relacionada con dicha convocatoria se puede llamar a los teléfonos 928 86 24 78 o en el correo electrónico educacion@cabildofuer.es