Plazo no verificadoBDNS 894597
CONVOCATORIA 2026 DE SUBVENCIONES PARA GARANTIZAR EL ABASTECIMIENTO DE ALIMENTOS Y PRODUCTOS BÁSICOS ENTORNO RURAL
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE PALENCIA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 08:40 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES414 - Palencia
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 26/03/2026
- Fin de solicitudes
- 27/04/2026
- Registro en BDNS
- 23/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 25/03/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
La Sra. Presidenta de la Diputación Provincial de Palencia ha dictado en esta fecha la siguiente resolución:Por Decreto de Presidencia de fecha 20 de marzo de 2026 (BOP de Palencia, nº 36 de 25 de marzo de 2026), se efectúa la “Convocatoria 2026 de subvenciones para garantizar el abastecimiento de alimentos y productos básicos entorno rural” (BDNS: 894597) con un presupuesto asignado de 80.000,00 € consignado en la aplicación presupuestaria 35.43130.47001.093, correspondiente al presupuesto de esta Corporación para el ejercicio 2026, aplicable a dos líneas de ayudas.El apartado 2 de dicha resolución contempla la posibilidad de asignar una cuantía adicional de crédito, con un máximo de 20.000 euros, cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requiere de nueva convocatoria, de acuerdo con las reglas previstas en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.A la vista del Informe de Intervención, en el que se pone de manifiesto la existencia de fondos disponibles en cantidad suficiente para ampliar la cuantía de los fondos destinados a la financiación de la convocatoria indicada,RESUELVO:Primero.- Ampliar la cuantía inicial de 80.000,00 €, de los fondos destinados a la financiación de la Línea 1 Comercio minorista de proximidad y Línea 2 de Venta ambulante, en 20.000,00 € quedando fijada la cuantía total en 100.000,00 €.Segundo.- Dar publicidad a la ampliación de fondos de la cuantía total de la convocatoria, sin que ello implique la apertura de nuevo plazo para la presentación de solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.
y en la página web de la Diputación Provincial de Palencia (http://www.diputaciondepalencia.es) en el apartado de “Subvenciones y Ayudas”. Primero. - Beneficiarios:En la Línea 1 de Comercio minorista de proximidad, serán beneficiarias las microempresas, incluidos los autónomos, titulares de comercios situados en municipios de la Provincia de Palencia de hasta 500 habitantes, incluidos bares que presten el servicio de tienda en el municipio. El solicitante deberá dedicarse al comercio al por menor de productos alimenticios (incluso bebidas y helados), o de productos textiles, prendas de vestir y calzado y disponer de un local permanente donde venda, produzca y/o almacene los productos.En la Línea 2 de Venta Ambulante, serán beneficiarias las microempresas, incluidos los autónomos, que presten servicios de venta ambulante en vehículo asociado a la actividad, con carácter itinerante, en al menos 3 municipios de hasta 500 habitantes de la provincia de Palencia. El solicitante deberá dedicarse al comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente y disponer de un local físico desde donde se realice su distribución.Segundo. -Objeto: La concesión de subvenciones a los establecimientos de comercio rural minorista y a los negocios de venta ambulante, dados de alta y que realicen su actividad en municipios de la provincia de Palencia de hasta de 500 habitantes, para garantizar el abastecimiento de alimentos y productos básicos en el medio rural, manteniendo estructuras comerciales generadoras de riqueza, empleo y calidad de vida en el mismo. Tercero. - Gastos subvencionables: Los gastos comprendidos dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud correspondientes a:Las cuotas de los trabajadores autónomos abonadas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social o a la Mutualidad de previsión social correspondiente.La parte empresarial de las cuotas de los trabajadores contratados por cuenta ajena de forma indefinida.Gastos de gestoría para el asesoramiento y la gestión del negocio.Sólo para la Línea 1, los gastos de luz y combustible para la calefacción del local del negocio.Sólo para la Línea 2, los gastos del seguro del vehículo afecto a la actividad.Cuarto. - Cuantías: El crédito total asignado a la convocatoria es de ochenta mil euros (80.000 €). Se podrá subvencionar hasta un máximo de 2.500,00 euros, por beneficiario, de los gastos subvencionables. Dicha cuantía se ampliará a 3.000,00 euros por beneficiario, en la Línea 1, cuando el comercio esté ubicado en un municipio incluido en el Programa Territorial de Fomento para Tierra de Campos, o en la Línea 2 cuando se presten los servicios en al menos 3 municipios incluidos en el Programa Territorial de Fomento para Tierra de Campos. Quinto. - Plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Sexto.-Los anexos y demás documentación correspondiente a la presente convocatoria estarán a disposición de los interesados en la sede electrónica de la Diputación provincial de Palencia https://sede.diputaciondepalencia.es en el apartado Información pública - Subvenciones y ayudas
y en la página web de la Diputación Provincial de Palencia (http://www.diputaciondepalencia.es) en el apartado de “Subvenciones y Ayudas”. Primero. - Beneficiarios:En la Línea 1 de Comercio minorista de proximidad, serán beneficiarias las microempresas, incluidos los autónomos, titulares de comercios situados en municipios de la Provincia de Palencia de hasta 500 habitantes, incluidos bares que presten el servicio de tienda en el municipio. El solicitante deberá dedicarse al comercio al por menor de productos alimenticios (incluso bebidas y helados), o de productos textiles, prendas de vestir y calzado y disponer de un local permanente donde venda, produzca y/o almacene los productos.En la Línea 2 de Venta Ambulante, serán beneficiarias las microempresas, incluidos los autónomos, que presten servicios de venta ambulante en vehículo asociado a la actividad, con carácter itinerante, en al menos 3 municipios de hasta 500 habitantes de la provincia de Palencia. El solicitante deberá dedicarse al comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente y disponer de un local físico desde donde se realice su distribución.Segundo. -Objeto: La concesión de subvenciones a los establecimientos de comercio rural minorista y a los negocios de venta ambulante, dados de alta y que realicen su actividad en municipios de la provincia de Palencia de hasta de 500 habitantes, para garantizar el abastecimiento de alimentos y productos básicos en el medio rural, manteniendo estructuras comerciales generadoras de riqueza, empleo y calidad de vida en el mismo. Tercero. - Gastos subvencionables: Los gastos comprendidos dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud correspondientes a:Las cuotas de los trabajadores autónomos abonadas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social o a la Mutualidad de previsión social correspondiente.La parte empresarial de las cuotas de los trabajadores contratados por cuenta ajena de forma indefinida.Gastos de gestoría para el asesoramiento y la gestión del negocio.Sólo para la Línea 1, los gastos de luz y combustible para la calefacción del local del negocio.Sólo para la Línea 2, los gastos del seguro del vehículo afecto a la actividad.Cuarto. - Cuantías: El crédito total asignado a la convocatoria es de ochenta mil euros (80.000 €). Se podrá subvencionar hasta un máximo de 2.500,00 euros, por beneficiario, de los gastos subvencionables. Dicha cuantía se ampliará a 3.000,00 euros por beneficiario, en la Línea 1, cuando el comercio esté ubicado en un municipio incluido en el Programa Territorial de Fomento para Tierra de Campos, o en la Línea 2 cuando se presten los servicios en al menos 3 municipios incluidos en el Programa Territorial de Fomento para Tierra de Campos. Quinto. - Plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Sexto.-Los anexos y demás documentación correspondiente a la presente convocatoria estarán a disposición de los interesados en la sede electrónica de la Diputación provincial de Palencia https://sede.diputaciondepalencia.es en el apartado Información pública - Subvenciones y ayudas
Bases y documentación
Ampliación crédito convocatoriaPublicado 18/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 23/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Decreto de fecha 18 de junio de 2026 de la Presidencia de la Diputación Provincial de Palencia, por el que se aprueba la disponibilidad y la ampliación del crédito correspondiente a la cuantía adicional, destinado a la financiación de la "Convocatoria 2026 de subvenciones para garantizar el abastecimiento de alimentos y productos básicos entorno rural” (BDNS: 894597).Publicado 24/06/2026Extracto del Decreto de fecha 20 de marzo de 2026 de la Presidenta de la Diputación Provincial de Palencia por el que se convocan subvenciones a los establecimientos de comercio rural minorista y a los negocios de venta ambulante para garantizar el abastecimiento de alimentos y productos básicos en el medio rural.Publicado 25/03/2026Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.