PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Sanidad
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
24/03/2026
Publicación en diario oficial
02/04/2026
Texto oficial de apertura: 25/03/2026
Texto oficial de cierre: 15/10/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Objeto: la subvención del Cheque de Bienvenida para el ejercicio del 2026, que se otorgará por el nacimiento, la adopción o la acogida de un nuevo hijo o hija. Beneficiarios: aquellas personas que hayan tenido un hijo o una hija natural, que lo hayan adoptado legalmente o que hayan acogido un niño o una niña entre el 1 de enero de 2025 y el 15 de octubre de 2026, ambos incluidos y no hayan sido beneficiarias en la convocatoria anterior. El nacimiento, la adopción o la acogida que tenga lugar entre el 16 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2026, podrá acogerse a la convocatoria del año 2027, siempre y cuando presente gasto justificativo correspondiente en 2027. Condiciones: Serán subvencionables todos aquellos gastos destinados a satisfacer las primeras necesidades del niño o la niña o bien otras necesidades familiares derivadas del nacimiento, la adopción o la acogida. Además, los gastos subvencionables tendrán que cumplir los requisitos siguientes: • Que se hayan hecho en cualquier establecimiento que forme parte de la Asociación de Comerciantes y Servicios de Bocairent (ACiS). • Que correspondan al año natural en que se solicita la subvención. • Que se acompañan de factura a nombre de la persona solicitante de la subvención. Bases reguladoras: Ordenanza reguladora de las bases que tienen que regir para la concesión de ayudas Cheque Bienvenida de Bocairent, publicada en el BOP nº 81 de1 30 de abril de 2021 y la convocatoria aprobada por decreto de la Alcaldía del 22 de marzo de 2026. Cuantía global: La concesión del Cheque de Bienvenida previsto en esta convocatoria se financiará con cargo a la partida presupuestaria 3.925.48079 Cheque Bienvenida del presupuesto municipal del 2026, hasta un importe máximo de 6.000 euros. Plazo de presentación de solicitudes: La presente convocatoria permanecerá abierta desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de València hasta el 15 de octubre de 2026. Órgano competente para su resolución: Junta de Gobierno Local, previa propuesta de la comisión evaluadora.