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DESIERTA CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN DE LA BECA PARA CREADORES "OIER BELDARRAIN 2026

LOCAL · LARRABETZU · AYUNTAMIENTO DE LARRABETZU

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 08:48 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES213 - Bizkaia

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
24/03/2026
Publicación en diario oficial
01/04/2026

Texto oficial de apertura: 1 mes desde la publicación en el boletín

Texto oficial de cierre: 1 mes desde la publicación

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Extracto publicado

1.- OBJETO DE LA SUBVENCIÓN1.- Es objeto de la presente convocatoria regular el procedimiento para la solicitud y concesión de becas para la creación cultural a jóvenes creadores de Larrabetzu. Se entiende por creación cultural cualquier trabajo u obra derivada de la imaginación del artista: música, pintura, escultura, literatura, teatro, monólogo, poesía, bertsolarismo, cine, cómic, composición sonora, composición audiovisual, composición digital, danza, etc. También la hibridación entre disciplinas.2.- El Ayuntamiento de Larrabetzu quiere crear una convocatoria de becas para jóvenes creadores de Larrabetzu, con el fin de impulsar la actividad cultural en euskera. Los objetivos de esta beca son:• Impulsar la creación en euskera.• Incidir en la programación cultural en euskera de Larrabetzu.• Que los vecinos de Larrabetzu tengan espacios de oportunidad para desarrollar su creatividad.2.- BENEFICIARIOS1.- Quienes deseen tomar parte en la convocatoria de la Ordenanza deberán estar empadronados en Larrabetzu y tener más de 16 años. Existe la posibilidad de presentarse tanto individualmente como en grupo.2.- En el caso de presentarse por grupos, todos los miembros del grupo deben estar empadronados en Larrabetzu.3.- Cada persona o grupo sólo puede presentar un proyecto.4.- La concesión de la beca no podrá exceder de dos veces en dos convocatorias diferentes.5.- Las personas físicas deben ser las que presenten el proyecto.6.- Los menores de 18 años deberán contar con la autorización de sus padres o tutor legal, cumplimentando el apartado correspondiente del impreso general de solicitud denominado “Representación”.3.- EXCLUSIONES1.- La Comisión de Valoración será competente, caso por caso, para excluir de la convocatoria una solicitud de subvención, teniendo en cuenta los siguientes criterios y previa justificación.2.- Serán expresamente excluidos:Artistas que superen el límite de ingresos de alguna área cultural superior a 28.000,00 euros brutos anuales.Asociaciones.Proyectos que inciten directa o indirectamente a la violencia o hagan apología de algún tipo de violencia.Asimismo, quedan excluidas de las acciones subvencionadas con carácter general a través de la convocatoria las siguientes actividades:Quienes se encuentren incursos en alguna de las circunstancias previstas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Los que por su naturaleza y finalidad debieran haberse instrumentado a través de uno o varios programas de otro área u organismo autónomo municipal. No obstante, en estos casos, la solicitud se dirigirá a la entidad o área municipal correspondiente, dando traslado de la misma al interesado4.- CARACTERÍSTICAS DE LOS PROYECTOS Y EVENTOS1.- Los proyectos deberán ser necesariamente en euskera, desde el proceso creativo hasta la ejecución.2.- Los proyectos podrán tener la siguiente naturaleza: música, pintura, escultura, literatura, teatro, monólogo, poesía, bertsolarismo, cine, cómic, composición sonora, composición audiovisual, composición digital, danza, etc. También la hibridación entre disciplinas.3.- Se priorizarán las actividades de pequeño formato4.- Los trabajos serán originalmente realizados en euskera o la adaptación de un trabajo realizado en euskera. En este último caso, la calidad e interés de la obra original en euskera deberán justificar la adecuación.5.- No se admitirán proyectos basados en la mera traducción.6.- No haber sido representados o presentados públicamente en ningún momento. Asimismo, en el caso de que el proyecto esté iniciado para la puesta en marcha de la convocatoria, deberá indicarse la fase en la que se encuentra, el inicio del proyecto para el que se han recibido otras ayudas y la novedad que se presentará en la convocatoria. En estos casos el Tribunal examinará especialmente la idoneidad del proyecto y, en su caso, solicitará más detalles sobre el mismo.5.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN Y PLAZO1.- El participante deberá presentar:Impreso general de solicitud (de la convocatoria específica de la beca), que estará disponible en la página web del Ayuntamiento de Larrabetzu o en la Casa de Cultura Anguleri.Además de los datos personales que se soliciten y los que se quieran indicar personalmente, se deberán especificar en el apartado “Expongo”:Título del proyecto.Si se trata de un proyecto por grupos, nombre y apellidos de los miembros del grupo, edad e indicación de que están empadronados en Larrabetzu.Además de la documentación anterior, se deberá presentar un proyecto:Exposición detallada del trabajo en euskera.Longitud: 2-4 páginasCaracterísticas de la actividad, como mínimo: argumento, estructura, formato, objetivo a trabajar o alcanzar, cronograma...Necesidades técnicas previstas para el desarrollo del proyectoPresupuesto del proyecto.Si se considera oportuno, muestra o muestra del proyecto en cualquier formato2.- La solicitud dirigida al alcalde-presidente se presentará en el Registro municipal de entrada del Ayuntamiento, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública3.- El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletin Oficial de Bizkaia.6.- SELECCIÓN DEL PROYECTO A SUBVENCIONAR1.- La subvención no podrá fraccionarse, sino que deberá concederse en su totalidad.2.- Para la aprobación del proyecto o en el caso de que hubiera más de un participante, se creará un jurado específico para la valoración de los trabajos presentados a la convocatoria. El jurado estará compuesto por cuatro personas:Un miembro de la Comisión Informativa de Paridad, Cultura, Educación, Euskera, Deportes y Juventud del Ayuntamiento de Larrabetzu. Su función será, por un lado, la de secretario del Tribunal y, por otro, garantizar el cumplimiento de los criterios recogidos en las bases.Dos personas externas a Larrabetzutik con experiencia acreditada en el tema para el que se solicita la subvención. Si hay más de una petición y temas diferentes, se incluirá una persona por tema. Para la concesión de la beca, los criterios de concurrencia entre proyectos se puntuarán de la siguiente manera:Para la concesión de la beca, el proyecto de concurrencia entre proyectos deberá cumplir los siguientes criterios, que se puntuarán, en su caso, de la siguiente manera:Calidad e interés del proyecto. Se valorará la naturaleza del proyecto, la existencia de algún aspecto de la cultura vasca y la identidad del beneficiario del proyecto (número de personas y grupo concreto). Hasta un máximo de 40 puntos.Originalidad y características innovadoras del proyecto. Se valorará la novedad, originalidad, etc. Hasta un máximo de 25 puntos.Grado de definición del proyecto y detalles del proceso creativo para su desarrollo: pasos a seguir, cronograma... Hasta 15 puntos.Viabilidad técnica y económica del proyecto. Hasta un máximo de 10 puntos. Se valorará la posibilidad real de poner en marcha el proyecto cultural, tanto en su vertiente técnica como económica. Para ello, es necesario incluir en el presupuesto del proyecto todos los gastos asociados a su publicación, incluida la publicidad y las necesidades técnicas.Proyecto que promueva la igualdad de género. Hasta 5 puntos.Proyectos que den a conocer Larrabetzu. Hasta 5 puntos.En total se repartirán 100 puntos. Los proyectos objeto de beca deberán obtener una puntuación mínima de 50 puntos.3.- El órgano para la concesión de la subvención será la Alcaldía.7.- PRESUPUESTO1.- Para la concesión de la ayuda recogida el Ayuntamiento de Larrabetzu incorpora al presupuesto municipal para el ejercicio 2026 la partida presupuestaria número 334.48001 con un presupuesto de 4.500,00 euros.2.- La cuantía de las becas previstas en la convocatoria será la máxima posible y no podrá ser objeto de reparto entre los proyectos presentados.3.- En ningún caso, el importe de la subvención podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con ayudas o subvenciones otorgadas por otras Administraciones Públicas o Entes públicos o privados, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.Se destinarán 500 euros a las dietas del especialista que acuda a la comisión. 0,30 euros por kilometro de desplazamiento y 100 euros por sesión.8.- PAGO DE LA SUBVENCIÓN1.- Los pagos se realizarán de la siguiente manera:• 90%, previa notificación de la resolución, en concepto de anticipo a cuenta, mediante factura.• 10% una vez finalizado el proyecto, previa presentación de la factura.2.- En el caso de que el beneficiario no ejecutara el proyecto, deberá reintegrar al Ayuntamiento de Larrabetzu la cantidad percibida en concepto de anticipo, en los términos que reglamentariamente se establezcan.3.- El beneficiario deberá estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, por lo que solicitará de oficio dicha certificación y, en caso de incumplimiento de las obligaciones tributarias, se notificará al beneficiario y no se pagará factura alguna hasta que se subsane dicha situación.9.- OBLIGACIONES Y DERECHOS.• El premiado deberá manifestar su aceptación a la adjudicación en el plazo máximo de 10 días. Una vez ratificado así, el Ayuntamiento se pondrá en contacto con el seleccionado para fijar las cláusulas específicas de ejecución del trabajo.• El premiado dispondrá de un plazo de 6 meses desde la aceptación de la adjudicación para la ejecución del proyecto. En dicho plazo, la Comisión Informativa de Cultura del Ayuntamiento realizará un seguimiento del proyecto (avances, dificultades, fechas de estreno...), para lo cual es necesario asistir a las reuniones de coordinación de los proyectos que se organicen, así como dar explicaciones detalladas cuando se soliciten por otros medios.• Asimismo, será obligatoria la participación en los actos de difusión de estas becas (ruedas de prensa, reportajes...). Finalmente, en forma de memoria y para recibir el último pago, algunas fotos del estreno o fragmentos de vídeo significativos de la obra.• El Ayuntamiento de Larrabetzu podrá organizar el estreno del proyecto en Larrabetzu. A la hora de difundir los trabajos que se creen en el marco de esta beca, se hará mención expresa a que se trata de trabajos creados dentro de la convocatoria de la Beca Larrabetzuko Gazte Sortzaileak que promueve el Ayuntamiento de Larrabetzu. El beneficiario tiene derecho a realizar el estreno por sí mismo si lo acuerda con el Ayuntamiento de Larrabetzu.10.- JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN1.- Con carácter general, las subvenciones objeto de estas bases se acreditarán mediante la presentación de la siguiente documentación acreditativa, antes del 26 de febrero de 2027:• Memoria de actuación acreditativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Además, cuando proceda, se indicarán los datos de los participantes, con mención de sexo y, en la medida de lo posible, el análisis e interpretación de dichos datos.• Listado de clasificación de los gastos e inversiones en la actividad. Se indicará el acreedor y el documento, el importe, la fecha de realización y, en su caso, de pago. Si la subvención se concede conforme a un presupuesto, se indicará la desviación.• Relación detallada de otros ingresos o ayudas que hayan financiado la actuación subvencionada, con indicación de su importe y procedencia.• Documentación gráfica o audiovisual que sirva de testimonio y verificación del trabajo realizado. El órgano concedente de la subvención acreditará la documentación justificativa suficiente para que quede constancia razonable del correcto destino de la subvención. A tal efecto, solicitará al beneficiario la remisión de los justificantes de gasto que elija.2.- Las actividades subvencionadas habrán de estar realizadas antes del día 31 de diciembre del año de su concesión. 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 24/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 24/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnuncio de publicación de la convocatoria de subvenciones de Larrabetzu: Beca para creadores de Larrabetzu "Oier Beldarrain Lazcano". Año 2026.Publicado 01/04/2026