S1590 y S1591 Convocatoria de subvenciones 2026 dirigidas a financiar proyectos de cooperación al desarrollo para la promoción de alianzas estratégicas con países estructuralmente empobrecidos
AUTONOMICA · COMUNITAT VALENCIANA · SECRETARÍA AUTONÓMICA DE FAMILIA Y SERVICIOS SOCIALES
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
XXXX - TODO EL MUNDO
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cooperación internacional para el desarrollo y cultural
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- 31/03/2026
- Fin de solicitudes
- 30/04/2026
- Registro en BDNS
- 25/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 30/03/2026
Texto oficial de apertura: Al día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el DOGV
Texto oficial de cierre: 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Entidades beneficiarias
Podrán ser entidades beneficiarias de estas subvenciones los agentes de la cooperación internacional al desarrollo relacionados en el artículo 21 de la Ley 18/2017, de cooperación al desarrollo sostenible.
Las entidades establecidas en el apartado anterior, para ser beneficiarias, constituirán una agrupación sin personalidad jurídica propia, en la que se integrarán actores diversos, de naturaleza pública o privada de la Comunitat Valenciana y del país de ejecución del proyecto. Esta agrupación se denominará consorcio de cooperación al desarrollo.
Segundo. Objeto
1. Convocar las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva y con cargo a los créditos del Presupuesto para 2025 de la Generalitat, prorrogado a 2026, para la financiación de gastos corrientes y de inversión, de proyectos de cooperación al desarrollo para la promoción de alianzas estratégicas con países estructuralmente empobrecidos
Tercero. Actuaciones subvencionables
a) Actuaciones de cooperación económica que propicien el emprendimiento social para generar nuevas actividades productivas, crear empleo y contribuir a la reducción de la pobreza y la cohesión social mediante el fortalecimiento del tejido económico y productivo locales.
b) Actuaciones de cooperación técnica que contemplen asociaciones a largo plazo con el personal profesional y la población beneficiaria de los países socios, para su cualificación, aprendizaje, acompañamiento o formación continua.
Se entiende por actuaciones de cooperación técnica aquellas acciones de transferencia de conocimiento y asistencia tecnológica destinadas a mejorar la capacitación para el uso y desarrollo de procesos técnicos operativos y organizacionales en sectores públicos o privados
c) Actuaciones de investigación para el desarrollo dirigidas a la generación de conocimiento para la búsqueda de soluciones innovadoras y transformadoras del territorio con un enfoque en el desarrollo humano sostenible.
Cuarto. Bases reguladoras
Las bases por las cuales se rige esta convocatoria son las contenidas en la Resolución de 6 de agosto de 2025, de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a financiar proyectos de cooperación al desarrollo para la promoción de alianzas estratégicas con países estructuralmente empobrecidos (DOGV n.º 10183, de 29 de agosto de 2025).
Quinto. Cuantía
1. Esta convocatoria de subvenciones se financiará con cargo a las siguientes líneas de subvención, de los créditos del Presupuesto de la Generalitat para 2025, prorrogado a 2026 según lo previsto en el Decreto 204/2025, de 26 de diciembre, del Consell, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los presupuestos de la Generalitat para 2025, hasta la entrada en vigor de los presupuestos para 2026:
a) Línea S159000000: “Subvención Promoción Alianzas Cooperación al Desarrollo para el impulso de sectores estratégicos valencianos en el exterior” dotada con un importe máximo de 6.575.000 euros, en el capítulo IV, para la financiación de gastos corrientes, en la aplicación presupuestaria G0116. 0302.GE00000.134A00.48101
b) Línea S159100000: “Subvenciones promoción Alianzas Cooperación Internacional al Desarrollo” dotada con un importe máximo de 1.700.000 euros, en el capítulo VII, para la financiación de gastos de capital, en la aplicación presupuestaria G0116. 0302.GE00000.134A00.78101
2. Asimismo, en esta convocatoria se fija una cuantía adicional máxima de 2.000.000 de euros, cuya aplicación a la concesión de las subvenciones reguladas en la misma no requerirá de una nueva convocatoria. La efectividad de la cuantía adicional máxima queda condicionada a la declaración de disponibilidad de crédito y, en su caso, previa aprobación de la modificación presupuestaria procedente en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención. Todo ello, de conformidad con lo que se prevé en el artículo 11 del citado Decreto 77/2019, de 7 de junio, del Consell y en los artículos 56 y 58, apartado 2, letra a, punto cuarto, del RLGS.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes
1. Las solicitudes se presentarán en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el DOGV. El incumplimiento del citado plazo dará lugar a la inadmisión de la solicitud.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 31.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, desde la Dirección General de Inclusión y Cooperación al Desarrollo se prestará asistencia para la presentación electrónica de las solicitudes hasta las 15.00 horas del último día hábil.
2. Cada entidad podrá presentar un máximo de un proyecto. Se podrá presentar otro proyecto en el caso de que, al menos, uno de los dos se ejecute en un país con un Índice de Desarrollo Humano (IDH) inferior a 0.600 puntos.
Séptimo. Otros requisitos
1. Las solicitudes se tramitarán exclusivamente de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat, accediendo al buscador de trámites y servicios en la URL https://www.gva.es/va/inicio/atencion_ciudadano/buscadores/tramites_servicios. También se podrá acceder mediante la página web https://serviciossociales.gva.es/es/. La presentación de la solicitud de forma diferente a la telemática prevista en este apartado determinará la exclusión de la convocatoria.
2. Documentación: la solicitud tendrá que ir acompañada de la documentación preceptiva recogida en el resuelvo 11º de la Resolución y, a efectos de valoración de proyectos, la documentación prevista en el resuelvo 12º de la Resolución.
3. Criterios objetivos de valoración: en la evaluación técnica se deberá obtener un mínimo de 65 puntos sobre 100, distribuidos de acuerdo con los criterios de valoración, desarrollados en el anexo de la convocatoria.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 30/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSRESOL. CORREC. ERRORES publicaciónPublicado 30/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 30/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de 12 de marzo de 2026, de la Conselleria de Servicios Sociales, Familia e Infancia, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2026, para la concesión de subvenciones dirigidas a financiar proyectos de cooperación al desarrollo para la promoción de alianzas estratégicas con países estructuralmente empobrecidos.Publicado 30/03/2026BASESInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.