(1608/2026) CONVOCATORIA PARA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA FINANCIAR ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES REALIZADAS EN EL AÑO 2026 Y LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO PARA SU REUTILIZACIÓN PARA EL CURSO 2026-2027 (CENTROS ENSEÑANZA).
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES241 - Huesca
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
25/03/2026
Publicación en diario oficial
27/03/2026
Texto oficial de apertura: El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente a la publicación en BOP
Texto oficial de cierre: Finalizará transcurrido un mes desde el comienzo del plazo de presentación de solicitudes.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a. de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la página web del Ayuntamiento de Fraga (www.fraga.org).PRIMERO. BENEFICIARIOSPodrán ser beneficiarios de estas subvenciones las asociaciones de padres y madres de alumnos de las Escuelas de Educación Infantil, Colegios e Institutos de Fraga y del Conservatorio e Instituto Musical Municipal siempre que no estén incursos en alguna de las prohibiciones contenidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS).SEGUNDO. OBJETOEl objeto de las presentes Bases es regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, cobro y justificación de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de Fraga a través de la Delegación de Educación, destinadas a las Asociaciones de madres, y padres de alumnos de Fraga, dedicadas a las actividades extraescolares y para financiar la adquisición para la reutilización de libros de texto o licencias digitales para el curso escolar.TERCERO. BASES REGULADORASBases Reguladoras para la concesión de subvenciones por concurrencia competitiva, aprobadas y publicadas en el Boletín Oficial de la provincia de Huesca nº 13 de 21 de enero de 2026.CUARTO. CUANTÍAEl presupuesto máximo que se destinará a financiar actividades extraescolares será de cinco mil novecientos cuarenta euros (5.940 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 083/323/48000, cinco mil sesenta euros (5.060 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 083/324/48000, del presupuesto del ejercicio 2026. Las subvenciones para actividades extraescolares no excederán del 80% del coste total del proyecto, Amypas de colegios hasta 80 alumnos con un límite máximo de ayuda de 200€ y Amypas de colegios de más de 80 alumnos con un límite máximo de ayuda de 2.500€. El presupuesto máximo que se destinará a la adquisición de libros de texto o la adquisición de licencias digitales será de dos mil ciento sesenta euros (2.160 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 083/323/48000, mil ochocientos cuarenta euros (1.840 €) cargo a la aplicación presupuestaria 083/324/48000, del presupuesto del ejercicio 2026. Las subvenciones para adquisición de libros de texto o licencias digitales no excederán del 80% del coste total del proyecto, con un límite máximo de ayuda de 900€.QUINTO. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.El plazo de presentación de las solicitudes empezará a partir del día siguiente al de la publicación en el BOPH de las presentes Bases, y finalizará transcurrido un mes desde el comienzo del plazo de presentación. SEXTO. OTROS DATOS.Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación relacionada en la cláusula quinta de la convocatoria.