Convocatoria de subvenciones de concurrencia competitiva para la Gestión Forestal y la Prevención de Incendios Forestales EJERCICIO 2026
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE VALENCIA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Agricultura, Pesca y Alimentación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 30/04/2026
- Registro en BDNS
- 26/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 07/04/2026
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP
Texto oficial de cierre: Finaliza el 30 de abril de 2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios.
Podrán optar a estas ayudas los municipios con terrenos forestales en sus términos municipales de la provincia de Valencia, que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria.
En la modalidad A podrán optar a la subvención los municipios de menos de 20.000 habitantes, con terrenos forestales en sus términos municipales, que tengan un mínimo de 25 hectáreas de titularidad forestal municipal.
En la modalidad B podrán optar a la subvención los municipios con terrenos forestales que tengan aprobados por la Conselleria competente el correspondiente Plan Local de Prevención de Incendios Forestales (PLPIF) o, en su caso, un Plan Local Reducido de Prevención de Incendios Forestales (PLRPIF), cualquiera que sea su población. La aprobación del referido Plan deberá ser anterior a la última actualización publicada por la Generalitat Valenciana a fecha 15 de enero de 2026:https://mediambient.gva.es/es/web/prevencion-de-incendios/planes-locales-de-prevencion-de-incendios-aprobados .
Segundo. Objeto.
Actuaciones en materia de gestión forestal y prevención de incendios forestales en el ejercicio 2026.
Se establecen dos modalidades:
A. Actuaciones de gestión forestal: Inversiones de conservación, mantenimiento, mejora y aprovechamiento forestal, en terrenos forestales de titularidad municipal, con la limitación de que no se podrán solicitar actuaciones iguales a las que hayan sido subvencionadas en alguna de las cinco convocatorias anteriores de estas ayudas, o en las ayudas de concesión directa destinadas a la prevención de catástrofes ejercicio 2025.
B. Actuaciones de prevención de incendios forestales: Inversiones contempladas dentro del Plan Local de Prevención de Incendios Forestales (PLPIF/PLRPIF) que tenga aprobado el municipio solicitante, con la limitación de que no se podrán solicitar actuaciones iguales a las que hayan sido subvencionadas en alguna de las cinco convocatorias anteriores de estas ayudas, o en las ayudas de concesión directa destinadas a la prevención de catástrofes ejercicio 2025.
Tercero. Bases reguladoras.
Se establecen en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valencia, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia número 101, de fecha 29 de mayo de 2017, y sus modificaciones (BOP núm. 174 de 8 de septiembre de 2017, BOP núm. 185 de 24 de septiembre de 2020 y BOP núm.107, de 5 de junio de 2023) y por acuerdo plenario de 4 de diciembre de 2024 (BOP nº 24, de 05/02/2025).
Cuarto. Financiación y cuantía.
El importe total disponible asciende a 8.000.000 € distribuidos de la siguiente manera en el presupuesto de gastos del ejercicio 2026:
- 2.000.000 € con cargo a la aplicación 701 17005 76200
- 6.000.000 € con cargo a la aplicación 701 17200 76200
Quinto. Plazo de presentación.
Será hasta el 30 de abril de 2026, iniciándose partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de València (BOP) a través de la Base de datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
Sexto. Pago de la subvención
De acuerdo con lo que se prevé en el artículo 33 de la OGS de la Diputación de Valencia, se realizarán los siguientes pagos a cuenta:
• El 85% del importe de la adjudicación se abonará una vez se haya publicado el acuerdo de concesión, excepto renuncia expresa que deberá comunicarse en el plazo de 10 días desde la publicación de la concesión.
• El 15% restante se abonará tras la aprobación de la justificación.
Séptimo. Plazo y forma de justificación
El plazo para la ejecución de las actuaciones subvencionadas finaliza a los 16 meses desde el día siguiente a la publicación del acuerdo de concesión., y la justificación se deberá aportar en el plazo máximo de dos meses desde la finalización del plazo de ejecución de la actividad.
Bases y documentación
Convocatoria GFPIF 2026Publicado 26/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 26/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la convocatoria de Subvención para la gestión forestal y la prevención de incendios forestales 2026, aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación de Valencia de fecha 24 de marzo de 2026Publicado 07/04/2026Convocatoria de subvenciones de concurrencia competitiva para la Gestión Forestal y la Prevención de Incendios Forestales EJERCICIO 2026Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.