Plazo no verificadoBDNS 895402
Orden de 12 de marzo de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a entidades locales de Galicia, para el equipamiento y mejora de las instalaciones y locales utilizados
AUTONOMICA · GALICIA · CONSELLERÍA DE CULTURA, LENGUA Y JUVENTUD
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 08:55 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES11 - GALICIA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 01/04/2026
- Fin de solicitudes
- 30/04/2026
- Registro en BDNS
- 26/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 31/03/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
EXTRACTO de la Orden de 12 de marzo de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a entidades locales de Galicia, para el equipamiento y mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales, y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento CT211B).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3. b) y 20.8. a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/xxxx
Primero. Entidades beneficiarias
Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones previstas en esta convocatoria los ayuntamientos de Galicia, mediante solicitud individual o mediante gestión compartida, a través de la solicitud conjunta de agrupación o asociación de ayuntamientos, las mancomunidades de ayuntamientos y consorcios locales de Galicia constituidos exclusivamente por ayuntamientos; asimismo, podrán ser beneficiarias las entidades resultantes de una fusión municipal.
Las entidades relacionadas deberán ser titulares de los locales culturales para los que se solicitan las ayudas, y los locales culturales deberán contar con una programación cultural estable a lo largo del año o prestar un servicio público cultural de carácter continuado, excepto en caso de locales cuyo proyecto suponga la puesta en funcionamiento de los mismos.
Segundo. Objeto y finalidad
Esta orden tiene como objeto el establecimiento de las bases reguladoras y la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones destinadas a la mejora y equipamiento de las instalaciones y locales culturales de entidades locales de Galicia destinados a actividades de carácter cultural, conforme al procedimiento que en la orden.
La Consellería de Cultura, Lengua y Juventud, a través de la convocatoria de esta línea de ayudas, pretende continuar con la labor de mejorar la infraestructura de los equipamientos culturales a fin de dotar de los medios necesarios para que las entidades locales comprometidas con la acción cultural puedan ejecutar sus programas culturales, así como contar con las oportunas infraestructuras que les permitan la adecuada realización de las actividades culturales que promuevan, garantizando el servicio público que prestan a la ciudadanía.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 12 de marzo de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a entidades locales de Galicia, para el equipamiento y mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales, y se procede a su convocatoria para el año 2026.
Cuarto. Importe
Para la concesión de las subvenciones convocadas se destinará un crédito total de 500.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 13.03.432B.760.0.
La ayuda máxima por entidad local beneficiaria que concederá la consellería será de 30.000 €, que en ningún caso podrá exceder del 90 % del presupuesto total del proyecto subvencionable. Este importe de 30.000 € ascenderá a 35.000 € cuando se trate de solicitudes realizadas por agrupaciones de ayuntamientos, mancomunidades, consorcios locales y entidades resultantes de una fusión.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Las entidades locales relacionadas en el artículo 2 de la orden de convocatoria que deseen acogerse a estas ayudas deberán presentar la correspondiente solicitud en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. En todo caso, siempre estarán excluidos del cómputo los sábados, domingos y los declarados festivos.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3. b) y 20.8. a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/xxxx
Primero. Entidades beneficiarias
Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones previstas en esta convocatoria los ayuntamientos de Galicia, mediante solicitud individual o mediante gestión compartida, a través de la solicitud conjunta de agrupación o asociación de ayuntamientos, las mancomunidades de ayuntamientos y consorcios locales de Galicia constituidos exclusivamente por ayuntamientos; asimismo, podrán ser beneficiarias las entidades resultantes de una fusión municipal.
Las entidades relacionadas deberán ser titulares de los locales culturales para los que se solicitan las ayudas, y los locales culturales deberán contar con una programación cultural estable a lo largo del año o prestar un servicio público cultural de carácter continuado, excepto en caso de locales cuyo proyecto suponga la puesta en funcionamiento de los mismos.
Segundo. Objeto y finalidad
Esta orden tiene como objeto el establecimiento de las bases reguladoras y la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones destinadas a la mejora y equipamiento de las instalaciones y locales culturales de entidades locales de Galicia destinados a actividades de carácter cultural, conforme al procedimiento que en la orden.
La Consellería de Cultura, Lengua y Juventud, a través de la convocatoria de esta línea de ayudas, pretende continuar con la labor de mejorar la infraestructura de los equipamientos culturales a fin de dotar de los medios necesarios para que las entidades locales comprometidas con la acción cultural puedan ejecutar sus programas culturales, así como contar con las oportunas infraestructuras que les permitan la adecuada realización de las actividades culturales que promuevan, garantizando el servicio público que prestan a la ciudadanía.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 12 de marzo de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a entidades locales de Galicia, para el equipamiento y mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales, y se procede a su convocatoria para el año 2026.
Cuarto. Importe
Para la concesión de las subvenciones convocadas se destinará un crédito total de 500.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 13.03.432B.760.0.
La ayuda máxima por entidad local beneficiaria que concederá la consellería será de 30.000 €, que en ningún caso podrá exceder del 90 % del presupuesto total del proyecto subvencionable. Este importe de 30.000 € ascenderá a 35.000 € cuando se trate de solicitudes realizadas por agrupaciones de ayuntamientos, mancomunidades, consorcios locales y entidades resultantes de una fusión.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Las entidades locales relacionadas en el artículo 2 de la orden de convocatoria que deseen acogerse a estas ayudas deberán presentar la correspondiente solicitud en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. En todo caso, siempre estarán excluidos del cómputo los sábados, domingos y los declarados festivos.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 26/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSOrden de 12 de marzo de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a entidades locales de Galicia, para el equipamiento y mejora de las instalaciones y locales utilizados Publicado 26/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSOrde do 12 de marzo de 2026 pola que se establecen as bases reguladoras para a concesión, en réxime de concorrencia competitiva, de subvencións a entidades locais de Galicia, para o equipamento e a mellora das instalacións e locais utilizados Publicado 26/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 26/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSOrden de 12 de marzo de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a entidades locales de Galicia, para el equipamiento y mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales, y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento CT211B).Publicado 31/03/2026Orde do 12 de marzo de 2026 pola que se establecen as bases reguladoras para a concesión, en réxime de concorrencia competitiva, de subvencións a entidades locais de Galicia, para o equipamento e a mellora das instalacións e locais utilizados para a realiInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.