Plazo no verificadoBDNS 895511
SUBVENCIONES EN MATERIA DE FIESTAS DE BARRIO AÑO 2026
LOCAL · ALCAUDETE · AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 08:57 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES616 - Jaén
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 31/03/2026
- Fin de solicitudes
- 29/04/2026
- Registro en BDNS
- 26/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 30/03/2026
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP
Texto oficial de cierre: 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Extracto de la Resolución de Alcaldía n.º 2026-0266 de fecha 23/03/2026 por la que se convocan las Subvenciones en Materia de Fiestas de Barrio, ejercicio 2026 por el procedimiento de concurrencia competitiva. Primero. Requisitos y obligaciones de los/as SolicitantesPodrán solicitar aportaciones o subvenciones los representantes de las Asociaciones y Cofradías Patronales, que organicen la Verbena o Fiesta del Patrón o Patrona Mayor dentro del municipio de Alcaudete, que no tengan concedidas subvenciones para el mismo fin y cumplan con los siguientes requisitos y obligaciones:-REQUISITOS : se deberá acreditar, mediante Declaración responsable (Anexo II) las siguientes circunstancias:a) Que la entidad solicitante no incurre en ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.b) Que la entidad solicitante se halla al corriente del cumplimiento de su obligación fiscal con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social, la Junta de Andalucía y la Hacienda Local (en este últimno caso se comprobará de oficio). El resto se deberán justificar mediante la aportación de los documentos y certificados acreditativos, junto a la solicitud.Cuando la entidad beneficiaria sea deudora de la Hacienda Local con motivo de una deuda vencida, líquida y exigible, la Alcaldesa podrá acordar la compensación, previa solicitud.c) Que la entidad solicitante no tiene ninguna subvención de años anteriores de este Excmo. Ayuntamiento pendiente de justificar.d) Que la entidad solicitante no ha obtenido otra ayuda para el mismo fin. Segundo. Aplicación presupuestaria y cuantía.Los créditos presupuestarios a los que se imputan las subvenciones son los correspondientes a la Partida Presupuestaria 2026-338-48000 denominada “Subvención Fiestas de Barrio a familias e instituciones sin fines de lucro” con una cuantía total máxima de 10.000 euros para esta Convocatoria. Tercero. Plazo de Presentación de Solicitudes, Subsanación y Documentación a remitir.Las solicitudes se formularán en los modelos que figuran como anexos de esta convocatoria y que estarán disponibles en la página web del Excmo. Ayuntamiento de Alcaudete (www.alcaudete.es).El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén.La ejecución de las actividades, programas y proyectos a subvencionar objeto de la presente convocatoria se extenderá desde el día 1 de Mayo de 2026 hasta el 31 de Diciembre de 2026. Cuarto. Otros datos de interésPara la concesión de la subvención se tomarán como criterios básicos de valoración los siguientes:1.- Que el objetivo social y las actividades a desarrollar por las Asociaciones o Entidades Ciudadanas sean complementarias con respecto a las competencias y actividades Municipales. Si se realiza Verbena con la existencia de actuaciones musicales y se instala barra de bar el proyecto tendrá la máxima puntuación en este apartado. (De 0 a Máximo 5 puntos).2.- Nº de población destinataria de la actividad a realizar. (De 0 a Máximo: 1,5 puntos).3.- El importe de gasto justificable a realizar. (De 0 a Máximo: 2,5 puntos).4.- Número de verbenas existentes por núcleo poblacional. Valorando a la asociación perteneciente al nucleo poblacional de mayor número de verbenas con 1 punto, y el resto de asociaciones tendrán una puntuación proporcional al número de verbenas existentes en el núcleo de poblacion al que pertenezcan.Todos aquellos proyectos que no alcancen un mínimo de 5 puntos quedarán excluidos.La cantidad a subvencionar a cada entidad será el resultado de la puntuación asignada a cada proyecto en proporción a la cantidad total a subvencionar: 10.000,00 euros, teniendo en cuenta que el IMPORTE MÁXIMO A SOLICITAR POR CADA ENTIDAD NO DEBE SER SUPERIOR A 2.000,00 euros, no valorando aquellas solicitudes de cuantía superior a la establecida en estas bases y considerando que se establecerán dos segmentos de valoración, que son los siguientes:1.- Entre 5 y hasta 8 puntos, un máximo de 1.000 €2.- Entre 8,01 a 10 puntos, un máximo de 2.000 €Asignando la cuantía económica proporcional a los proyectos valorados en cada uno de los segmentos de puntuación.
Bases y documentación
Decreto Concesiones de subvenciones en materia de Fiestas de Barrio ejercicio 2026Publicado 29/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 29/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la convocatoria de Subvenciones en materia de Fiestas de Barrio, ejercicio 2026.Publicado 30/03/2026BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES EN MATERIA DE FIESTAS DE BARRIO AÑO 2026Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.