Plazo no verificadoBDNS 895592
SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR FERIAS, CICLOS Y FESTIVALES ARTÍSTICOS ORGANIZADOS POR ENTIDADES PRIVADAS NO LUCRATIVAS DEL SECTOR CULTURAL, QUE TIENEN SU ÁMBITO DE ACTUACIÓN DENTRO DE LA DEMARCACIÓN DE LA DIPUTACIÓN DE BARCELONA 2026
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE BARCELONA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BARCELONA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 09:00 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES511 - Barcelona
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 22/04/2026
- Registro en BDNS
- 26/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 31/03/2026
Texto oficial de apertura: El día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPB
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
El texto íntegro de la convocatoria y los modelos normalizados de solicitud y justificación de las subvenciones se puede encontrar en http://www.diba.cat/web/cultura/subvencions. Primero. Beneficiarios. Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos: Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.Realizar la actividad que justifica el otorgamiento de la subvención.Organizar eventos artísticos que cumplan las prescripciones y requisitos establecidos en la base 2 de la convocatoria.No encontrarse en ninguna de las prohibiciones recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS).Requisitos específicos por modalidad:Modalidades A y B: las personas jurídicas privadas no lucrativas deben tener el domicilio social en un municipio de la demarcación de la Diputación de Barcelona.Modalidad C: las personas jurídicas privadas no lucrativas deben tener el domicilio social en un municipio de Cataluña. Las sociedades cooperativas pueden ser beneficiarias siempre que cumplan los requisitos previstos en el artículo 144 de la Ley 12/2015, de 9 de julio, de Cooperativas. No pueden ser beneficiarias y, por tanto, serán desestimadas las solicitudes presentadas por: entidades que desarrollen actividades de carácter mercantil, oentidades mercantiles, en cualquier forma jurídica, por considerarse entidades con ánimo de lucro. Segundo. Objeto. Objeto.- Regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, justificación y pago de las subvenciones que otorgue la Diputación de Barcelona a través de la Oficina de Difusión Artística de la Gerencia de Servicios de Cultura destinadas a financiar ferias, ciclos y festivales artísticos, organizados por entidades privadas no lucrativas del sector cultural, en el ámbito profesional de las artes escénicas, la música, el cine, las artes visuales, la arquitectura y/o la literatura, que se celebren en los municipios de la demarcación de Barcelona (excepto la ciudad de Barcelona) durante el año 2026. Finalidad. - Impulsar proyectos artísticos estables, profesionalizados y de interés público que contribuyan a: fomentar la creación y exhibición artística profesional,ampliar y diversificar los públicos culturales,reforzar la cohesión territorial y el acceso a la cultura,promover la participación comunitaria y la inclusión social,incorporar criterios de equidad de género, sostenibilidad social y sostenibilidad ambiental,favorecer el fortalecimiento del tejido cultural y la colaboración entre agentes. Definición de proyecto artístico profesional. - A efectos de esta convocatoria se entiende por actividad artística profesional aquella realizada por creadores, intérpretes, formaciones y compañías que: perciben remuneración por su actividad,pueden acreditar formación o trayectoria reconocida dentro de su ámbito, yprograman habitualmente en circuitos profesionales de espacios escénicos y temporadas del territorio más allá del ámbito local. Modalidades objeto de soporte. - Modalidad A: Ferias artísticas de referencia Se considera feria artística de referencia la que tiene carácter excepcional como muestra representativa de la cultura a nivel territorial y nacional, con una dirección artística profesional y que ofrece un conjunto de manifestaciones artísticas profesionales muy especializadas en un género o temática concreta. Para optar a esta modalidad, la feria debe cumplir los siguientes requisitos: Programar mínimo 25 propuestas artísticas profesionales diferenciadas.Incluir actividades dirigidas a profesionales del sector y fomentar la contratación artística.Desarrollarse exclusivamente en municipios de la demarcación de Barcelona, excepto Barcelona ciudad.Tener un presupuesto mínimo de 350.000€.Acreditar 15 años de trayectoria consecutiva en la provincia de Barcelona (sin contar la edición 2026). Se permite hasta dos ediciones no consecutivas si la suspensión fue motivada por las restricciones derivadas de la COVID-19.Contar con la colaboración explícita de los entes locales donde tiene lugar el evento.Haber alcanzado un mínimo de 10.000 asistentes presenciales en la última edición. Modalidad B: Festivales artísticos de referencia Se considera festival de referencia el que tiene un carácter excepcional como muestra representativa de la cultura a nivel territorial y nacional, con el objetivo de dinamizar, impulsar, fomentar y difundir un conjunto de manifestaciones artísticas profesionales muy especializadas en un género o temática concreta, y con una dirección artística profesional. Para optar a esta modalidad, el festival debe cumplir los siguientes requisitos: Programar mínimo 10 propuestas artísticas profesionales, contabilizando sólo las actividades realizadas en los municipios de la demarcación (excepto Barcelona ciudad).Incorporar programas sociales, actividades educativas o acciones de dinamización de públicos.Desarrollarse mayoritariamente en municipios de la demarcación de Barcelona, excepto Barcelona ciudad.Tener un presupuesto mínimo de 120.000€, considerando sólo el presupuesto de gastos de las actividades de la demarcación.Acreditar 5 años de trayectoria consecutiva en la provincia de Barcelona (sin contar en 2026).Contar con la colaboración explícita de los entes locales en los que se celebra el festival.Haber alcanzado un mínimo de 2.000 asistentes presenciales en la última edición. En esta modalidad sólo se subvencionará el festival que obtenga mayor puntuación dentro de un género o temática concreta. Modalidad C: Ciclos y festivales artísticos Se considera ciclo o festival artístico el proyecto que forma una unidad programática en uno o varios ámbitos profesionales de la creación, celebrado en un período determinado en uno o varios municipios, y con objetivos claros y definidos. Para optar a esta modalidad, el ciclo o festival debe cumplir los siguientes requisitos: Programación mínima, sólo se contabilizará la programación realizada en los municipios de la demarcación (excepto Barcelona ciudad):Música: 6 conciertos.Artes escénicas: 6 funciones.En breves representaciones (< 30 min) o lecturas dramatizadas, dos piezas equivalen a una función.Artes visuales y arquitectura: 4 exposiciones y/o intervenciones.Audiovisual: 8 largometrajes.En cortometrajes (
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 26/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 26/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DEL ACUERDO DE 26 DE MARZO DE 2026 DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA DIPUTACIÓN DE BARCELONA POR EL QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA Y LAS BASES ESPECIFICAS PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS A FINANCIAR FERIAS, CICLOS Y FESTIVALES ARTÍSTICOS ORGANIZADOS POR ENTIDADES PRIVADAS NO LUCRATIVAS DEL SECTOR CULTURAL, QUE TIENEN SU ÁMBITO DE ACTUACIÓN DENTRO DE LA DEMARCACIÓN DE LA DIPUTACIÓN DE BARCELONA ( A EXCEPCIÓN DE LA CIUDAD DE BARCELONA)Publicado 31/03/2026Ordenanza General de SubvencionesInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.