Convocatoria de subvenciones destinadas a entidades locales para yacimientos arqueológicos visitables 2026
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE VALENCIA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 27/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 07/04/2026
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente al de publicación del extracto de convocatoria en el BOP
Texto oficial de cierre: 15 días hábiles a partir del día siguiente al de publicación del extracto de convocatoria en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Podrán acogerse a esta convocatoria de subvenciones los ayuntamientos de la provincia de Valencia que disponen de yacimientos arqueológicos visitables de época prehistórica e ibérica situados en su municipio.Segundo. Objeto
De acuerdo con lo previsto en los artículos 1.2.1 (realización de actividades culturales) y 1.2.3 (actividades museográficas y de difusión del patrimonio) de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valencia, el objeto de estas subvenciones es el mantenimiento de los servicios de visitas turísticas y didácticas a yacimientos arqueológicos visitables situados en su municipio, el mantenimiento de su museización y el diseño y la realización de actividades de difusión del patrimonio arqueológico.Tercero. Bases reguladoras
La Ordenanza General de Subvenciones (OGS) de la Diputación de Valencia, aprobada por acuerdo del Pleno de 28 de marzo de 2017, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP) núm. 101, de 29 de mayo de 2017, cuyo texto consolidado puede consultarse, a título informativo, en el apartado de subvenciones del portal de transparencia de la Diputación de Valencia.Cuarto. Financiación y cuantía
El gasto de la convocatoria, por un importe total de 140.000 euros, se hará efectiva con cargo a la aplicación presupuestaria 301.33301.46200 del Presupuesto de la Diputación de Valencia del ejercicio 2026.
No se exige financiación propia. No obstante, las beneficiarias podrán complementar la subvención concedida con recursos financieros propios o procedentes de otras vías de financiación legalmente admitidas, a fin de atender aquellos gastos que excedan del importe subvencionado o que no queden cubiertos por la cuantía finalmente otorgada.
La determinación de la cuantía individual se hará conforme a la puntuación obtenida al aplicar los criterios de concesión que figuran en la convocatoria, según los datos expuestos por los municipios solicitantes en su proyecto.Quinto. Presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este extracto de la convocatoria en el BOP.Sexto. Otros datos
Las solicitudes, dirigidas al presidente de la Diputación, se presentarán en la sede electrónica de la Diputación de Valencia (www.sede.dival.es), en la carpeta de Ayuntamientos. En estas se declarará responsablemente que la entidad no está incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria, previstas en el artículo 13 de la LGS y en el artículo 6 de la OGS. En el caso de que se presenten en plazo varias solicitudes se entenderá como válida la presentada en última instancia.
A la solicitud se adjuntará la documentación siguiente:
a) Proyecto de actividades, redactado y firmado por personal técnico competente, que ha de incluir, de manera expresa, al menos los siguientes extremos:
- Descripción del proyecto con referencia al yacimiento o yacimientos objeto de atención y a los elementos que lo convierten en visitable.
- Referencia expresa a los datos que permiten valorar el proyecto de acuerdo con todos los criterios establecidos en la cláusula Novena.
- El programa de actividades a realizar.
- El calendario de realización previsto.
- La identificación de las personas beneficiarias finales.
- Los resultados que se pretenden obtener (objetivos) y la forma de medir estos resultados (indicadores y metodología).
b) Presupuesto detallado y desglosado por conceptos, que deberá contener la previsión completa de gastos y la previsión completa de ingresos del proyecto de actividades, debidamente equilibrados entre sí, de modo que el importe total de los ingresos coincida con el importe total de los gastos.
c) Certificado de la Secretaría o de la Intervención municipal en el cual se haga constar los importes y el concepto que, en el ejercicio anterior a la convocatoria, se han destinado al mantenimiento del servicio de visitas o para la mejora de las condiciones de conservación o puesta en valor de los yacimientos. El certificado también ha de especificar la procedencia de las aportaciones realizadas al proyecto durante el ejercicio anterior, incluyendo los recursos municipales propios y los ingresos por el precio público de las visitas.
d) Documento de autoberamación elaborado de acuerdo con los criterios de concesión detallados en la cláusula Novena de la convocatoria y siguiendo el modelo que figura en el anexo II.
No se admite la reformulación de las solicitudes.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 24/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnuncio de la Diputación de Valencia, sobre extracto del decreto de la Presidencia núm. 3807, de 27 de marzo de 2026, por el que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a entidades locales para yacimientos arqueológicos visitables 2026Publicado 07/04/2026Convocatoria de subvenciones destinadas a entidades locales para yacimientos arqueológicos visitables 2026Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.