Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
- Inicio de solicitudes
- 22/04/2026
- Fin de solicitudes
- 14/05/2026
- Registro en BDNS
- 27/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 21/04/2026
Texto oficial de apertura: Día siguiente a publicación de la convocatoria en BOP Ourense
Texto oficial de cierre: Quince días hábiles, desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. ObjetoEl objecto de esta convocatoria es la regulación del procedemento para la concesión de subvenciones, por parte do Ayuntamiento do Barco de Valdeorras, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a AMPAS y entidades culturales sin ánimo de lucro que:Estén legalmente constituidas para el desarrollo de su actividad cultural.Tengan su domicilio social en este término municipal al igual que sus instalaciones (propias o no) donde realicen habitualmente su práctica cultural.Estén desarrollando trabajo específico desarrollando actividades de promoción y cooperación cultural, así como difusión y animación sociocultural que contribuyan a la difusión y promoción de la cultura gallega en este Ayuntamiento, y redunden en beneficio de la ciudadanía durante el curso 2025-2026.Segundo. BeneficiariosPodrán ser beneficiarios de esta subvención las AMPAS y las entidades culturales que reúnan los requisitos establecidos a continuación:Estar legalmente constituidas y que figuren inscritas en el caso de las AMPAS en Registro de Asociaciones de Galicia, y en el caso de las entidades culturales en el Registro Oficial de Entidades Culturales de la Comunidad Autónoma de Galicia.Tener su domicilio social en el término municipal de O Barco de Valdeorras.Realizar habitualmente su actividad principal en instalaciones (sean o no de su propiedad), dentro del término municipal de O Barco de Valdeorras.Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Hacienda Autonómica, Tesorería General de la Seguridad Social y el Ayuntamiento de O Barco de Valdeorras, respectivamente.No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria de las subvenciones previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y el artículo 13 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones.Tener debidamente justificados los gastos correspondientes a subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de O Barco de Valdeorras.Tercero. ImporteLa dotación económica de esta ayuda queda establecida para el ejercicio 2026 en las siguientes cantidades, en la aplicación presupuestaria 340/48900 dentro de los créditos disponibles:AMPAS: 4.410€ Entidades culturales: 12.500€Cuarto. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo improrrogable de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.Quinto. Bases reguladorasLas bases reguladoras de esta convocatoria que se incluyen en la propia convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense.Sexto. Otros datos de interésProcedimiento de concesión: concorrencia competitiva.Criterios de valoración: Los criterios de valoración para las AMPAS serán los siguientes:Según las actividades propuestas (por cada actividad, si se trata de una actividad tradicional gallega, si se trata de una actividad permanente (a lo largo del curso), si se trata de una actividad no permanente o puntual, utilización del gallego para su difusión y por número de participantes). Según la calidad del proyecto (por la repercusión de las actividades en la comunidad, implicación de los miembros de toda la comunidad educativa, de otras entidades, asociaciones u otros centros, por la inclusión de actividades innovadoras o que promuevan la sostenibilidad ambiental, por actividades que promuevan la cultura gallega o el patrimonio histórico, artístico, cultural o natural de Galicia, por actividades de integración del alumnado con diversidad funcional o con necesidades especiales). Número de socios. Página web, facebook y redes sociales. Los criterios de valoración para las ENTIDADES CULTURALES serán los siguientes:Según las actividades propuestas (por cada actividad, si se trata de una actividad tradicional gallega, si se trata de una actividad permanente (a lo largo del curso), si se trata de una actividad no permanente o puntual, utilización del gallego para su difusión y por número de participantes). Según la calidad del proyecto (por la repercusión de las actividades en la comunidad, implicación de los miembros de toda la comunidad educativa, de otras entidades, asociaciones u otros centros, por la inclusión de actividades innovadoras o que promuevan la sostenibilidad ambiental, por actividades que promuevan la cultura gallega o el patrimonio histórico, artístico, cultural o natural de Galicia, por actividades de integración del alumnado con diversidad funcional o con necesidades especiales). Número de socios. Página web, facebook y redes sociales. Grupos artísticos dependientes de la entidad.Compatibilidad: SiO Barco de Valdeorras, en la fecha de la firma electrónicaEl alcalde,