Plazo no verificadoBDNS 895996
CONCURSO DE PRIMAVERA DE PINTURA RAPIDA CHAMBERI 2026
LOCAL · MADRID · DISTRITO DE CHAMBERÍ
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 09:07 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES300 - Madrid
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 30/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 28/04/2026
Texto oficial de apertura: DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL BOCM
Texto oficial de cierre: 10 DIAS HABILES
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Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).Objeto y ámbito de la convocatoria.El Distrito de Chamberí convoca el Concurso DE PRIMAVERA DE PINTURA RÁPIDA Del Distrito de Chamberí 2026, dirigido a todas las personas con habilidades e interés en la pintura, que deseen participar.Con el fin de promover la participación de todas las personas aficionadas a la pintura, no podrán resultar ganadores en el presente certamen los mayores de 18 años que hubiesen resultado elegidos como ganadores en cualquiera de los certámenes de pintura rápida convocados por el Distrito de Chamberí en los últimos veinticuatro mesesRégimen jurídico aplicable.El concurso se regirá por lo establecido en la presente convocatoria y en la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de fecha 30 de octubre de 2013, modificada por la Ordenanza 3/2023, de 28 de noviembre, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 296.En su defecto, se regulará por lo dispuesto en la citada Ordenanza, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 6 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de estas subvenciones, no resulte aplicable.Crédito presupuestario e importe del premio.El importe de los premios de este concurso asciende a 2.000 euros imputables a la aplicación presupuestaria 001/207/334.01/482.03 “Actividades culturales/premios”.Se establecen tres premios monetarios para los tres primeros clasificados:-Primer clasificado: un premio de MIL EUROS (1.000 euros).-Segundo clasificado: un premio de SETECIENTOS EUROS (700 euros).-Tercer clasificado: un premio de TRESCIENTOS EUROS (300 euros).La cuantía de cada uno de estos premios no podrá ser dividida en modo alguno.El jurado podrá determinar que cualquiera de los premios quede desierto.Requisitos de participación.Podrán participar todas las personas de nacionalidad española y extranjeros residentes en España, que acrediten tener 18 años cumplidos en la fecha de celebración del concurso.A lo largo de la jornada, se solicitará la presentación de la documentación identificativa para poder acreditar la identidad de los participantes.No podrán participar en la convocatoria las personas que, cumpliendo los requisitos específicos, estén incursos en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.La solicitud conlleva la autorización para que el órgano instructor pueda obtener la información de consulta y verificación de los datos de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), la Agencia Tributaria de Madrid y la Seguridad Social.En el supuesto de que la persona solicitante no autorice la verificación de los datos mencionados, deberá aportar la correspondiente certificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 22.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.No obstante, tratándose de un importe que no supera los 3.000 euros, dichas certificaciones podrán ser sustituidas por una declaración responsable.La solicitud incluirá la declaración por parte de la persona solicitante de que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones en la forma establecida en el artículo 33 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismo Público, así como de no estar incursos en alguna de las causas señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 27 del reglamento que la desarrolla.En caso de resultar premiado, deberá haber autorizado la consulta o aportar los certificados referidos.En todo caso, no se podrá exigir la presentación de documentos o la aportación de datos que ya estén en poder de las Administraciones Públicas. A estos efectos, el solicitante deberá declarar en qué administración, institución pública u órgano administrativo consta el dato o la documentación original.Lugar, condiciones y plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de Madrid durante el plazo de diez días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid:a) Electrónicamente (en línea), accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento (https://sede.madrid.es). En ese caso deberá utilizar alguno de los sistemas de identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.b) Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (sólo personas físicas).El modelo de solicitud estará disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es).No serán admitidas las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido en la presente convocatoria.Una vez inscritos los participantes, el día de la celebración del concurso deberán personarse en el Centro Cultural Galileo de 8 a 9 horas, a fin de indicar el lugar exacto en el que se ubicará el artista, sellando el soporte a utilizar para verificar que la obra se realiza cumpliendo con las presentes bases.El jurado podrá recorrer las diferentes ubicaciones en las que se encuentren los participantes a fin de verificar el correcto desarrollo del concurso.No se admitirá ninguna obra que no reúna estas condiciones de sellado.Composición de las obras y criterios de valoración.El tamaño de la obra será libre, en formato vertical u horizontal.La obra se realizará en cualquier soporte y los materiales utilizables podrán ser pastel, óleo, acrílico, acuarela, entre otros, y técnicas mixtas de entre las anteriores.La temática versará en torno al Distrito de Chamberí y a sus gentes, así como al entorno, calles, plazas, fuentes, parques, monumentos, etc., y la técnica y el estilo serán libres.El jurado valorará las obras según los siguientes criterios y puntuaciones (máximo 50 puntos):- Creatividad (hasta 25 puntos).- Calidad artística (hasta 25 puntos).El jurado elegirá las tres mejores obras, establecido una prelación, así como tres obras más que recibirán menciones.Una vez emitido el fallo del jurado, el Distrito de Chamberí se quedará con la propiedad de los trabajos ganadores del concurso, pudiendo exponerlos, adecuarlos, así como reproducirlos en los formatos que resulten necesarios siempre de acuerdo a los fines municipales para los que se creó la obra.No se admitirá la inclusión en las obras de contenidos ofensivos, que hieran la sensibilidad o inciten a conductas discriminatorias o violentas, reservándose la organización el derecho a excluir a los artistas participantes que, según su criterio, no cumplan con las condiciones exigidas en el concurso.Madrid, a 27 de MARZO de 2026. - El Concejal-Presidente del Distrito de Chamberí, Jaime González Taboada.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 30/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la CONCURSO DE PRIMAVERA DE PINTURA RAPIDA CHAMBERI 2026Publicado 28/04/2026ORDENANZA BBRR GENERALES PARA CONCESIÓN SUBVENCIONES POR AYTO MADRID Y OPInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.