Plazo no verificadoBDNS 896188
Convocatòria a activitats estratègiques d'entitats
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE TARRAGONA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TARRAGONA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 09:12 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES51 - CATALUÑA
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 16/04/2026
- Fin de solicitudes
- 15/05/2026
- Registro en BDNS
- 30/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 15/04/2026
Texto oficial de apertura: Desde el día 16 de abril de 2026
Texto oficial de cierre: El 15 de mayo de 2026
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Extracto publicado
BDNS:De conformidad con lo que establecen los artículos 17.3b y 20.8a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la sede electrónica de la Diputación de Tarragona.DIPUTACIÓN DE TARRAGONACultura Área de Promoción Social y Cultural La Junta de Gobierno de la Diputación de Tarragona en sesión de 28 de julio de 2026 ha aprobado la modificación de la siguiente convocatoria. Codi identificador BDNS: Subvenciones destinadas a personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro y con ánimo de lucro para actividades y actuaciones estratégicas de interés cultural de especial impacto y relevancia territorial realizadas en la demarcación de Tarragona durante el 2026, aprobada el 24 de marzo de 2026 y publicada en el BOPT el 15 de abril de 2026.Crédito presupuestario al cual se imputa la convocatoria y cuantía total má-ximaCrédito presupuestario al cual se imputan las subvenciones: Aplicaciones presupuestarias: 2010-334-48002 del pressupost de l’any 2026 – 775.000 euros.2010-334-47904 del pressupost de l’any 2026 – 225.000 euros.2010-334-48002 del pressupost de l’any 2027 – 775.000 euros.2010-334-47904 del pressupost de l’any 2027 – 225.000 euros.Importe inicial estimado: 2.000.000 euros.Ampliación de 247.344,07 euros:Se amplia la dotación máxima de la convocatòria en 247.344,07 euros, hasta un importe total de 2.247.344,07 euros. Esta ampliación se distribuye de la manera siguiente: 212.393,47 euros a la aplicación 2010-334-48002, distribuidos entre las anualidades 2026 i 2027, i 34.949,60 euros a la aplicación 2010-334-47904, distri-buidos entre las anualidades 2026 i 2027:2010-334-48002 del presupuesto del año 2026 – 106.197,24 euros2010-334-47904 del presupuesto del año 2026 – 17.474,80 euros2010-334-48002 del presupuesto del año 2026 – 106.197,23 euros2010-334-47904 del presupuesto del año 2026 – 17.474,80 eurosLa autorización del gasto del ejercicio 2027 queda subordinada al crédito que se autorice en el presupuesto de 2027. Total importe estimado: 2.247.344,07 euros.
De conformidad con lo que establecen los artículos 17.3b y 20.8a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la sede electrónica de la Diputación de Tarragona.DIPUTACIÓN DE TARRAGONACultura Área de Promoción Social y Cultural La Junta de Gobierno de la Diputación de Tarragona en sesión de 24 de marzo de 2026 ha aprobado la siguiente convocatoria. Primero. Beneficiarios Personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro y con ánimo de lucro. Quedan excluidos los centros educativos, las asociaciones de familias y de madres y padres y sus federaciones, y las asociaciones de vecinos y sus federaciones. También quedan excluidas las entidades deportivas y las entidades sociales que tengan como única actividad principal el deporte y la acción social, respectivamente.Segundo. FinalidadContribuir a la realización, dentro de la demarcación, de proyectos de interés público y social de gran envergadura, territorialmente diferenciadores, que repercuten en la activación cultural y económica del territorio a lo largo del tiempo.Tercero. Actividades subvencionadas Personas jurídicas privadas sin afán de lucroSe pueden acoger aquellas actividades, proyectos o actuaciones que sean de interés cultural que cumplen los requisitos siguientes:• Son actividades o actuaciones que se han llevado o se llevarán a cabo en la demarcación de Tarragona durante el 2026.• Son actividades o actuaciones que aportan un valor añadido que repercute dentro y fuera de un municipio o territorio, tanto en la ciudadanía en general como en la comunidad o sector específicos a que afectan directamente.• Son actividades o actuaciones que son originarias y que solo se organizan en la demarcación de Tarragona, y que distinguen y posicionan el territorio en el ámbito catalán por su excelencia y singularidad en la materia.• Son actividades o actuaciones que se han realizado en la demarcación de Tarragona un mínimo de 5 veces en los últimos 11 años (incluido el año en curso de la aprobación de la convocatoria), aunque las diversas ediciones hayan tenido nombres diferentes a lo largo del tiempo.• Son actividades o actuaciones que tienen un presupuesto elegible individualizado mínimo de 75.000 euros (sin IVA), excepto en el caso de la tipología 2.2.4. de actividades o actuaciones, que el presupuesto elegible individualizado mínimo es de 65.000 €.Personas jurídicas privadas con ánimo de lucroSe pueden acoger aquellas actividades, proyectos o actuaciones que sean de interés cultural que cumplan los requisitos siguientes:• Son actividades o actuaciones que se han llevado o se llevarán a cabo en la demarcación de Tarragona durante el 2026.• Son actividades o actuaciones que aportan un valor añadido que repercute dentro y fuera de un municipio o territorio, tanto en la ciudadanía en general como en la comunidad o sector específicos a que afectan directamente.• Son actividades o actuaciones que son originarias y que solo se organizan en la demarcación de Tarragona, y que distinguen y posicionan el territorio en el ámbito catalán por su excelencia y singularidad en la materia.• Son actividades o actuaciones que se han realizado a la demarcación de Tarragona un mínimo de 7 veces en los últimos 11 años (incluido el año en curso de la aprobación de la convocatoria), aunque las diversas ediciones hayan tenido nombres diferentes a lo largo del tiempo, cosa que se acredita mediante declaración responsable en el formulario de solicitud.• Son actividades o actuaciones que tienen un presupuesto elegible individualizado mínimo de 80.000 euros (sin IVA).• Son actividades que tejen red con el sector profesional de la cultura de la demarcación.Quedan excluidos los servicios permanentes o puntuales a la ciudadanía, las ferias, mercados y festivales multisectoriales, sectoriales y gastronómicas puramente comerciales y las romerías y las fiestas mayores.Quedan excluidas las inversiones, los gastos que se financian a través del Programa.cat y del E-Catàleg y también aquellas actividades que ya hayan sido subvencionadas por convenio, subvención nominativa o en otras líneas de subvenciones de la Diputación de Tarragona en régimen de concurrencia.Cuarto. Tipología de las actividades o actuacionesLas actividades o actuaciones presentadas pueden responder a los formatos siguientes:1. Puede ser una actividad que tenga lugar una vez al año en uno o varios municipios (festivales, muestras, jornadas, encuentros o similares en su ámbito).2. Pueden ser un conjunto de actividades realizadas en uno o en un conjunto de equipamientos o espacios culturales que conformen una programación estable (temporadas teatrales, programaciones de auditorios o similares).3. Pueden ser acciones que tengan lugar una vez al año o que se desplieguen en un periodo determinado, que afecten a uno o a un conjunto de municipios y que contribuyan a preservar y/o difundir el patrimonio cultural común de relevancia especial.4. Pueden ser acciones intermediarias o de apoyo que resultan necesarias para poder hacer realidad una actividad estratégica, que contribuyen a preservar y/o difundir el patrimonio cultural común de relevancia especial en todo el territorio catalán.Quinto. Bases reguladoras Bases generales de subvenciones de la Diputación de Tarragona publicadas al BOP de Tarragona de 27 de febrero de 2019. Sexto. Crédito presupuestario e importe total máximo Aplicaciones presupuestarias: 2010-334-48002 del presupuesto del año 2026 – 775.000 euros.2010-334-47904 del presupuesto del año 2026 – 225.000 euros.2010-334-48002 del presupuesto del año 2027 – 775.000 euros.2010-334-47904 del presupuesto del año 2027 – 225.000 euros.La autorización del gasto del ejercicio 2027 queda subordinada al crédito que se autorice en el presupuesto de 2027. Así pues, la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas tiene carácter estimado y es de 2.000.000 €: 1.550.000 euros corresponden a la aplicación 2010-334-48002 y 450.000 euros, a la aplicación 2010-334-47904.Este importe máximo puede ser ampliado de acuerdo con las solicitudes recibidas y las disponibilidades presupuestarias. Séptimo. Cuantía individualizada de la subvenciónLa que corresponda en cada caso de la valoración del punto 8 y nunca será superior al 50% del presupuesto de gastos elegibles y del 30% en el caso de las actividades incluidas en la modalidad 2 de la tipología 2.2.1. Además de este tope porcentual mencionado, en el caso de las actuaciones realizadas por personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro, la cantidad máxima individualizada se establece de la manera siguiente en cuanto a las diversas tipologías de actividades 2.2.1, 2.2.2, 2.2.3 y 2.2.4:• (2.2.1) Actividad que tenga lugar una vez al año en uno o varios municipios (festivales, muestras, jornadas, encuentros o similares).Cuantía máxima: Modalidad 1: 75.000 €Modalidad 2: 50.000 €• (2.2.2) Conjunto de actividades realizadas en uno o más equipamientos o espacios culturales o de interés ciudadano que conformen una programación estable (temporadas teatrales, programaciones de auditorios o similares). Cuantía máxima: 50.000 €• (2.2.3) Acciones que tengan lugar una vez al año o que se desplieguen en un periodo determinado, que afecten a uno o a una globalidad de municipios y que contribuyan a preservar y/o difundir el patrimonio cultural común de relevancia especial.Cuantía máxima: 100.000 €• (2.2.4) Acciones intermediarias o de apoyo que resultan necesarias para poder hacer realidad una actividad estratégica y que contribuyen a preservar y/o difundir el patrimonio cultural común de relevancia especial.Cuantía máxima: 25.000 €En el caso de las actuaciones realizadas por personas jurídicas privadas con ánimo de lucro, además de tope porcentual mencionado, la cantidad máxima individualizada se establece de la manera siguiente en cuanto a las diversas tipologías de actividades 3.2.1 y 3.2.2:• (3.2.1) Actividad que tenga lugar una vez al año en uno o varios municipios (festivales, muestras, jornadas, encuentros).Cuantía máxima: 60.000 €• (3.2.2) Conjunto de actividades realizadas en uno o más equipamientos o espacios culturales o de interés ciudadano que conformen una programación estable (temporadas teatrales, programaciones de auditorios o similares). Cuantía máxima: 35.000 €Octavo. Plazo de presentación de solicitudes El plazo para la presentación de solicitudes se inicia el día 16 de abril de 2026 y finaliza el día 15 de mayo de 2026.Noveno. Forma de presentación de solicitudesEs obligatorio presentar la solicitud de subvención y el resto de documentación a través del trámite electrónico específico habilitado en: https://seuelectronica.dipta.cat, sede electrónica de la Diputación de Tarragona.
De conformidad con lo que establecen los artículos 17.3b y 20.8a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la sede electrónica de la Diputación de Tarragona.DIPUTACIÓN DE TARRAGONACultura Área de Promoción Social y Cultural La Junta de Gobierno de la Diputación de Tarragona en sesión de 24 de marzo de 2026 ha aprobado la siguiente convocatoria. Primero. Beneficiarios Personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro y con ánimo de lucro. Quedan excluidos los centros educativos, las asociaciones de familias y de madres y padres y sus federaciones, y las asociaciones de vecinos y sus federaciones. También quedan excluidas las entidades deportivas y las entidades sociales que tengan como única actividad principal el deporte y la acción social, respectivamente.Segundo. FinalidadContribuir a la realización, dentro de la demarcación, de proyectos de interés público y social de gran envergadura, territorialmente diferenciadores, que repercuten en la activación cultural y económica del territorio a lo largo del tiempo.Tercero. Actividades subvencionadas Personas jurídicas privadas sin afán de lucroSe pueden acoger aquellas actividades, proyectos o actuaciones que sean de interés cultural que cumplen los requisitos siguientes:• Son actividades o actuaciones que se han llevado o se llevarán a cabo en la demarcación de Tarragona durante el 2026.• Son actividades o actuaciones que aportan un valor añadido que repercute dentro y fuera de un municipio o territorio, tanto en la ciudadanía en general como en la comunidad o sector específicos a que afectan directamente.• Son actividades o actuaciones que son originarias y que solo se organizan en la demarcación de Tarragona, y que distinguen y posicionan el territorio en el ámbito catalán por su excelencia y singularidad en la materia.• Son actividades o actuaciones que se han realizado en la demarcación de Tarragona un mínimo de 5 veces en los últimos 11 años (incluido el año en curso de la aprobación de la convocatoria), aunque las diversas ediciones hayan tenido nombres diferentes a lo largo del tiempo.• Son actividades o actuaciones que tienen un presupuesto elegible individualizado mínimo de 75.000 euros (sin IVA), excepto en el caso de la tipología 2.2.4. de actividades o actuaciones, que el presupuesto elegible individualizado mínimo es de 65.000 €.Personas jurídicas privadas con ánimo de lucroSe pueden acoger aquellas actividades, proyectos o actuaciones que sean de interés cultural que cumplan los requisitos siguientes:• Son actividades o actuaciones que se han llevado o se llevarán a cabo en la demarcación de Tarragona durante el 2026.• Son actividades o actuaciones que aportan un valor añadido que repercute dentro y fuera de un municipio o territorio, tanto en la ciudadanía en general como en la comunidad o sector específicos a que afectan directamente.• Son actividades o actuaciones que son originarias y que solo se organizan en la demarcación de Tarragona, y que distinguen y posicionan el territorio en el ámbito catalán por su excelencia y singularidad en la materia.• Son actividades o actuaciones que se han realizado a la demarcación de Tarragona un mínimo de 7 veces en los últimos 11 años (incluido el año en curso de la aprobación de la convocatoria), aunque las diversas ediciones hayan tenido nombres diferentes a lo largo del tiempo, cosa que se acredita mediante declaración responsable en el formulario de solicitud.• Son actividades o actuaciones que tienen un presupuesto elegible individualizado mínimo de 80.000 euros (sin IVA).• Son actividades que tejen red con el sector profesional de la cultura de la demarcación.Quedan excluidos los servicios permanentes o puntuales a la ciudadanía, las ferias, mercados y festivales multisectoriales, sectoriales y gastronómicas puramente comerciales y las romerías y las fiestas mayores.Quedan excluidas las inversiones, los gastos que se financian a través del Programa.cat y del E-Catàleg y también aquellas actividades que ya hayan sido subvencionadas por convenio, subvención nominativa o en otras líneas de subvenciones de la Diputación de Tarragona en régimen de concurrencia.Cuarto. Tipología de las actividades o actuacionesLas actividades o actuaciones presentadas pueden responder a los formatos siguientes:1. Puede ser una actividad que tenga lugar una vez al año en uno o varios municipios (festivales, muestras, jornadas, encuentros o similares en su ámbito).2. Pueden ser un conjunto de actividades realizadas en uno o en un conjunto de equipamientos o espacios culturales que conformen una programación estable (temporadas teatrales, programaciones de auditorios o similares).3. Pueden ser acciones que tengan lugar una vez al año o que se desplieguen en un periodo determinado, que afecten a uno o a un conjunto de municipios y que contribuyan a preservar y/o difundir el patrimonio cultural común de relevancia especial.4. Pueden ser acciones intermediarias o de apoyo que resultan necesarias para poder hacer realidad una actividad estratégica, que contribuyen a preservar y/o difundir el patrimonio cultural común de relevancia especial en todo el territorio catalán.Quinto. Bases reguladoras Bases generales de subvenciones de la Diputación de Tarragona publicadas al BOP de Tarragona de 27 de febrero de 2019. Sexto. Crédito presupuestario e importe total máximo Aplicaciones presupuestarias: 2010-334-48002 del presupuesto del año 2026 – 775.000 euros.2010-334-47904 del presupuesto del año 2026 – 225.000 euros.2010-334-48002 del presupuesto del año 2027 – 775.000 euros.2010-334-47904 del presupuesto del año 2027 – 225.000 euros.La autorización del gasto del ejercicio 2027 queda subordinada al crédito que se autorice en el presupuesto de 2027. Así pues, la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas tiene carácter estimado y es de 2.000.000 €: 1.550.000 euros corresponden a la aplicación 2010-334-48002 y 450.000 euros, a la aplicación 2010-334-47904.Este importe máximo puede ser ampliado de acuerdo con las solicitudes recibidas y las disponibilidades presupuestarias. Séptimo. Cuantía individualizada de la subvenciónLa que corresponda en cada caso de la valoración del punto 8 y nunca será superior al 50% del presupuesto de gastos elegibles y del 30% en el caso de las actividades incluidas en la modalidad 2 de la tipología 2.2.1. Además de este tope porcentual mencionado, en el caso de las actuaciones realizadas por personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro, la cantidad máxima individualizada se establece de la manera siguiente en cuanto a las diversas tipologías de actividades 2.2.1, 2.2.2, 2.2.3 y 2.2.4:• (2.2.1) Actividad que tenga lugar una vez al año en uno o varios municipios (festivales, muestras, jornadas, encuentros o similares).Cuantía máxima: Modalidad 1: 75.000 €Modalidad 2: 50.000 €• (2.2.2) Conjunto de actividades realizadas en uno o más equipamientos o espacios culturales o de interés ciudadano que conformen una programación estable (temporadas teatrales, programaciones de auditorios o similares). Cuantía máxima: 50.000 €• (2.2.3) Acciones que tengan lugar una vez al año o que se desplieguen en un periodo determinado, que afecten a uno o a una globalidad de municipios y que contribuyan a preservar y/o difundir el patrimonio cultural común de relevancia especial.Cuantía máxima: 100.000 €• (2.2.4) Acciones intermediarias o de apoyo que resultan necesarias para poder hacer realidad una actividad estratégica y que contribuyen a preservar y/o difundir el patrimonio cultural común de relevancia especial.Cuantía máxima: 25.000 €En el caso de las actuaciones realizadas por personas jurídicas privadas con ánimo de lucro, además de tope porcentual mencionado, la cantidad máxima individualizada se establece de la manera siguiente en cuanto a las diversas tipologías de actividades 3.2.1 y 3.2.2:• (3.2.1) Actividad que tenga lugar una vez al año en uno o varios municipios (festivales, muestras, jornadas, encuentros).Cuantía máxima: 60.000 €• (3.2.2) Conjunto de actividades realizadas en uno o más equipamientos o espacios culturales o de interés ciudadano que conformen una programación estable (temporadas teatrales, programaciones de auditorios o similares). Cuantía máxima: 35.000 €Octavo. Plazo de presentación de solicitudes El plazo para la presentación de solicitudes se inicia el día 16 de abril de 2026 y finaliza el día 15 de mayo de 2026.Noveno. Forma de presentación de solicitudesEs obligatorio presentar la solicitud de subvención y el resto de documentación a través del trámite electrónico específico habilitado en: https://seuelectronica.dipta.cat, sede electrónica de la Diputación de Tarragona.
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 30/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 30/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación de Tarragona de 28 de julio de 2026, por el cual se amplía la cuantía máxima estimada de la convocatoria plurianual de subvenciones destinadas a personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro y con ánimo de lucro para actividades y actuaciones estratégicas de interés cultural de especial impacto y relevancia territorial realizadas a la demarcación de Tarragona durante el 2026. Publicado 04/08/2026Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación de Tarragona de 24 de marzo de 2026 por el cual se convocan subvenciones destinadas a personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro y con ánimo de lucro para actividades y actuaciones estratégicas de interés cultural de especial impacto y relevancia territorial realizadas a la demarcación de Tarragona durante el 2026. Convocatoria plurianual.Publicado 15/04/2026Bases generales de subvenciones de la Diputació de Tarragona y de sus Organismos AutónomosInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.