CerradaBDNS 896572
ACTIVIDADES DE CARÁCTER TURÍSTICO
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE PONTEVEDRA · TURISMO RIAS BAIXAS
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 05:03 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES114 - Pontevedra
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 07/04/2026
- Fin de solicitudes
- 07/05/2026
- Registro en BDNS
- 01/04/2026
- Publicación en diario oficial
- 06/04/2026
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Extracto publicado
1. Beneficiarios:
Se podrá solicitar una única subvención por entidad.
Las posibles beneficiarias podrán ser personas jurídicas que reúnan los siguientes requisitos:
- No tener la condición de Administración pública.
- Carecer de fines de lucro.
- Tener el domicilio social en la provincia de Pontevedra o, excepcionalmente, fuera de esta cuando la actividad para la que se solicite la subvención tenga interés para la provincia.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y con la Agencia Tributaria de Galicia (ATRIGA).
- No tener deudas con la Diputación de Pontevedra ni tener pendientes de justificación subvenciones anteriores pagadas anticipadamente por esta institución.
- Estar al corriente del pago con la Seguridad Social.
- No estar incursas en ninguno de los supuestos de prohibición para la percepción de ayudas o subvenciones públicas, de acuerdo con lo especificado en el artículo 13 de la LGS.
- Estar inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Galicia (REAT/RITGA), en el momento de la solicitud de la ayuda.
2. Objeto:
Constituye el objeto de estas bases regular la concesión de subvenciones públicas destinadas a promover actividades de carácter turístico durante el año 2026, con la finalidad de colaborar en el fomento del turismo de la provincia de Pontevedra, según los principios de concurrencia competitiva, objetividad y publicidad.
3. Bases reguladoras
Bases de subvenciones aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Pontevedra de 27 de marzo de 2026, Ley 38/2003, de 17 de noviembre general de subvenciones, Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Pontevedra aprobada por el Pleno de la Diputación de Pontevedra en su sesión común de 28 de octubre de 2016 y publicada en el BOPPO nº 249 de 30 de diciembre de 2016, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
4. Cuantía
80.000,00 €
5. Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
6. Otros datos de interés
- Solicitudes y documentación: cada entidad podrá presentar una única solicitud, en modelo normalizado disponible en la sede electrónica.
- Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva.
- Criterios de valoración: los establecidos en la base 11 de la convocatoria.
- Gastos subvencionables: Los realizados durante el año 2026, incluso los realizados con anterioridad a la concesión de la subvención, siempre que sean necesarios para ejecutar la actividad subvencionada. Se entiende como tales los gastos relacionados con eventos como: Imputación de los sueldos y salarios de las personas contratadas para la actividad.-Alquiler de edificios (salas, auditorios, almacenes, etc.).-Alquiler de maquinaria, instalaciones y útiles necesarios para la actividad.-Alquiler de vehículos para transporte.-Alquiler de mobiliario y enseres.-Alquiler de equipos informáticos y de plataformas virtuales.-Cánones-Vestuario.-Productos alimenticios.-Material técnico para realizar la actividad.-Comunicaciones postales.-Primas de seguros.-Gastos de contratación específica de agentes de prensa y de comunicación.-Folletos, cartelería, rollers, lonas, pancartas, etc.-Material promocional.-Limpieza.-Seguridad y vigilancia.-Contratación de guías o monitorado.-Gastos de coordinación.-Gastos de desarrollo e implementación de herramientas digitales (audioguías, aplicaciones móviles, plataformas de gestión de aforos, etc.) directamente vinculadas a la mejora de la actividad turística subvencionada.
- Compatibilidad: sí.
- Forma de pago: transferencia.
- Forma de justificación: mediante la justificación do cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención (memoria explicativa y detallada de la realización de la finalidad.- acreditación del cumplimento de difusión a la financiación obtenida); mediante justificación de gastos (cuenta justificativa de los gastos según el modelo disponible en la Sede electrónica; justificación con facturas o documentos análogos con valor probatorio); mediante justificación de ingresos según modelo disponible en la sede electrónica
- Plazo máximo de justificación: 31 de marzo de 2027.
Se podrá solicitar una única subvención por entidad.
Las posibles beneficiarias podrán ser personas jurídicas que reúnan los siguientes requisitos:
- No tener la condición de Administración pública.
- Carecer de fines de lucro.
- Tener el domicilio social en la provincia de Pontevedra o, excepcionalmente, fuera de esta cuando la actividad para la que se solicite la subvención tenga interés para la provincia.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y con la Agencia Tributaria de Galicia (ATRIGA).
- No tener deudas con la Diputación de Pontevedra ni tener pendientes de justificación subvenciones anteriores pagadas anticipadamente por esta institución.
- Estar al corriente del pago con la Seguridad Social.
- No estar incursas en ninguno de los supuestos de prohibición para la percepción de ayudas o subvenciones públicas, de acuerdo con lo especificado en el artículo 13 de la LGS.
- Estar inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Galicia (REAT/RITGA), en el momento de la solicitud de la ayuda.
2. Objeto:
Constituye el objeto de estas bases regular la concesión de subvenciones públicas destinadas a promover actividades de carácter turístico durante el año 2026, con la finalidad de colaborar en el fomento del turismo de la provincia de Pontevedra, según los principios de concurrencia competitiva, objetividad y publicidad.
3. Bases reguladoras
Bases de subvenciones aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Pontevedra de 27 de marzo de 2026, Ley 38/2003, de 17 de noviembre general de subvenciones, Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Pontevedra aprobada por el Pleno de la Diputación de Pontevedra en su sesión común de 28 de octubre de 2016 y publicada en el BOPPO nº 249 de 30 de diciembre de 2016, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
4. Cuantía
80.000,00 €
5. Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
6. Otros datos de interés
- Solicitudes y documentación: cada entidad podrá presentar una única solicitud, en modelo normalizado disponible en la sede electrónica.
- Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva.
- Criterios de valoración: los establecidos en la base 11 de la convocatoria.
- Gastos subvencionables: Los realizados durante el año 2026, incluso los realizados con anterioridad a la concesión de la subvención, siempre que sean necesarios para ejecutar la actividad subvencionada. Se entiende como tales los gastos relacionados con eventos como: Imputación de los sueldos y salarios de las personas contratadas para la actividad.-Alquiler de edificios (salas, auditorios, almacenes, etc.).-Alquiler de maquinaria, instalaciones y útiles necesarios para la actividad.-Alquiler de vehículos para transporte.-Alquiler de mobiliario y enseres.-Alquiler de equipos informáticos y de plataformas virtuales.-Cánones-Vestuario.-Productos alimenticios.-Material técnico para realizar la actividad.-Comunicaciones postales.-Primas de seguros.-Gastos de contratación específica de agentes de prensa y de comunicación.-Folletos, cartelería, rollers, lonas, pancartas, etc.-Material promocional.-Limpieza.-Seguridad y vigilancia.-Contratación de guías o monitorado.-Gastos de coordinación.-Gastos de desarrollo e implementación de herramientas digitales (audioguías, aplicaciones móviles, plataformas de gestión de aforos, etc.) directamente vinculadas a la mejora de la actividad turística subvencionada.
- Compatibilidad: sí.
- Forma de pago: transferencia.
- Forma de justificación: mediante la justificación do cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención (memoria explicativa y detallada de la realización de la finalidad.- acreditación del cumplimento de difusión a la financiación obtenida); mediante justificación de gastos (cuenta justificativa de los gastos según el modelo disponible en la Sede electrónica; justificación con facturas o documentos análogos con valor probatorio); mediante justificación de ingresos según modelo disponible en la sede electrónica
- Plazo máximo de justificación: 31 de marzo de 2027.
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 01/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 01/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DEL ACUERDO DE JUNTA DE GOBIERNO DE LA DIPUTACIÓN DE PONTEVEDRA DE 27 DE MARZO DE 2026, POR LO QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES, EN CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA ACTIVIDADES DE CARÁCTER TURÍSTICO DURANTE EL AÑO 2026Publicado 06/04/2026ACTIVIDADES DE CARÁCTER TURÍSTICOInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.