Plazo no verificadoBDNS 896581
RESOLUCIÓN del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2026 las subvenciones destinadas a la contratación de mujeres desempleadas por ayuntamientos de la Comunitat Valenciana
AUTONOMICA · COMUNITAT VALENCIANA · DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 05:03 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 09/04/2026
- Fin de solicitudes
- 23/04/2026
- Registro en BDNS
- 01/04/2026
- Publicación en diario oficial
- 08/04/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones
Primero. Corrección de errores
Se corrige el error advertido en el punto 1 del resuelvo tercero de la Resolución de 30 de marzo de 2026
Donde dice:
En aplicación del artículo 8.3.a) de la orden de bases, podrán ser beneficiarias de estas ayudas los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana.
Debe decir:
En aplicación del artículo 8.3.a) de la orden de bases, podrán ser beneficiarias de estas ayudas los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana, así como sus organismos autónomos y entidades dependientes o vinculadas.
Segundo. Apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes
1. Se abre un nuevo el plazo de presentación de las solicitudes, que estará disponible durante los cinco días hábiles siguientes al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
2. Solo se admitirán las solicitudes presentadas por organismos autónomos y entidades dependientes o vinculadas a aquellos ayuntamientos de la Comunitat Valenciana que no hubieran formulado ya solicitud durante el plazo de presentación de solicitudes previsto en la Resolución de convocatoria.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8. a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias
Primero. Beneficiarios y condiciones.
En aplicación del artículo 8.3.a) de la Orden de bases, podrán ser beneficiarios de este programa los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana. Las ayudas se conceden para la contratación de mujeres desempleadas que figuren inscritas como demandantes de empleo en los Espais Labora de la Generalitat. Las contrataciones deberán tener una duración de al menos diez meses y realizarse bajo la modalidad de contrato vinculado a programas de activación para el empleo.
Segundo. Objeto.
Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones a ayuntamientos Comunitat Valenciana, a fin de que contraten a mujeres desempleadas, preferentemente mayores de 45 años, con la finalidad de que incrementen su empleabilidad mediante la adquisición de experiencia laboral.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden 13/2024, de 13 de junio, de la de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la contratación de personas desempleadas por entidades locales de la Comunitat Valenciana. (Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de 18 de junio de 2024).
Cuarto. Cuantía.
1. Las subvenciones se financiarán por un importe global máximo de 12.250.000 euros, fondos procedentes del Servicio Público de Empleo Estatal.
2. El importe de la subvención permitirá financiar al menos un contrato por ayuntamiento. El coste estimado por cada contratación asciende a 22.590 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Primero. Corrección de errores
Se corrige el error advertido en el punto 1 del resuelvo tercero de la Resolución de 30 de marzo de 2026
Donde dice:
En aplicación del artículo 8.3.a) de la orden de bases, podrán ser beneficiarias de estas ayudas los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana.
Debe decir:
En aplicación del artículo 8.3.a) de la orden de bases, podrán ser beneficiarias de estas ayudas los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana, así como sus organismos autónomos y entidades dependientes o vinculadas.
Segundo. Apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes
1. Se abre un nuevo el plazo de presentación de las solicitudes, que estará disponible durante los cinco días hábiles siguientes al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
2. Solo se admitirán las solicitudes presentadas por organismos autónomos y entidades dependientes o vinculadas a aquellos ayuntamientos de la Comunitat Valenciana que no hubieran formulado ya solicitud durante el plazo de presentación de solicitudes previsto en la Resolución de convocatoria.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8. a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias
Primero. Beneficiarios y condiciones.
En aplicación del artículo 8.3.a) de la Orden de bases, podrán ser beneficiarios de este programa los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana. Las ayudas se conceden para la contratación de mujeres desempleadas que figuren inscritas como demandantes de empleo en los Espais Labora de la Generalitat. Las contrataciones deberán tener una duración de al menos diez meses y realizarse bajo la modalidad de contrato vinculado a programas de activación para el empleo.
Segundo. Objeto.
Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones a ayuntamientos Comunitat Valenciana, a fin de que contraten a mujeres desempleadas, preferentemente mayores de 45 años, con la finalidad de que incrementen su empleabilidad mediante la adquisición de experiencia laboral.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden 13/2024, de 13 de junio, de la de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la contratación de personas desempleadas por entidades locales de la Comunitat Valenciana. (Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de 18 de junio de 2024).
Cuarto. Cuantía.
1. Las subvenciones se financiarán por un importe global máximo de 12.250.000 euros, fondos procedentes del Servicio Público de Empleo Estatal.
2. El importe de la subvención permitirá financiar al menos un contrato por ayuntamiento. El coste estimado por cada contratación asciende a 22.590 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Bases y documentación
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