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Plazo no verificadoBDNS 896783

Decreto de CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN Y SOLIDARIDAD CON LOS PAÍSES EN VÍAS DE DESARROLLO, AÑO 2026.

LOCAL · LUCENA · AYUNTAMIENTO DE LUCENA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 05:07 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES613 - Córdoba

Finalidad

Cooperación internacional para el desarrollo y cultural

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
08/04/2026
Fin de solicitudes
07/05/2026
Registro en BDNS
01/04/2026
Publicación en diario oficial
07/04/2026

Texto oficial de apertura: Desde el 08/04/2026

Texto oficial de cierre: Hasta el 07/05/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero: ConvocatoriaSe convocan para el ejercicio 2026 subvenciones para Actividades de Cooperación y Solidaridad con los países en vías de desarrollo.Segundo.- Objeto y finalidad de la subvención.La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones para el fomento de proyectos a desarrollar en países en vías de desarrollo.Podrán ser subvencionables aquellos proyectos a ejecutar en países en vías de desarrollo que pretendan cubrir necesidades básicas que favorezcan su expansión para el desarrollo, tales como alimentación, suministro y depuración de aguas, sanidad, erradicación de las enfermedades endémicas, educación, iluminación, vivienda, transportes, caminos vecinales, cambio climático, reducción del riesgo de desastres, biodiversidad, reducción de la pobreza, consumo sostenible y otras similares. Se apoyarán proyectos y programas de cooperación internacional que mejoren las condiciones de vida de las personas y el progreso de los pueblos, los dirigidos al fortalecimiento de los municipios de los países con los que se coopera, los que fortalezcan las estructuras democráticas y participativas de la sociedad civil, los que conciernen a la mejora de la gobernabilidad y de los derechos humanos, los destinados al desarrollo económico local y la promoción de fórmulas participativas de producción y desarrollo cooperativo, nuevas tecnologías y equipamientos básicos, proyectos de desarrollo del sector productivo y de servicios (industrial, artesanal, agropecuario, etc.) relacionados con pequeñas y medianas empresas o cooperativas, valorándose la protección del medio ambiente y el uso sostenible de los recursos naturales, así como ayudas al desarrollo con repercusión e incidencia en los países de origen y que vayan acompañados de tareas de sensibilización ciudadana y actividades que promuevan la participación de la comunidad y de colectivos locales en el proyecto. No obstante lo anterior, no serán objeto de subvención los programas que no contemplen repercusión directa en beneficio de la comunidad y ámbito geográfico que los motiva.El citado proyecto de actuación deberá ejecutarse íntegramente entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 y solo podrán ser subvencionables aquellos gastos directos en los que se incurran en su ejecución, con las particularidades previstas en la convocatoria.La cooperación internacional para el desarrollo a prestar por el Ayuntamiento de Lucena se llevará a cabo a través de la cooperación internacional bilateral indirecta, con el objetivo de contribuir a la erradicación de la pobreza, la atención de la salud y la educación infantil, lograr la enseñanza primaria universal, promover la igualdad entre los sexos y la autonomía de la mujer, mejorar la salud materna, combatir los efectos de enfermedades infecto-contagiosas y garantizar la sostenibilidad del medio ambiente.Tercero.- BeneficiariosPodrán ser beneficiarias de las ayudas y subvenciones aquí previstas aquellas Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGDs), Organismos de Solidaridad, Entidades Públicas, Asociaciones o Municipalidades (entendiéndose por tales, administraciones públicas o entes dependientes de las mismas), con personalidad jurídica y capacidad legal para actuar de acuerdo con la normativa vigente en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo. Podrán actuar por sí solos o en cooperación con ONGDs de países donde se pretendan llevar a cabo las intervenciones, que tengan como fines institucionales expresos según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas con la cooperación al desarrollo y el fomento de la solidaridad entre los pueblos.Los requisitos concretos para solicitar la subvención y la forma de acreditarlos se ajustará a lo dispuesto en la convocatoria que regula el procedimiento, mediante la presentación de la correspondiente solicitud, acompañada de la documentación que se cita en el apartado 6 de la presente Convocatoria.Cuarto.- Bases Reguladoras.La presente Convocatoria se rige por la Ordenanza General Reguladora de las Bases de concesión de subvenciones de este Ayuntamiento (publicada en el BOP Córdoba nº 147, de fecha 31 de julio de 2025, en adelante, la Ordenanza Municipal, aplicándose para lo no previsto en ellas por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Lucena para el ejercicio 2026 y la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de otras disposiciones que por su naturaleza resulten de aplicación.Quinto.- Cuantía.Las obligaciones económicas que deriven en ejecución de la presente Convocatoria se imputarán a cargo de la aplicación presupuestaria 381 2312 48003 del vigente Presupuesto Municipal, siendo la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas para el presente ejercicio de 50.000 €.La determinación de la cuantía individualizada de la ayuda se realizará repartiendo proporcionalmente el crédito total del que se dota la convocatoria entre los puntos obtenidos por cada solicitante, de acuerdo con los criterios de valoración previstos en el apartado 8 de la Convocatoria, con un límite de 15.000 € por proyecto.Sexto.- Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 01/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Lucena (Córdoba) de fecha 25 de marzo de 2026, por la que se convocan subvenciones para Actividades de Cooperación y Solidaridad con los países en vías de desarrollo, ejercicio 2026.Publicado 07/04/2026TEXTO REFUNDIDO DE LA ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE LAS BASES DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LUCENA (CÓRDOBA)