Plazo no verificadoBDNS 897180
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA CLUBES Y ASOCIACIONES DEPORTIVAS LOCALES DE DEPORTES INDIVIDUALES FEMENINA. TEMPORADA 2025 - 2026
LOCAL · CIUDAD REAL · PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 05:15 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES422 - Ciudad Real
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras Prestaciones económicas
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 10/04/2026
- Fin de solicitudes
- 30/04/2026
- Registro en BDNS
- 07/04/2026
- Publicación en diario oficial
- 09/04/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
1.- EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Patronato Municipal de Deportes del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real, considera de interés social el promover convocatorias de subvenciones dirigidas a Entidades deportivas sin ánimo de lucro para los gastos de su gestión deportiva como para la ejecución de proyectos, actividades y acciones, que complementan la actividad del Patronato, al estar entre sus objetivos el fomento de acciones que faciliten la inclusión, participación, formaciones dirigidas a la actividad físico-deportiva. Por ello, y considerando que las subvenciones a Entidades sin ánimo de lucro son decisivas para lograr los objetivos municipales, el Patronato Municipal de Deportes promueve la convocatoria de subvenciones para el año 2026, dirigidas a los Clubes y Asociaciones deportivas, en régimen de concurrencia competitiva y bajo los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos y que se regirá por las siguientes cláusulas 2.- BASES REGULADORAS Las bases generales para la concesión de subvenciones Del ayuntamiento de ciudad real y sus organismos autónomos son las publicadas en el BOP de 1 de abril de 2025. 3.- OBJETO El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones a clubes y asociaciones deportivas con domicilio fiscal en Ciudad Real capital y en sus anejos y que participen en competiciones organizadas por las federaciones deportivas o entidades aceptadas previamente por el Patronato, mediante equipos o deportistas individuales cuya participación femenina sea superior al 95% y que quede fuera de la competición escolar organizada y financiada por otras entidades públicas durante la temporada correspondiente. 4.- BENEFICIARIOS Y REQUISITOSPodrán ser beneficiarios los clubes o asociaciones deportivas de deportes individuales con domicilio fiscal y social en la capital que realicen su actividad, tanto de entrenamiento como su competición, en la capital y anejos de Ciudad Real. No será objeto de subvención la participación femenina del club en competiciones federadas que tengan solicitada subvención en Convocatoria específica. No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias contempladas en el art. 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. No podrán ser beneficiarias aquellas entidades que no se encuentren al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Ciudad Real, así como de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. No podrán ser beneficiarias aquellas entidades que, habiendo recibido ayudas con anterioridad, no hayan procedido a su justificación, de acuerdo con las normas reguladoras de la convocatoria correspondiente. 5.- CONCEPTOS SUBVENCIONABLES Las ayudas económicas tendrán como finalidad la financiación total o parcial de los gastos. Desplazamientos por competición (1) para la temporada correspondiente (calendario oficial).En desplazamientos realizados por medios propios (por ejemplo: coches, furgones…) se tendrá en cuenta el importe por km que aplique en cada momento el Ayuntamiento de Ciudad Real, debiéndose utilizar dichos medios de transporte con el mejor aprovechamiento posible (4 personas por vehículo), teniendo como punto de partida y regreso Ciudad Real capital, no atendiendo los desplazamientos de deportistas que se encuentran fuera de la localidad.Arbitrajes y jueces durante la temporada correspondiente.Fichas federativas durante la temporada correspondiente.Alojamiento correspondiente al calendario oficial durante la temporada. No se subvencionará el exceso de coste de 60 € persona/día ni el alojamiento del personal directivo del Club.Los equipos no federados solo se les subvencionará los gastos por desplazamiento del calendario oficial de la Administración Pública o de la entidad aceptada previamente por el Patronato, que lo organice.(1) No se financiarán desplazamientos ni viajes asociados a torneos o partidos amistosos, a reuniones ni dietas. 6.- CRÉDITO PRESUPUESTARIOLas subvenciones de la presente convocatoria se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 341.48901 “Subvenciones a Clubes y Asociaciones Deportivas” del Estado de Gastos del presupuesto del ejercicio 2026 del Patronato Municipal de Deportes, con un presupuesto total para esta convocatoria de 3.000 €.7.- CUANTÍA INDIVIDUALIZADA DE LAS SUBVENCIONES La cantidad a subvencionar, por sí misma o conjuntamente con otras subvenciones públicas, no podrá superar el coste de los gastos presupuestados para los clubes en competición federada o de entidades aceptadas previamente por el Patronato durante la temporada, así como la celebrada mediante concentración o competición única. 8.- CRITERIOS DE VALORACIÓNLa cantidad consignada en la convocatoria repartiéndose proporcionalmente al gasto total de los conceptos subvencionables descritos en el punto tres de las presentes bases, descontando el 100% de las fichas de equipos que participen en el deporte para personas con discapacidad.Los equipos que participen en el deporte de personas con alguna discapacidad se les subvencionará el 100% de las fichas federativas y el mismo porcentaje que al resto de clubes en los demás conceptos subvencionables del apartado tres. 9.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LAS SUBVENCIONES El procedimiento de concesión de subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitiva mediante la comparación de las solicitudes presentadas, estableciéndose una prelación entre las mismas, y se adjudicarán, con el límite fijado dentro del crédito disponible, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los criterios expuestos en la base quinta. 10.- ÓRGANOS COMPETENTES PARA LA ORDENACIÓN, INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LAS SUBVENCIONES Mesa de Valoración, constituida por:Concejal delegado de Deportes Director Gerente del PMD.Suplente: Jefe de Administración.Jefe de Sección de administración.Suplente: Jefe de Negociado de Administración.Administrativo o Monitor de Actividades. Administrativo de la Sección Administración. Estos dos últimos serán designados por el Director Gerente, actuando uno de ellos como Secretario. Evaluadas las solicitudes, por la Mesa de Valoración del Patronato, el Gerente emitirá informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del Gerente, formulará propuesta de resolución provisional, y se concederá un plazo de 10 días para presentar alegaciones. Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por los interesados, se formulará la propuesta de resolución definitiva, previa aprobación del Consejo Rector del Patronato Municipal de Deportes, que deberá expresar la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención y su cuantía así como los criterios utilizados para otorgarla. 11.- PLAZO DE RESOLUCIÓN El plazo máximo para resolver será de dos meses a partir de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. La concesión de una subvención al amparo de la correspondiente convocatoria no comporta obligación alguna por parte del Patronato de conceder subvenciones enlos siguientes ejercicios económicos para proyectos similares. Se podrá interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, en el plazo de un mes. Contra el citado acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, dentro del plazo de dos meses siguientes a la fecha de notificación de este acuerdo, salvo en los supuestos previstos por el art. 8-1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en los que podrá interponerlo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real. 12.- DENEGACIÓN POR SILENCIO ADMINISTRATIVO. Si transcurridos tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes no se ha dictado y notificado resolución expresa, se entenderán denegadas las peticiones. 13.- PLAZO Y FORMA DE JUSTIFICACIÓN El abono de la subvención concedida se realizará en dos plazos: primer plaz del 50% a partir de la publicación de la resolución, y el 50% restante a partir de la justificación del gasto total, que en todo caso deberá realizarse como máximo antes del 31 de diciembre del año en que se concede la subvención. Para poder recibir el primer 50% deberá presentar certificados de estar al corriente con sus obligaciones fiscales, incluido con el propio Ayuntamiento y con la Seguridad Social. Para poder recibir la el abono de la subvención los solicitantes deberán acreditar estar al corriente con sus obligaciones fiscales, incluido con el propio Ayuntamiento y con la Seguridad Social. La justificación total de la subvención recibida deberá contener la siguiente documentación: Certificación o Declaración del secretario de la entidad, expresando que se ha recibido la subvención y que se ha destinado a los fines para los que fue otorgada.Relación de facturas del presupuesto adjuntado a la solicitud de los gastos subvencionables, especificando el concepto y la fecha de emisión de las mismasFacturas originales, debidamente emitidas, y fotocopias compulsadas de las mismas, correspondientes a la cantidad percibida en la resolución final de la convocatoria de los conceptos subvencionables y con fecha de expedición comprendidas en la temporada que se subvenciona indicada en el Anexo I.En caso de facturas que justifiquen el alojamiento deberán aportar también acta del partido o certificado de inscripción en la competición por la federación que corresponda.Acreditación del pago de las facturas.Certificado, del secretario del club o asociación, para justificar el gasto en desplazamientos en coche o medios propios con factura del suministro de carburante de los coches desplazados.Certificación del secretario de la entidad de todas las subvenciones percibidas para el mismo fin de otros Organismos o Entidades Públicas.Autorización de la entidad para que el Patronato pueda recabar datos tributarios a la Administración Tributaria competente.Hallarse al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.El Patronato Municipal de Deportes podrá solicitar a los solicitantes la documentación que estime necesaria para comprobación de los criterios de valoración alegados o de su justificación. La no justificación de manera acorde a las bases con un desvío superior al 10 % del presupuesto presentado sin causa justificada, supondrá la perdida de un 35 % de la subvención aprobada en resolución definitiva 14.- RÉGIMEN DE COMPATIBILIDADES Esta subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes Públicos o Privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que su importe, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos no supere el coste de la actividad subvencionada. El beneficiario informará al órgano concedente de la obtención de otros recursos en los informes de seguimiento y finales. 15.- REINTEGROS DE LAS SUBVENCIONES. Procederá el reintegro de las ayudas percibidas en los siguientes casos:Obtener la ayuda sin reunir los requisitos para ello, o mediante datos no ajustados a la realidad.No realizar la actividad objeto de la ayuda, según lo previsto en la resolución.Incumplir cualquier otra obligación impuesta a los beneficiarios.Incumplir o incurrir en falsedad en alguno los supuestos recogidos los apartados de Solicitud y presentación y en el de obligaciones del beneficiario. 16.- OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS. Los beneficiarios de las subvenciones están obligados, sin perjuicio de otras que puedan estar establecidas legalmente a: Desarrollar sus actividades de acuerdo con lo especificado en la programación.Enviar cuanta documentación se requiera.Admitir la supervisión del P.M.D.Insertar el escudo del Excmo. Ayuntamiento de Ciduad Real y P.M.D. en la cartelería y folletos informativos, así como la parte frontal, en lugar preferente, en la camiseta de juego y en su web.El logotipo del Excmo. Ayto de Ciudad Real deberá aparecer en los elementos publicitarios de las ruedas de prensa y en las publicaciones que realice el clubPublicitar en las redes sociales de la entidad beneficiaria el importe que le ha sido concedido en esta subvención.En las instalaciones deportivas se respetará en todo caso las zonas de publicidad institucional del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real y elPatronato Municipal de Deportes.Presentar la cartelería, fotos y demás publicidad que sea utilizada para la celebración de la actividad subvencionada.Justificar adecuadamente la subvención recibida. 17.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACION Para poder iniciar el trámite de solicitud, la entidad deberá realizarla a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ciudad Real (ventanilla virtual), en el siguiente enlace: https://ciudadreal.es/subvenciones.html El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP. La solicitud incluirá los siguientes documentos: 1.- Solicitud conforme al impreso del ANEXO I.2.- El calendario oficial federado federado o de las entidades aceptadas previamente por el Patronato de las competiciones.3.- Presupuesto de gastos detallado de los conceptos subvencionables. Detallando:Cada uno de los desplazamientos del calendario a realizar con su coste.Número de aproximado de fichas federativas y su coste.Arbitrajes del calendario oficial y su coste.Alojamiento de los desplazamientos del calendario oficial. No pudiendo sobrepasar el coste por persona/día de 60 Euros.4.- Certificado de que se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales y con la seguridad social.5.- Certificado del secretario sobre otras ayudas que se hayan solicitado para el mismo fin a otros Organismos y Entidades públicas, y que se hayan percibido o no.6.- Documento de inscripción y nº de registro como Entidad Deportiva de Castilla La Mancha.7.- Documento de inscripción y nº NIF en Hacienda.8.- Certificación de la correspondiente federación o Entidad que acredite su participación en la competición, indicando la categoría de cada equipo, relación de deportistas con distinción de masculino y femenino, y en su caso, indicación de participación de deportistas con discapacitad.9.- Certificación del domicilio social y fiscal del club o asociación deportiva durante la temporada correspondiente. Puede no entregarse 6,7 y 9, si son idénticos al año anterior. SUBSANACIÓN DE DEFECTOS Presentada la solicitud, si esta presentara defectos o resultara incompleta, se requerirá al interesado para que en el plazo máximo e improrrogable de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada a tal efecto. Así mismo, en orden a mejor resolver, se podrá solicitar a los interesados que aporten cuantos datos y documentos sean necesarios, en cualquier momento del procedimiento. 19.INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO De conformidad con el artículo 24.1 de la Ley 38/2003, se designa como órgano instructor al Gerente del Patronato Municipal de Deportes. 20.VALORACIÓN DE PROYECTOS.Las solicitudes serán valoradas por una Comisión de Valoración formado por personal técnico y de administración del Patronato Municipal de Deportes. 21.NOTIFICACIONES Y PUBLICIDAD Además de la publicidad propia de toda convocatoria sometida a la Ley General de Subvenciones, la presente convocatoria será publicada en la página web del Ayuntamiento de Ciudad Real: www.ciudadreal.es, y se le dará la mayor difusión posible entre quienes pudieran estar interesados. La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 y ss. De la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 22.INFRACCIONES Y SANCIONES Constituyen infracciones administrativas en materia de subvenciones las acciones y omisiones tipificadas en la Ley 37/2003, General de Subvenciones, siendo de aplicación lo establecido en esta ley y en el Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. 23.ÓRGANO GESTOR Para cualquier consulta o aclaración de la presente convocatoria, los interesados podrán ponerse en contacto con el Patronato Municipal de Deportes, sito en la calle Juan Ramón Jiménez, nº 4, código postal: 13004 – Ciudad Real, por teléfono en el 926 21 10 44. También se podrá acceder a las bases y anexos de la presente convocatoria en la página Web: www.ciudadreal.es. 24.-LEGISLACIÓN APLICABLE. La concesión de subvenciones se regirá por lo establecido en estas Bases, la Ley 38/2003 General de Subvenciones y sus Disposiciones de desarrollo, las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Ciudad Real, las restantes normas de derecho administrativo que, en su caso, sean aplicables y, en su defecto, se aplicarán las normas de derecho privado.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 07/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA CLUBES Y ASOCIACIONES DEPORTIVAS LOCALES DE DEPORTES INDIVIDUALES FEMENINA. TEMPORADA 2025 - 2026Publicado 09/04/2026Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.