Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 07/04/2026
- Publicación en diario oficial
- 10/04/2026
Texto oficial de apertura: Al día siguientes de su publicación en el BORM
Texto oficial de cierre: Hasta quince días naturales desde su publicación en el BORM
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
1º. El presente acuerdo tiene por objeto la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y a través de la Concejalía de Educación, de subvención para el año 2026 a Institutos de Enseñanza Secundaria, Centros Integrados de Formación Profesional, Centros de Enseñanzas de Régimen Especial, y Centro Comarcal de Educación de Personal Adultas, que realicen actividades a nivel local, regional o nacional, en los que se promocionen y recompensen habilidades intelectuales, lingüïsticas, creativas, informáticas, de conocimiento y uso de otro idioma, el aprendizaje online y manejo de nuevas tecnologías, acciones singulares en favor de la educación, y aquellas que potencien valores de tolerancia y convivencia.2º.- Segundo: Imputación presupuestaria y cuantía máxima de subvención.Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria se concederán con cargo al presupuesto de gastos de la Concejalía de Educación en la aplicación presupuestaria 2026-06001-3261-48218, por un importe total de 7.000,00 € (siete mil euros), con RC: 2026.2.0005697.000. Las presentes subvenciones serán compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, recursos o ingresos procedentes de otras Administraciones y entes públicos o privados no dependientes del Ayuntamiento de Cartagena, si bien, y en cualquiera de los supuestos previstos en el presente punto y en el anterior, el beneficiario no podrá percibir subvención, ayuda o financiación que supere el coste de la actividad subvencionada.3º.- Condiciones generales de la convocatoria.El Régimen Jurídico a aplicar en la presente convocatoria de subvenciones será el establecido en las Bases Reguladoras de la concesión de subvenciones del Presupuesto Municipal, sin perjuicio de la aplicación directa de los preceptos básicos de la Ley 38/2003 de 17 de Noviembre, General de Subvenciones y del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.Las Bases Reguladoras de esta convocatoria pueden obtenerse en la página web del Ayuntamiento de Cartagena: www.cartagena.es. Su instrucción y concesión se efectuará mediante concurrencia competitiva por el procedimiento previsto en las Bases de Ejecución del Presupuesto y por los órganos que se designan en los apartados siguientes de la presente convocatoria. El Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, a través de su Concejalía de Educación, podrá solicitar listados de beneficiarios de las actividades subvencionadas. Por ello, las entidades deberán solicitar a sus usuarios, autorización previa para que se realice el tratamiento de los datos personales conforme establece la ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (Ley 15/1999 de 13 de diciembre).Los gastos susceptibles de financiación son en todo caso, gastos generales subvencionables tales como los previstos en las Bases reguladoras de la concesión de Subvenciones, por lo que no se podrá adquirir ningún bien inventariable ni realizar obras.Todos los gastos deberán corresponderse a los realizados durante el ejercicio económico del año 2026.4º.- Beneficiarios y requisitos para solicitar.Podrán ser beneficiarios los Institutos de Enseñanza Secundaria (IES), Centros Integrados de Formación Profesional (CIFP), Centros de Enseñanzas de Régimen Espacial y el Centro Comarcal de Personas Adultas, todos ellos del término municipal de Cartagena que reúnan el resto de requisitos en adelante establecidos.Para ser beneficiario de las subvenciones deberán cumplir los requisitos previstos en las Bases Reguladoras de la concesión de Subvenciones, acreditándolos mediante el modelo del ANEXO II que acompaña esta convocatoria.Deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social expedidas por la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social.No tener pendiente (con límite de fecha de justificación concluida) ante este Ayuntamiento justificación de ninguna ayuda, financiación o subvención concedida.Dichos requisitos deberán mantenerse a lo largo de todo el proceso de concesión y hasta el 31 de diciembre de 2026.5º.- Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes, acompañadas de la documentación exigida, será de quince días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BORM. La convocatoria se publicará en la BDNS (Base De Datos Nacional de Subvenciones) en cumplimiento de lo establecido en la LGS, de acuerdo con el procedimiento establecido en la misma.6º.- Presentación de solicitudes y documentación exigida.Las solicitudes se formalizarán por sede electrónica municipal en la siguiente dirección:https://cartagena.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=10668Junto a la solicitud, deberá acompañarse cumplimentada la documentación requerida que pueden encontrar en: https://www.cartagena.es/becas_ayudas_subvenciones.asp?organismo=3Se adjuntará el Proyecto de la actividad o evento a realizar, donde deberá figurar como mínimo los objetivos, actividades, material, organización, calendario y presupuesto, según Anexo III indicado. Sólo se podrá presentar un proyecto por centro educativo.