Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 09/04/2026
- Publicación en diario oficial
- 13/04/2026
Texto oficial de apertura: DÍA SIGUIENTE PUBLICACIÓN BOP
Texto oficial de cierre: 20 DÍAS HÁBILES PUBLICACIÓN BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
BDNS: Código de la convocatoria.ObjetoRegulan las subvenciones otorgadas por la Diputación Provincial de León, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a ayuntamientos, organismos dependientes de los mismos, juntas vecinales y entidades deportivas de la provincia de León que estén legalmente constituidas, de municipios de la provincia de León de menos de 20.000 habitantes, para fomentar la organización de carreras populares pedestres, que transcurran por zona urbana, por montaña, o carreras ciclistas modalidad BTT, en municipios de la provincia de León de menos de 20.000 habitantes.CuantíaImporte total de noventa y cinco mil euros (95.000,00 ⿬).Los importes máximos de la subvención vendrán determinados por la modalidad y la distancia de cada prueba, según se recoge en la siguiente tabla:MODALIDAD DISTANCIA IMPORTE MÁXIMO (⿬)CARRERA A PIE URBANA HASTA 15 KM 1.500 ⿬ MÁS DE 15 KM 2.500 ⿬CARRERA A PIE MONTAÑA HASTA 10 KM 2.000 ⿬ MÁS DE 10 KM 3.000 ⿬PRUEBA BTT HASTA 30 KM 2.500 ⿬ MÁS DE 30 KM 3.500 ⿬Todas las carreras seleccionadas para formar parte del Calendario en la XVI Edición Copa Diputación de Carreras Populares percibirán una cantidad fija adicional de 400⿬, por cumplir los requisitos exigidos en el Reglamento general y normas de participación que rige el funcionamiento del citado evento, aprobado por Decreto de la Presidencia N.º 221 de fecha 13/01/2026.Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes, junto con la documentación requerida, es de VEINTE DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al de la fecha de publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Provincia.Documentación a presentarEl modelo de solicitud y resto de anexos se facilitarán a través de la página web de laDiputación de León www.dipuleon.es. En el enlace ?ciudadanía? se debe acceder a ?deportes?.Las solicitudes se presentarán a través de la sede electrónica de la Diputación de León https://sede.dipuleon.es, una vez en la sede electrónica, se selecciona ?CATÁLOGO DE TRÁMITES?, y entrar en ?INSTANCIA GENERAL?, debiendo aportara la documentación conforme a lo recogido en la base octava de las bases reguladoras de la convocatoria.IMPORTANTE1.Cuando las carreras transiten por distintas poblaciones, la salida y la llegada deberán estar ubicadas en localidades que pertenezcan a ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes.2.Las carreras de carácter benéfico no podrán percibir una subvención al amparo de la presente convocatoria, sin embargo, sí podrán formar parte del calendario XVI Copa Diputación de León de Carreras Populares si han formalizado su inscripción conforme a lo dispuesto en el Reglamento que regula las mismas.Gastos subvencionablesSe consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen a lo largo del período subvencionable.Periodo subvencionableEl comprendido desde el 1 de enero al 30 noviembre de 2026, ambos inclusive.SubcontrataciónEl beneficiario estará obligado a la realización por sí mismo de la actividad subvencionada, por lo que no se admitirá la subcontratación ni la suscripción de convenios que concierte con terceros la ejecución de la actividad que constituye el objeto de la subvención.Cuando una de las entidades sea una entidad local será esta necesariamente la que realice la recaudación de los ingresos de los participantes, que habrán de ser recaudados necesariamente por la entidad local.En el supuesto de organización conjunta entre dos entidades, solo una de ellas deberá ser quien realice la solicitud de subvención y si resulta beneficiaria, deberá justificar íntegramente, todos los gastos e ingresos afectos a la actividad.La organización conjunta de una carrera entre una entidad local y una entidad colaboradora, no exime de la obligación de reflejar en el certificado del fedatario público del modelo Anexo V Bis los ingresos correspondientes a la recaudación de las cuotas de participación de los corredores, ya que la rendición de la cuenta justificativa constituye un acto obligatorio del beneficiario, en base a lo dispuesto en el art. 30.2 de la LGS.