Plazo no verificadoBDNS 897907
SUBVENCIÓN MUNICIPIOS ACTIVIDADES OCIO Y TIEMPO LIBRE EDUCATIVO 2026
AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 05:28 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES3 - COMUNIDAD DE MADRID
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 28/04/2026
- Fin de solicitudes
- 12/05/2026
- Registro en BDNS
- 09/04/2026
- Publicación en diario oficial
- 27/04/2026
Texto oficial de apertura: DESDE EL SIGUIENTE AL DE PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL B.O.C.M
Texto oficial de cierre: DIEZ DÍAS HÁBILES DESDE EL SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN B.O.C.M
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Extracto publicado
BDNS (Identif.): ______De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index):Primero. BeneficiariosPodrán ser beneficiarios de las subvenciones:a) Los municipios, mancomunidades, agrupaciones de municipios y demás entidades locales dela Comunidad de Madrid.b) Los organismos o las entidades públicas con personalidad jurídica propia dependientesde los municipios anteriores que tengan asumidas competencias en materia de juventud.Segundo. Objeto y finalidad1. El objeto de la presente convocatoria es la concesión, con cargo al ejercicio económico2026, de subvenciones para actividades de ocio y tiempo libre educativo dirigidas apoblación joven.2. Con la concesión de estas subvenciones se pretende fomentar el ocio saludable,favorecer el crecimiento personal, así como mejorar las relaciones entre los jóvenesmediante instrumentos que potencien el esfuerzo y la participación social y cultural en elmunicipio o entidad local donde se desempeñe.Tercero. Bases reguladoras.Orden 1388/2024, de 23 de abril de 2024, de la Consejería de Familia, Juventud y AsuntosSociales por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a municipios, otrasentidades locales y organismos y entidades públicas locales de la Comunidad de Madrid,para el desarrollo de proyectos para jóvenes en el marco de la animación sociocultural yla educación no formal, publicada en el B.O.C.M. núm. 111 de 10 de mayo de 2024,modificada por la Orden 1099/2025, de 5 de mayo, de la Consejería de Familia, Juventud yAsuntos Sociales.Cuarto. Crédito.El crédito máximo para 2026 destinado a la presente convocatoria asciende a 550.000 €. Elcrédito fijado para la línea de actividades de ocio y tiempo libre educativo es de 275.000euros, sin perjuicio de su incremento de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 dela convocatoria. Las subvenciones que se concedan al amparo de la misma se imputarán alsubconcepto 46309 del Programa 232A de los Presupuestos Generales de la Comunidad deMadrid para 2026.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.Diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presenteextracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 27/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos BOCM- Publicación extractoPublicado 27/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos Orden 1388/2024 BBRRPublicado 27/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos Orden 1099/2025. Modifica Orden 1388/2024 BBRRPublicado 27/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Orden 858/2026, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones a municipios, otras entidades locales y organismos y entidades públicas locales de la Comunidad de Madrid, para el desarrollo de proyectos para jóvenes en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal para 2026. Actividades de ocio y tiempo libre educativo dirigidas a población joven.Publicado 27/04/2026ORDEN 1099/2025, DE 5 DE MAYO, DE LA CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD YInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.