¿A quién se dirige?
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 10/04/2026
- Publicación en diario oficial
- 17/04/2026
Texto oficial de apertura: El día siguiente al de la publicación de la Resolución junto con su extracto en el DOE
Texto oficial de cierre: Transcurridos dos meses a partir del día siguiente al de la publicación en el DOE
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, art 16q y 17.1de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la ComunidadAutónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria, cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional deSubvenciones (http://www.infosubvenciones.es) y en el presente DOE.Primero. Beneficiarios.1. Entidades que, a la fecha de publicación de la convocatoria, seencuentren inscritas en el Registro de Agrupaciones EmpresarialesInnovadoras de la Administración General del Estado.2. Así mismo, podrá ser beneficiarias aquellas asociacionesempresariales que, no estando inscritas en el registro señalado en elapartado anterior, cumplan todos los siguientes requisitos:a)Que entre los fines de los estatutos de la entidad se contempleprestar servicios relacionados con el emprendimiento y/o la empresa.b) Que vengan prestando servicios o desarrollando actividadesrelacionadas con la actividad empresarial en Extremadura en los tresaños anteriores a la presentación de la solicitud de la ayuda.c) Que a la fecha de publicación de la presente convocatoria llevenlegalmente constituidas desde un periodo de, al menos, 3 años.d) Que estén conformadas, al menos, por 20 empresas con independencia decuál sea su forma jurídica, incluido autónomos/as, que tengan unaantigüedad como personas asociadas de la entidad de más de un año,contado a partir de la fecha de presentación de la solicitud de laayuda.3.Las solicitantes deben ser entidades sin ánimo de lucro con domiciliofiscal y/o centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.Segundo. Actuaciones subvencionables y cuantías de las ayudas.1. Se establecen dos líneas de actuaciones subvencionables:A. Proyectos orientados a favorecer la creación, crecimiento yconsolidación empresarial, a través de acciones de asesoramiento,capacitación o de cualquier otra índole.La cuantía de las ayudas es de hasta el 70% de los gastossubvencionables, con un límite máximo de 10.000 euros de subvención,salvo que la entidad solicitante esté inscrita en el Registro deAgrupaciones Empresariales Innovadoras de la Administración General delEstado, en cuyo caso la ayuda puede alcanzar hasta 20.000 euros.B. Realización de eventos en Extremadura relacionados con temáticas deemprendimiento, empresa, crecimiento empresarial o similar, tales comotalleres, seminarios, encuentros, jornadas y foros que vayan dirigidosal sector empresarial, con una participación de, al menos, 75 asistentesdel perfil objetivo al que se dirige la actuación.La cuantía de las ayudas es de hasta el 70% de los gastossubvencionables, con un límite máximo de 7.000 euros de subvención.2. Solo podrá presentarse una solicitud por convocatoria por una mismaentidad. Tercero. Bases reguladoras.Se recogen en el Decreto 65/2024, de 2 de julio (DOE núm. 150, de 2 deagosto), por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudaspara la realización de actuaciones de dinamización y promociónempresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba laprimera convocatoria.Cuarto. Cuantía.La dotación económica de la convocatoria se fija en 200.000 euros, concargo a la aplicación presupuestaria 14004.323A.48000, Proyecto de Gasto20240048 PROGRAMA DE AYUDAS PARA LA DINAMIZACIÓN EMPRESARIAL DEEXTREMADURA, financiado con fondos propios de la Comunidad Autónoma;conforme a la siguiente distribución por anualidades: 162.500 euros concargo a la presente anualidad 2026 y 37.500 euros con cargo a laanualidad de 2027.El importe total de la convocatoria se distribuye entre las dos líneasde actuaciones subvencionables, conforme al siguiente desglose:a) Para los proyectos orientados a favorecer la creación, crecimiento yconsolidación empresarial, a través de acciones de asesoramiento,capacitación o de cualquier otra índole, la dotación presupuestaria esde 75.000 euros.b) Para la realización de eventos en Extremadura, la dotaciónpresupuestaria es de 125.000 euros.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo para presentar las solicitudes comienza el día siguiente de lapublicación de la Resolución de convocatoria, junto con el presenteextracto, en el Diario Oficial de Extremadura, y finalizará una veztranscurridos dos meses a partir del día siguiente de su publicación.Sexto. Otros datos.Forma de pago:1. Para proyectos orientados a favorecer la creación, crecimiento yconsolidación empresarial, a través de acciones de asesoramiento,capacitación o de cualquier otra índole, se abonará de manera anticipadael 50 por ciento de la ayuda una vez se conceda la misma, pagándose el50 por ciento tras la justificación final del proyecto.2. Para actuaciones consistentes en la realización de eventos enExtremadura relacionados con temáticas de emprendimiento, empresa,crecimiento empresarial o similar, el importe total de la ayuda seabonará en un solo pago anticipado, una vez notificada la resolución deconcesión.La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad dela información sobre el procedimiento, se efectuará a través del puntode acceso general electrónico, dentro de la ficha correspondiente altrámite, accesible a través del siguiente enlace directohttps://www.juntaex.es/w/0609822.