¿A quién se dirige?
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 10/04/2026
- Publicación en diario oficial
- 17/04/2026
Texto oficial de apertura: día siguiente publicación D.O.E.
Texto oficial de cierre: Un año desde inicio de la convocatoria
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la orden, cuyo texto completo puede consultarse en la Basede Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es) y enel presente Diario Oficial de Extremadura (https://doe.juntaex.es).Primero. Objeto.Subvenciones dirigidas a la creación de empleo mediante la incorporaciónde socios de trabajo o socios trabajadores.Segundo. Beneficiarias.Podrán ser beneficiarias de las ayudas del Programa I:a) Las sociedades cooperativas, tanto ordinarias como especiales,calificadas como tales e inscritas en el Registro de SociedadesCooperativas de Extremadura, excepto las cooperativas de crédito y lasde seguros.b) Las sociedades laborales calificadas como tales e inscritas en elRegistro de Sociedades Laborales de Extremadura y en el RegistroMercantil correspondiente.Tercero. Bases reguladoras.Decreto 123/2024, de 24 de septiembre, por el que se establecen lasbases reguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación elempleo en la economía social en el ámbito de la Comunidad Autónoma deExtremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de losprogramas I, II, III y IV para el período 2024-2025.Cuarto. Financiación y cuantías de la subvención.El volumen total de crédito para el Programa I para los ejercicios 2026y 2027, con cargo al siguiente código presupuestario, se detalla acontinuación:— 20050386 “Fomento del Empleo en el ámbito de la Economía Social”,financiado por Fondos Propios de la Comunidad Autónoma de Extremadurapor un importe de 750.000,00 euros de los que 550.000,00 euroscorresponden al ejercicio 2026 y el resto, es decir, 200.000,00 euros,corresponden al ejercicio 2027, apli¬cación presupuestaria140130000/G/242A/47000/ CAG0000001/20050386.En cuanto a las cuantías de las ayudas, éstas se modulan en función delos colectivos en los que se encuadren las personas causantes de lasayudas, variando desde 9.000,00 euros hasta 12.000,00 euros.Además, se contempla una subvención adicional de 10 %, cuando en laentidad beneficiaria concurra la Cláusula de Responsabilidad Social y/otenga implantado un Plan de Igualdad de Género, cuando la entidadbeneficiaria sea una cooperativa resultante de un nuevo proceso deintegración cooperativa, en cualquiera de sus modalidades o cuando setrate de mujeres víctimas de violencia de género.Asimismo, una subvención adicional de hasta 1.000,00 euros por gastosimputables en socie- dades de nueva creación o en procesos deintegración cooperativa.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.Para el Programa I, en el periodo de vigencia de la convocatoria, lasubvención deberá solicitarse a partir de la fecha de alta o variaciónde datos, durante el mes en el que se produce el alta o la variación dedatos en Seguridad Social de las personas socias o trabajadorascontratadas cuyos puestos se subvencionan, y los cinco meses naturalessiguientes a aquél en que se produce tal alta o variación.La convocatoria tiene una vigencia de un año y se inicia el díasiguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, junto alpresente extracto, previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones.Sexto. Otros datos.La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad dela información sobre el procedimiento, se efectuará a través del puntode acceso general electrónico, dentro de la ficha correspondiente altrámite, accesible a través del siguiente enlace directohttps://sede.gobex.es/SEDE/privado/ciudadanos/exterior.jsf?cod=6266.