¿A quién se dirige?
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 10/04/2026
- Publicación en diario oficial
- 17/04/2026
Texto oficial de apertura: día siguiente publicación D.O.E.
Texto oficial de cierre: Un año desde inicio de la convocatoria
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la orden, cuyo texto completo puede consultarse en la Basede Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) yen el presente Diario Oficial de Extremadura (https://doe.juntaex.es).Primero. Objeto.Subvenciones por la incorporación de socios trabajadores o de trabajoencuadrados en el RETA, para sufragar el coste de las cuotas de laSeguridad Social.Segundo. Beneficiarias.Podrán ser beneficiarias del Programa III, las sociedades y cooperativasdel Programa I, cuyos socios de trabajo o socios trabajadores seencuadren en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de laSeguridad Social.Tercero. Bases reguladoras.Decreto 123/2024 de 24 de 2024, por el que se establecen las basesreguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación elempleo en la economía social en el ámbito de la Comunidad Autónoma deExtremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de losprogramas I, II, III y IV para el período 2024-2025.Cuarto. Financiación y cuantías de la subvención.El volumen total de crédito para el Programa III para los ejercicios2026 y 2027, con cargo al siguiente código presupuestario, se detalla acontinuación:— 20050386 “Fomento del Empleo en el ámbito de la Economía Social”,financiado por Fondos Propios de la Comunidad Autónoma de Extremadurapor un importe de 100.000,00 euros de los que 70.000,00 euroscorresponden al ejercicio 2026 y el resto, es decir, 30.000,00 euros,corresponden al ejercicio 2027, aplicación presupuestaria140130000/G/242A/47000/ CAG0000001/20050386.1. Se establece una subvención de 1.920,00 euros, cuando las personassocias de trabajo o socias trabajadoras que se incorpore al RETA sean:a) Mujeres desempleadas que se hayan incorporado al RETA, en el plazo deun año desde la fecha de nacimiento del hijo o hija, o adopción,acogimiento o guarda con fines de adopción, de acuerdo con el artículo45. 1 d) del RD Legislativo 2/2015, de 23 de octu-bre por el que seaprueba el Estatuto de los Trabajadores.b) Cuando se trate de personas desempleadas menores de 36 años.Las referencias realizadas a personas desempleadas, no será deaplicación cuando se trate de una transformación de contrato temporal enla misma empresa.2. Una subvención de 960,00 euros, en los supuestos en los que laspersonas socias de trabajo o socias trabajadoras que se hayanincorporado al RETA no se encuentren encuadras en alguno de losapartados anteriores.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.Para el Programa III, en el periodo de vigencia de la convocatoria, lasubvención deberá solicitarse a partir de la fecha de alta o variaciónde datos, durante el mes en el que se produce el alta o la variación dedatos en Seguridad Social de las personas socias o trabajadoras con-tratadas cuyos puestos se subvencionan, y los cinco meses naturalessiguientes a aquél en que se produce tal alta o variación.La convocatoria tiene una vigencia de un año y se inicia el díasiguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, junto alpresente extracto, previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones.Sexto. Otros datos.La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad dela información sobre el procedimiento, se efectuará a través del puntode acceso general electrónico, dentro de la ficha correspondiente altrámite, accesible a través del siguiente enlace directohttps://sede.gobex.es/SEDE/privado/ciudadanos/exterior.jsf?cod=6266.