¿A quién se dirige?
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 10/04/2026
- Publicación en diario oficial
- 17/04/2026
Texto oficial de apertura: día siguiente publicación D.O.E.
Texto oficial de cierre: Un año desde inicio de la convocatoria
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la orden, cuyo texto completo puede consultarse en la Basede Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) yen el presente Diario Oficial de Extremadura (https://doe.juntaex.es).Primero. Objeto.Subvenciones que se dirigen a las entidades que hayan sido beneficiariasde las ayudas del Programa I y del Programa II previstas en el presentedecreto de bases reguladoras, para el mantenimiento de los sociostrabajadores o de trabajo, así como los trabajadores indefinidoscontratados, durante un período de 12 meses adicional al período demantenimiento obligatorio ordinario de 24 meses.Segundo. Beneficiarias.Podrán ser beneficiarias del Programa IV, las entidades que hayan sidobeneficiarias de las ayudas del Programa I y II previstas en el presentedecreto de bases reguladoras, que mantengan los puestos subvencionadosdurante un período de 12 meses adicional al período de mantenimientoobligatorio ordinario de 24 meses.Tercero. Bases reguladoras.Decreto 123/2024 de 24 de septiembre, por el que se establecen las basesreguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación elempleo en la economía social en el ámbito de la Comunidad Autónoma deExtremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de losprogramas I, II, III y IV para el período 2024-2025.Cuarto. Financiación y cuantías de la subvención.El volumen total de crédito para el Programa IV para los ejercicios 2026y 2027, con cargo al siguiente código presupuestario, se detalla acontinuación:— 20050386 “Fomento del Empleo en el ámbito de la Economía Social”,financiado por Fondos Propios de la Comunidad Autónoma de Extremadurapor un importe de 140.000,00 euros de los que 70.000,00 euroscorresponden al ejercicio 2028 y el resto, es decir, 70.000,00 euros,corresponden al ejercicio 2029, aplicación presupuestaria140130000/G/242A/47000/ CAG0000001/20050386.Las entidades beneficiarias del Programa IV podrán ver incrementada elimporte concedido, en una cuantía de 2.500,00 euros, cuando mantenganlos puestos o contratos subvenciona- dos, durante un período de 12 mesesadicionales al período de mantenimiento obligatorio ordinario de 24meses.El importe de la subvención que pueda concederse, por la creación depuestos de trabajo en este programa, se modulará en relación con lareducción de jornada laboral que realicen las personas trabajadorascontratadas, cuando éstas presten servicios a tiempo parcial, que nopodrá ser, en ningún caso, menor del 50 % de la jornada laboral.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.Para el Programa IV, en el periodo de vigencia de la convocatoria, lasubvención deberá solicitarse a partir de la fecha de alta o variaciónde datos, durante el mes en el que se produce el alta o la variación dedatos en Seguridad Social de las personas socias o trabajadorascontratadas cuyos puestos se subvencionan, y los cinco meses naturalessiguientes a aquél en que se produce tal alta o variación.La convocatoria tiene una vigencia de un año y se inicia el díasiguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, junto alpresente extracto, previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones.Sexto. Otros datos.La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad dela información sobre el procedimiento, se efectuará a través del puntode acceso general electrónico, dentro de la ficha correspondiente altrámite, accesible a través del siguiente enlace directohttps://sede.gobex.es/SEDE/privado/ciudadanos/exterior.jsf?cod=6266