¿A quién se dirige?
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 13/04/2026
- Publicación en diario oficial
- 17/04/2026
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y extracto en DOE
Texto oficial de cierre: diez días hábiles a partir del día siguiente al que se publique la correspondiente convoca
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en laBase de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es)y en el presente Diario Oficial de Extremadura.Primero. Entidades beneficiarias.1. Podrán acogerse a estas ayudas:a) En la línea de ayudas destinada a los ayuntamientos: Podrán serbeneficiarios de estas ayudas cualquier ayuntamiento de la ComunidadAutónoma de Extremadura cuya localidad ejerza una atracción comercial yde turismo a una población superior a los 5.000 habitantes.b) En la línea de ayudas destinadas a las mancomunidades de municipios:Podrán ser beneficiarias aquellas mancomunidades de municipios de laComunidad Autónoma de Extremadura siempre que:• Ninguno de los municipios que la componen cumplan individualmente losrequisitos para acceder a la ayuda.• En sus estatutos de constitución debe figurar entre sus fines queasumen las competencias de ordenación y gestión del comercio interior,en concreto, en lo relativo a la ordenación y gestión sobre mercados,abastos, ferias, lonjas, mataderos y comercio ambulante.Segundo. Objeto.El objeto de la presente convocatoria son las ayudas dirigidas a losayuntamientos y mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma deExtremadura que reúnan los requisitos, para sufragar los costessalariales de la prestación del servicio durante tres años, de unapersona gerente para dinamizar el comercio minorista.La persona gerente será la encargada de promocionar y dinamizar elpequeño comercio minorista de la localidad, o localidades del ámbito dela mancomunidad, en todas las áreas y espacios comerciales, incluidoslos mercados de abastos.Tercero. Bases reguladoras.Decreto 167/2024, de 26 de diciembre, por el que se establecen las basesreguladoras de las ayudas para la contratación de gerentes para ladinamización comercial y se aprueba la primera convocatoria (DOE núm.15, de 23 de enero de 2025), modificado por el Decreto 183/2025, de 16de diciembre, (DOE núm. 244, de 19 de diciembre de 2025).Cuarto. Cuantía.La ayuda se concederá por la cuantía correspondiente a los tres años deprestación del servicio. La cuantía de la ayuda será del 75% de losgastos subvencionables, siendo el importe máximo de los gastossubvencionables de 25.000 euros al año, de forma que el límite de ayudamáximo por año de prestación del servicio será de 18.750 euros.El inicio de la contratación estaría previsto para el 1 de octubre de2026, en caso de iniciarse el contrato en un momento posterior, noquedará afectado el cómputo de los tres años de la subvención que seinicia en esa misma fecha, quedando reducida la cuantía de la misma demanera proporcional al retraso en el inicio del contrato.La subvención alcanzaría hasta el tercer año de contrato, quefinalizaría el 30 de septiembre de 2029, por lo que el coste de lasacciones subvencionables se imputará a los presupuestos de 2026, 2027,2028 y 2029.Quinto. Gastos elegibles.Tendrán la consideración de gastos elegibles los gastos de nómina yseguridad social de la persona gerente correspondiente a tres años deprestación del servicio. En el caso de baja temporal de la personagerente, esta podrá ser sustituida siendo subvencionable los costes queasuma el ayuntamiento o la mancomunidad de municipios tanto de lapersona gerente titular como de su sustituta siempre con el tope de lainversión aprobada para cada anualidad.Gastos de indemnización no serán subvencionables.Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de las solicitudes de participación comenzará apartir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y sucorrespondiente extracto en el Diario Oficial de Extremadura, y será dediez días hábiles.La solicitud y documentación necesaria se presentará a través de SedeElectrónica Asociada mediante el acceso a través del Punto de AccesoGeneral Electrónico en la siguiente dirección electrónica:https://www.juntaex.es/w/0635322.Séptimo. FinanciaciónEl coste de las acciones previstas será imputado a las partidaspresupuestarias contenidas en el Programa 341A “Comercio de Calidad yArtesanía Extremeña”, con cargo a la aplicación presupuestaria14003341A460.00, Proyecto de gasto 20170247 denominado “Ayudascontratación agentes del comercio”, financiado con fondos de laComunidad Autónoma.El importe total de la convocatoria asciende a 1.406.250 euros. Elimporte de la convocatoria correspondiente a cada línea de ayuda y suimputación presupuestaria es la siguiente:a) La convocatoria de la línea destinada a ayuntamientos tiene unimporte total de 1.237.500 euros, imputándose 206.250 euros con cargo alpresupuesto del año 2026, 206.250 euros con cargo al presupuesto del año2027, 412.500 euros con cargo al presupuesto del año 2028 y 412.500euros con cargo al presupuesto del año 2029.b) La convocatoria de la línea destinada a mancomunidades de municipiostiene un importe total de 168.750 euros, imputándose 28.125 euros concargo al presupuesto del año 2026, 28.125 euros con cargo al presupuestodel año 2027, 56.250 euros con cargo al presupuesto del año 2028 y56.250 euros con cargo al presupuesto del año 2029.Octavo. Pago de la ayuda.La ayuda se concederá por la cuantía referida a los tres años de laprestación del servicio. El pago de la ayuda se hará efectivo de lasiguiente manera:— Tras la emisión de la resolución de concesión se realizará un pagoanticipado del importe de la ayuda correspondiente al primer semestre decontratación.— El pago de la ayuda correspondiente al resto del periodo decontratación se realizará previa justificación del semestrecorrespondiente.