Plazo no verificadoBDNS 898689
Decreto de la Concejala Presidenta del Distrito de Arganzuela por el que se aprueban las bases que regirán la convocatoria Premios Arganzuela 2026 IX Edición de Música Popular.
LOCAL · MADRID · DISTRITO DE ARGANZUELA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 05:43 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES300 - Madrid
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 03/06/2026
- Fin de solicitudes
- 21/06/2026
- Registro en BDNS
- 14/04/2026
- Publicación en diario oficial
- 24/04/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
1. Objeto y finalidad de la convocatoria.El Distrito de Arganzuela establece las bases por la que regirán la convocatoria Premios Arganzuela 2026 IX Edición de Música Popular, en régimen de concurrencia competitiva.Constituye el objeto de estas bases regular la convocatoria del Certamen, con una doble finalidad, la de promocionar e incentivar la creación artística y la innovación en el ámbitode la música, además de crear una plataforma de exhibición y promoción para los creadores y músicos del sector musical.2. Régimen jurídico aplicable.La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. 18-11-2003).Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. 25-7-2006).La Disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos,de 30 de octubre 2013, así como lo recogido en la presente convocatoria.3. Premios.Primer premio ............................... 2.500,00 euros.Segundo premio .............................. 1.500,00 euros.Tercer premio ............................... 1.000,00 euros.4. Participantes y requisitos de participación.Podrán participar solistas o grupos musicales residentes en la Comunidad de Madrid mayores de edad en el momento de presentar los proyectos siempre que no hayan obtenido el primer premio en las dos últimas ediciones.No podrán participar miembros del jurado.De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 27 del Reglamento que la desarrolla, no podrán concurrir aquellos que, cumpliendo los requisitos recogidos en las presentes bases, estén incursos en alguna de las causas enumeradas en las citadas disposiciones.5. Requisitos de los proyectos.Cada artista o grupo deberá presentar al menos un vídeo de su proyecto musical en formato MP4 y dos canciones en formato MP3. La duración total será al menos de quince minutos.Se valorará especialmente las grabaciones en vivo del grupo o solista con música en directo.Se establece una única categoría, donde tienen cabida todos los estilos musicales. Las obras presentadas serán originales y cada participante podrá concurrir con un máximo de un proyecto considerado en conjunto.No podrán participar artistas o grupos musicales que tengan contrato vigente con una compañía discográfica.6. Inscripción y presentación.Para participar será necesario registrar la solicitud de inscripción en el formulario correspondiente.Las propuestas serán presentadas por personas físicas. En el caso de formaciones de más de un miembro, serán presentadas por uno de ellos.Las solicitudes se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de Madrid:A. Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento (https://sede.madrid.es). En este caso deberá utilizar alguno de los sistemas de identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Madrid. Estánobligados a realizar la tramitación por medios electrónicos: las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Documentación que deberá acompañar a la solicitud electrónica:1. Un vídeo en formato MP4 y dos canciones en formato MP3 comprimidos en archivos RAR o ZIP. O bien, enlace a dichos archivos desde un almacenamiento en la nube.2. Dossier del solista o grupo (trayectoria y enlaces a vídeos de actuaciones musicales).B. Presencialmente, en cualquiera de las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas (LPAC).Documentación, que deberá acompañar a la solicitud presencial:1. Un vídeo en formato MP4 y dos canciones en formato MP3, grabados en una memoria USB. O bien, enlace a dichos archivos desde un almacenamiento en la nube.2. Dossier del solista o grupo (trayectoria y enlaces a vídeos de actuaciones musicales).El modelo de solicitud está disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es) y estará dirigida a la Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario de Arganzuela.La solicitud incluye la opción de autorizar que el órgano instructor recabe de oficio la información de consulta y verificación de los datos de identidad y de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria de Madrid. En caso contrario, la persona solicitante deberáaportar las certificaciones acreditativas o declaración responsable, de conformidad con lo previsto en los artículos 22.1 y 24 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006 de 21 de julio.7. Plazo.El plazo de presentación de las solicitudes se establece del 3 al 21 de junio de 2026. No se admitirán inscripciones fuera del plazo establecido, para lo que se tendrá en cuenta la fecha de entrada en registro.El texto íntegro de la convocatoria se publica en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM).
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 14/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexoPublicado 14/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexoPublicado 14/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Decreto de la Concejala Presidenta del Distrito de Arganzuela por el que se aprueban las bases que regirán la convocatoria Premios Arganzuela 2026 IX Edición de Música Popular.Publicado 24/04/2026ORDENANZA BBRR GENERALES PARA CONCESIÓN SUBVENCIONES POR AYTO MADRID Y OPInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.