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Plazo no verificadoBDNS 898780

Bases reguladoras y convocatoria para la concesión de subvenciones a la insonorización- sector restauración 2026

LOCAL · SANT PERE DE RIBES · AYUNTAMIENTO DE SANT PERE DE RIBES

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 05:45 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES511 - Barcelona

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
14/04/2026
Publicación en diario oficial
20/04/2026

Texto oficial de apertura: Día siguiente publicación BOPB

Texto oficial de cierre: 45 días naturales después, a contar des del dia siguiente de la publicación en el BOPB

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

1. Objeto y finalidadEl objeto de las presentes bases es regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, trámite, concesión, cobro y justificación de las subvenciones que conceda la entidad a través de Promoción económica destinados a financiar proyectos/actividades de los establecimientos de restauración que hayan realizado inversiones en insonorización, con el fin de mejorar el impacto acústico de sus locales y garantizar la convivencia.2. Periodo de ejecución y convocatoriasLas subvenciones concedidas al amparo de estas bases, deberán destinarse a financiar gastos desarrollados o ejecutar durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de julio de 2026.3. Requisitos de los beneficiarios/ariasSerán beneficiarios de estas subvenciones aquellos solicitantes que cumplan los requisitos que se indican a continuación:- Establecimientos del sector de restauración ubicados en los núcleos urbanos de Sant Pere de Ribes; Ribes y/o Les Roquetes, incluyendo actividades de restauración, restaurantes, cafeterías, bares y establecimientos con servicio de restauración dentro del establecimiento.- Haber realizado o realizar una inversión en insonorización dentro del período comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de julio de 2026.- Con una superficie de menos de 400 m2 y con menos de 10 trabajadores/as.- La actividad económica debe estar dada de alta durante el proceso de tramitación de la subvención.- Estar inscrita como empresa en la Red XALOC o presentar solicitud de inscripción en el momento de la solicitud de la ayuda.Los/las beneficiarios/as de las ayudas son las actividades económicas, concretamente las vinculadas al establecimiento de restauración, objeto de la actuación.Un establecimiento puede ser beneficiario de una única ayuda. La beneficiaria de la ayuda es la actividad económica, independientemente de la forma jurídica que tenga y del número de socios o autónomos que participen.Queda excluido cualquier establecimiento que no sea del sector de restauración.4. Importe de la subvenciónEl importe a otorgar se calculará sobre el coste total de la actuación, IVA excluido, y será del 50% de los gastos elegibles, con un máximo de 5.000,00 € por beneficiario y según presupuesto disponible de las ayudas.5. Plazo, forma y lugar de presentación de las solicitudesEl plazo de presentación de las solicitudes y documentación será de 45 días naturales desde el día siguiente de la fecha de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona o hasta agotar el presupuesto aprobado por esta convocatoria.El procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en las presentes bases reguladoras será el de concurrencia no competitiva.Tanto la solicitud, el procedimiento como la Justificación variará según si las actuaciones de insonorización han sido ejecutadas o se encuentran pendientes de ejecución en el momento de la presentación de la solicitud:a) ACTUACIONES YA EJECUTADAS: El proyecto o trabajos de insonorización ya se encuentran realizados en el momento de la solicitud.b) ACTUACIONES PENDIENTES DE EJECUTAR: El proyecto o trabajos de insonorización todavía no se han realizado en el momento de la solicitud. a) ACTUACIONES YA EJECUTADAS:Para solicitar la ayuda será necesario presentar la documentación requerida en el punto 7, a partir del día siguiente de la publicación de estas bases en el BOPB, en el plazo de 45 días naturales y por instancia genérica.Una vez registrada la solicitud, se procederá a la Valoración, Otorgamiento y Justificación, tanto en convocatoria ordinaria como extraordinaria siguiendo las siguientes etapas:• Valoración: El servicio técnico realizará la valoración de los expedientes. Si se detecta falta de documentación y/o información en algún expediente, se procederá de acuerdo con lo que se especifica en el punto 10 de estas Bases.• Otorgamiento y Justificación: Se propondrá a la Junta de Gobierno Local u órgano competente la aprobación de la subvención y justificación que corresponde a cada solicitud y el importe resultante de la ayuda, así como la propuesta de pago de la ayuda.La Resolución de los expedientes se notificará a las empresas mediante notificación electrónica en el correo que se haya facilitado en la solicitud.• El pago de la subvención concedida, se efectuará de una sola vez y posteriormente a la Resolución del expediente. El pago se efectuará mediante transferencia a la cuenta bancaria del beneficiario/a de la subvención.6. Cuantía total máxima de las subvenciones a conceder y consignación presupuestariaEl presupuesto máximo que se destinará durante el ejercicio 2026 para la concesión de las subvenciones reguladas en las presentes bases reguladoras será de 20.000,00 €, e irán a cargo de las aplicaciones presupuestarias y por las siguientes cantidades:• 35000/433/78000/2025_01_32 Subv. Capital - Ayudas a la insonorización.20.000,00 €Esta dotación del proyecto puede ser ampliable en función de la disponibilidad de crédito de la demanda de ayudas.7. Compatibilidad con otras subvenciones.La subvención concedida será compatible con cualquier otra concedida por otras administraciones o entidades públicas o privadas. Asimismo, el importe total de las subvenciones recibidas con la misma finalidad no podrá superar el coste total del proyecto/actividad a desarrollar.Los beneficiarios/as tendrán que comunicar la solicitud y/u obtención de cualquier subvención pública concurrente que no se haya declarado en la solicitud.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 14/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTE_CATALÀ_Bases i convo Subv Insonorització 2026_SIGNAT ALCALDESSAPublicado 14/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTE_CASTELLÀ_Bases i convo Subv Insonorització 2026_SIGNAT ALCALDESSAPublicado 14/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 14/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSBases reguladores i convocatòria de subvencions a la insonorització - sector restauració 2026